Norma Legal Oficial del día 22 de abril del año 2017 (22/04/2017)


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NORMAS LEGALES

Sábado 22 de abril de 2017 /

El Peruano

de cada gobierno local, la función normativa respecto de aquellos asuntos que son de su competencia; Que, en tal orden de ideas, el Concejo Municipal cumple su función normativa, fundamentalmente a través de las Ordenanzas Municipales, las cuales de conformidad con lo previsto por el numeral 4), artículo 200º, de la Constitución, en concordancia con el artículo 194º arriba glosado, ostentan rango normativo de ley, en su calidad de normas de carácter general de mayor jerarquía dentro de la estructura normativa municipal, calidad reconocida por el artículo 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades establece que las municipalidades distritales en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; Que, el artículo 55º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que los bienes, rentas y derechos de cada municipalidad constituyen su patrimonio, estos se administran por cada una de ellas en forma autónoma, con las garantías y responsabilidades que le confiere la ley; asimismo en el artículo 59º de la referida ley indica que los bienes municipales pueden ser transferidos, concesionados en uso o explotación, arrendados o modificado su estado de posesión o propiedad mediante cualquier otra modalidad por acuerdo del concejo municipal; Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema de Bienes Estatales y el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, Reglamento de la Ley y sus modificatorias señalan que las Entidades Públicas están facultadas para arrendar los bienes de uso público o privada bajo su dominio; Que, el artículo 18º de la Ley Nº 29151, establece que las entidades deben procurar el uso económico y social de sus bienes y de los que se encuentran bajo su administración, conforme a los procedimientos establecidos en el reglamento de dicha ley y atendiendo a los fines y objetivos institucionales; Que, a través del Informe Nº 625-2016-GAJ/MDLV, de fecha 02 de noviembre de 2016, la Gerencia de Asesoría Jurídica, remite adjunto un proyecto de ordenanza que aprueba el reglamento de los procedimientos para el arrendamiento de predios de dominio privado de libre disponibilidad de la Municipalidad Distrital de La Victoria, para la evaluación de las unidades competentes previo a ponerlo a disposición del Concejo Municipal; Que, mediante Informe Nº 146-2016-CP-SGLCPGAF/MLV, de fecha 07 de noviembre de 2016, del encargado de Control Patrimonial, así como el Informe Nº 223-2016-SGLCP-GAF/MLV, de fecha 07 de noviembre de 2016, de Subgerencia de Logística y Control Patrimonial opinan que los procedimientos establecidos en el citado proyecto de ordenanza para el arrendamiento de predio de dominio privado de libre disponibilidad de la Municipalidad de La Victoria se encuentra dentro de los lineamientos de la normatividad vigente como es la Directiva Nº 005-2016/SBN denominada "Procedimientos para el arrendamiento de predios de dominio privado estatal de libre disponibilidad", norma que puede ser de manera supletoria, aprobada mediante Resolución Nº 068-2016/SBN; a través del Informe Nº 094-2016-GAF/ MLV, de fecha 08 de noviembre de 2016, la Gerencia de Administración y Finanzas hace suyos los informes antes citados; Que, mediante Informe Nº 139-2016-SGPDO-GPP/ MLV, de fecha 15 de noviembre de 2016, la Subgerencia de Planeamiento y Desarrollo Organizacional señala que mediante Resolución Nº 068-2016/SBN se aprueba la Directiva Nº 005-2016/SBN denominada "Procedimientos para el Arrendamiento de Predios de Dominio Privado Estatal de Libre Disponibilidad" que tiene por finalidad de

optimizar los procedimientos para el arrendamiento de predios de dominio privado estatal libre de disponibilidad para facilitar su uso y aprovechamiento por parte de las entidades del SNBE, indicando además en su alcance en su segundo párrafo que: "Los...Gobiernos Locales y las entidades públicas, que cuenten con régimen legal propio para administrar los predios de su propiedad, pueden aplicar la presente directiva de manera supletoria."; por lo que habiéndose analizado y contando con los informes correspondientes por las áreas competentes del caso, considera factible la aprobación del Proyecto de Ordenanza para el Arrendamiento de Predios de Dominio Privado de Libre Disponibilidad de Municipalidad de La Victoria; Que, mediante Dictamen Nº 003-2017-CAFSFCCPPAL/MDLV, de fecha 03 de abril de 2017, las Comisiones de Administración, Finanzas, Sistemas, Fiscalización y Control, y de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales, recomienda al Concejo Municipal aprobar la presente Ordenanza que aprueba el Reglamento de los Procedimientos para el Arrendamiento de Predios de Dominio Privado de Libre Disponibilidad de la Municipalidad de La Victoria, debiendo elevar los actuados al Pleno del Concejo Municipal para conocimiento, debate y aprobación correspondiente; Que, en la actualidad no existe dispositivo legal alguno en la Municipalidad Distrital de La Victoria, que establezca lineamientos respecto a la posibilidad de que bienes municipales de dominio privado puedan ser arrendados, lo cual requiere ser normado permitiendo así a la corporación municipal optimice la administración de sus recursos; en consecuencia, resulta necesario dictar una Ordenanza que regule los procedimientos para el otorgamiento del arrendamiento de los bienes inmuebles municipales; ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS ANTES EXPUESTOS, EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL NUMERAL 8), ARTÍCULO 9º DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES ­ Nº 27972, CONTANDO CON EL VOTO POR UNANIMIDAD DE LOS SEÑORES REGIDORES ASISTENTES A LA SESIÓN DE CONCEJO DE LA FECHA, Y CON LA DISPENSA DEL TRÁMITE DE LECTURA Y APROBACIÓN DE ACTAS, SE HA DADO LA SIGUIENTE: ORDENANZA REGLAMENTO DE LOS PROCEDIMIENTOS PARA EL ARRENDAMIENTO DE PREDIOS DE DOMINIO PRIVADO DE LIBRE DISPONIBILIDAD DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA VICTORIA Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de los Procedimientos para el Arrendamiento de Predios de Dominio Privado de Libre Disponibilidad de la Municipalidad Distrital de La Victoria, cuyo texto en ANEXO forma parte integrante del presente dispositivo municipal. Artículo Segundo.- ENCARGAR a Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Subgerencia de Logística y Control Patrimonial, y demás Unidades Orgánicas de la Municipalidad, el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a Subgerencia de Tecnología de la Información, su publicación así como el Reglamento, en el Portal Institucional de la Municipalidad de La Victoria www.munilavictoria.gob.pe . Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. ELIAS CUBA BAUTISTA Alcalde 1511254-1

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