Norma Legal Oficial del día 22 de abril del año 2017 (22/04/2017)


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NORMAS LEGALES

Sábado 22 de abril de 2017 /

El Peruano

Resolución Ejecutiva Regional Nº 96-2017-GR.CAJ/GR, de fecha 13 de febrero de 2017; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Múltiple Nº 011-2016-GR.CAJDRTPE, de fecha 26 de septiembre de 2016, el Director Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, hace de conocimiento lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 0122004-TR, que regula las disposiciones reglamentarias de la Ley Nº 27736 referente a la transmisión radial y televisiva de ofertas laborales del sector público y privado, normativa que es de estricto cumplimiento a nivel nacional para todo organismo público y empresa del Estado que oferte puestos de trabajo; Que, la Ley Nº 27736 Ley para la transmisión Radial y Televisiva de Ofertas Laborales y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, establecen la obligación de los organismos públicos y empresas del Estado de remitir sus ofertas de empleo al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, el artículo 2º del Reglamento de la Ley para la transmisión Radial y Televisiva de Ofertas Laborales señala que, todo organismo público y empresa del estado está obligado a remitir al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo las ofertas de puestos públicos que tengan previsto concursar con diez (10) días hábiles de anticipación al inicio del concurso, con excepción de los puestos clasificados como de confianza, conforme a la normatividad legal vigente; asimismo, establece que, los organismos públicos y empresas del estado designarán al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, mediante resolución del Titular de la entidad, publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante el artículo 2º de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 107-2011-SERVIR/PE, se aprobó el modelo de Convocatoria para la Contratación Administrativa e Servicios, el cual incluye la obligación de las entidades públicas de publicar las convocatorias para la contratación de personal CAS en el Servicio Nacional del Empleo a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 962017-GR.CAJ/GR, de fecha 13 de febrero de 2017, se resuelve DESIGNAR, a la Abog. Mg. Rocío E. Salazar Chero, Directora de Personal del Gobierno Regional de Cajamarca - Sede; como responsable para remitir las ofertas de empleo al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y a la Dirección General de Servicios Nacional del Empleo, de acuerdo a los considerandos de la mencionada resolución; Que, sin embargo, mediante Oficio Nº 236-2017GR.CAJ-DRA/D.P., de fecha 14 de febrero de 2017, con Expediente MAD Nº 2762070, la Directora de Personal, solicita a la modificación de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 96-2017-GR.CAJ/GR, de fecha 13 de febrero de 2017, por cuanto se ha consignado de forma errada el nombre Rocío E. Salazar Chero, cuando debió consignarse Rocío Elizabeth Salazar Chero, ello ha ocasionado que la Dirección de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo observe la Primera Convocatoria CAS 2017, retardando la publicación de a misma. Por tal efecto solicita la modificación de dicho acto resolutivo a efecto que la designación sea al cargo y no a la persona, señalándose como funcionario responsable al Director de Personal del Gobierno Regional de Cajamarca ­ Sede. De igual manera se deberá señalar de forma expresa que la Dirección Regional de Administración sea la encargada de ordenar la publicación de la Resolución en el Diario Oficial El Peruano; Que, con la finalidad de garantizar la remisión de las ofertas de empleo del Gobierno Regional de Cajamarca ­ Sede y rindentes, al Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente, tomando en cuenta las recomendaciones realizadas por la Dirección de Personal del Gobierno Regional de Cajamarca;

Estando a lo solicitado, con la visación de la Dirección Regional de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales modificada por Ley Nº 27902, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 27736, Ley para la Transmisión Radial y Televisiva de Ofertas Laborales y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122004-TR; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al Director de Personal del Gobierno Regional de Cajamarca ­ Sede, como responsable para remitir las ofertas de empleo al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y a la Dirección General de Servicios Nacional del Empleo, de acuerdo a los considerandos de la presente resolución; dejándose sin efecto la Resolución Ejecutiva Regional Nº 96-2017-GR.CAJ/GR, de fecha 13 de febrero de 2017. Artículo Segundo.- DISPONER que a través de Secretaría General, se notifique la presente a los interesados, a los órganos competentes de Gobierno Regional de Cajamarca, para los fines de Ley. Artículo Tercero.- PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Portal de Transparencia del Gobierno Regional Cajamarca. Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE a la Dirección Regional de Administración del Gobierno Regional de Cajamarca la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, la misma que deberá realizarse de forma inmediata. Regístrese y comuníquese. HILARIO PORFIRIO MEDINA VÁSQUEZ Gobernador Regional (e) 1511141-1

GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD
Ordenanza Regional que aprueba la modificación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP - P) del Gobierno Regional de La Libertad, en lo que corresponde a la Gerencia Regional de Educación y sus Órganos Desconcentrados - Unidades de Gestión Educativa Local
ORDENANZA REGIONAL N° 001-2017-GR-LL/CR EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias, y demás normas complementarias; EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de fecha 10 de marzo 2017, el dictamen de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Acondicionamiento Territorial y Presupuesto del Consejo Regional La Libertad, recaído en el Proyecto Ordenanza Regional relativo aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP

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