Norma Legal Oficial del día 22 de abril del año 2017 (22/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano / Sábado 22 de abril de 2017

NORMAS LEGALES

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Autorizan viaje de profesionales Guatemala, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 166-2017-CG Lima, 21 de abril de 2017

a

VISTOS; la comunicación electrónica de fecha 13 de febrero de 2017 remitida por el Coordinador General de la Oficina Técnica de Cooperación en Perú de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) y la Hoja Informativa Nº 00020-2017-CG/CT; CONSIDERANDO: Que, conforme se da cuenta en los documentos de Vistos, el Coordinador General de la Oficina Técnica de Cooperación en Perú de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) hace de conocimiento de la Contraloría General de la República del Perú que, en el marco del Plan de Transferencia, Intercambio y Gestión de Conocimiento para el Desarrollo de la Cooperación Española en América Latina y el Caribe - INTERCOONECTA, se realizará el curso "Adaptación frente a los efectos adversos del cambio climático en ganadería", a llevarse a cabo del 24 al 28 de abril de 2017, en la ciudad La Antigua Guatemala, Guatemala; Que, la AECID y el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria de España organizan el referido curso, que tiene por objetivo presentar la situación actual en relación a la adaptación a los efectos adversos del cambio climático y la mitigación de la emisión de gases de efecto invernadero, haciendo hincapié en la generación de herramientas tecnológicas que permitan afrontar este problema; Que, la participación de este Organismo Superior de Control en el citado curso constituirá un espacio de intercambio de experiencias que permitirá enriquecer el debate técnico y tomar conocimiento de las mejores prácticas internacionales para la mejor adaptación a los efectos adversos del cambio climático e implementación de estrategias de manejo social; Que, los alcances de la reunión están relacionados con el rol que corresponde al Departamento de Auditoría de Desempeño y Medio Ambiente que, tiene entre sus funciones, elaborar y proponer metodologías y procedimientos así como ejecutar auditorías de desempeño y servicios de control y servicios relacionados a la gestión ambiental y a los recursos naturales en las entidades sujetas al Sistema Nacional de Control; Que, en consecuencia, resulta conveniente para los fines institucionales autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios de los señores Juan Carlos Lujan Miranda y Cayo Moreyra Bellido, profesionales del Departamento de Auditoría de Desempeño y Medio Ambiente, para participar en el curso antes mencionado; Que, los gastos que irrogue la presente comisión de servicios serán financiados en forma parcial por los organizadores del evento y con los recursos del Pliego: 019 Contraloría General, conforme lo señalado por la Gerencia Central de Administración; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 32º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Ley Nº 27785; Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, Ley Nº 30518; Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios de los señores Juan Carlos Lujan Miranda y Cayo Moreyra Bellido, profesionales del Departamento de Auditoría de Desempeño y Medio Ambiente, a la ciudad La Antigua Guatemala, Guatemala,

del 23 al 29 de abril de 2017, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la presente comisión de servicios serán financiados parcialmente con cargo a los recursos del Pliego: 019 Contraloría General, según el detalle siguiente: pasajes aéreos US$ US$ 1 042.85 por participante. Artículo Tercero.- Los citados profesionales presentaran al Despacho Contralor, con copia al Departamento de Cooperación Técnica, un informe sobre los resultados de la comisión y las acciones que se deriven a favor de la Contraloría General de la República, así como un ejemplar de los materiales obtenidos, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de concluida la comisión de servicios. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGAR ALARCÓN TEJADA Contralor General de la República 1511693-1

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Convocan a ciudadana para que asuma cargo de regidora del Concejo Distrital de Comandante Noel, provincia de Casma, departamento de Áncash
RESOLUCIÓN Nº 0105-2017-JNE Expediente Nº J-2016-01278-C01 COMANDANTE NOEL - CASMA - ÁNCASH CONVOCATORIA DE CANDIDATO PROCLAMADO Lima, nueve de marzo de dos mil diecisiete. VISTO el Oficio Nº 0031-2017-A-MDCN, presentado por Marco Antonio Rivero Huertas, alcalde de la Municipalidad Distrital de Comandante Noel, provincia de Casma, departamento de Áncash, recibido el 7 de marzo de 2017, sobre la vacancia de Miguel Fernando Coleto Villanueva, regidor de dicha comuna. ANTECEDENTES Mediante la Resolución Nº 1270-2016-JNE, de fecha 9 de diciembre de 2016 (fojas 42 a 43), se convocó a Miguel Fernando Coleto Villanueva para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Comandante Noel, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2015-2018, y se le otorgó la respectiva credencial, en reemplazo del regidor José Hernando Escobedo Zavaleta, por la causal establecida en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). Con el Oficio Nº 0031-2017-A-MDCN (fojas 55), recibido el 7 de marzo de 2017, el alcalde de la Municipalidad Distrital de Comandante Noel, comunica que Miguel Fernando Coleto Villanueva falleció el 19 de julio de 2015, y remite el acta de defunción que certifica el deceso (fojas 56). CONSIDERANDOS 1. En mérito del Acta de Defunción Nº 5000399900, de fecha 21 de julio de 2015, se acredita que Miguel Fernando Coleto Villanueva falleció en el Hospital Belén de Trujillo el 19 de julio de 2015; por consiguiente, correspondía convocar al subsiguiente suplente, respetando la precedencia establecida en su lista electoral, y en el supuesto de que no haya suficientes candidatos, se incorporaría a los integrantes de otra lista, que deben ser

NO

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