Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2017 (27/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

Jueves 27 de abril de 2017 /

El Peruano

Gobierno de acuerdo a Ley Universitaria Nº 30220, su Estatuto y Reglamentos, atendiendo a sus necesidades y características; Que, con Resolución de Asamblea Estatutaria N° 001-2014-UNTRM/AE, de fecha 02 de octubre del 2014, se aprueba y promulga el Estatuto de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, cuerpo normativo que consta de 22 Títulos, 416 Artículos, 05 Disposiciones Complementarias, 04 Disposiciones Transitorias y 03 Disposiciones Finales; Que, mediante Resolución Rectoral N° 868-2014-UNTRM-R, de fecha 03 de octubre del 2014, se ratifica la Resolución de Asamblea Estatutaria N° 001-2014-UNTRM/AE, antes acotada; asimismo, dispone a partir de la fecha, la aplicabilidad y estricto cumplimiento de la presente norma en la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas; Que, el Estatuto Institucional, en su artículo 173, inciso "y", establece que el Consejo Universitario tiene las siguientes atribuciones, autorizar los viajes oficiales al extranjero de las autoridades y demás miembros de la comunidad universitaria; Que, mediante con Informe N° 003-2016-UNTRM/ INDES-CES-SMOC, de fecha 23 de diciembre del 2016, el Director Ejecutivo del INDES-CES, informa que la Universidad de SASSARI en Italia, Instituto de Investigación para el Desarrollo, I.R.D., Universidad de Toulouse y Universidad de Montpellier, Universidades y Centros de Investigación más prestigiosos de Europa, cuenta con el Centro de Investigación Agroforestal más importante en bosques secos y semisecos del continente Europeo, con gran experiencia investigativa en temas relacionados con las ciencias ambientales, Biotecnología, ciencias forestales, medicina humana y ciencia animal. Por lo que es necesario con dichas Universidades la participación de nuestras autoridades como representantes de esta primera Casa Superior de Estudios, Ph.D. Jorge Luis Maicelo Quintana, así como también del Vicerrector Académico, Dr. Oscas Andrés Gamarra Torres, con la finalidad de realizar actividades de gestión e intercambio investigativo y académico, para lo cual, solicita autorización en comisión de servicios; Que, el Consejo Universitario, en sesión ordinaria, de fecha 04 de enero del 2017, acordó autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicios del Ph.D. Jorge Luis Maicelo Quintana, Rector, Dr. Oscar Andrés Gamarra Torres, Vicerrector Académico de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, a la República de Italia y Francia, con la finalidad de cumplir actividades de gestión investigativa y académica, en la Universidad de SASSARI ­ Italia, Universidad de Montpellier, Universidad de Toulouse y el Instituto de Investigación para el Desarrollo, I.R.D. - Francia, del 14 al 25 de mayo del 2017; Que, estando a las consideraciones citadas, y las atribuciones conferidas al Señor Rector de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior en Comisión de Servicios del Ph.D. Jorge Luis Maicelo Quintana, Rector, Dr. Oscar Andrés Gamarra Torres, Vicerrector Académico de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, a la República de Italia y Francia con la finalidad de cumplir actividades de gestión investigativa y académica, en la Universidad de SASSARI ­ Italia, Universidad de Montpellier, Universidad de Toulouse y el Instituto de Investigación para el Desarrollo, I.R.D. - Francia, del 14 al 25 de mayo del 2017. Artículo Segundo.- NOTIFICAR la presente Resolución a los estamentos internos de la Universidad, de forma y modo de ley para conocimiento y cumplimiento. Regístrese y comuníquese. JORGE LUIS MAICELO QUINTANA Rector GERMÁN AURIS EVANGELISTA Secretario General (e) 1513471-1

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Declaran nulo Acuerdo de Concejo que rechazó pedido de vacancia presentado contra alcalde y regidores del Concejo Distrital de Yanacancha, provincia y departamento de Pasco
RESOLUCIÓN N° 0117-2017-JNE Expediente N° J-2016-01229-A01 YANACANCHA - PASCO - PASCO RECURSO DE APELACIÓN Lima, veinte de marzo de dos mil diecisiete. VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Eladio Bravo Yalico en contra del Acuerdo de Concejo N° 0032-2016-CM-MDY, del 30 de setiembre de 2016, que rechazó el pedido de vacancia presentado contra Luis Colqui Salome, Mario Orlando Palacios Panez, Helder Edwin Andrade Uscuchagua, Jonny Edgar Apéstegui Ramírez, Esther América Cárdenas Carbajal, Karen Denisse Mandujano Atencio, Gregorio Manuel Calla Almonte y Juan Antonio Carbajal Mayhua, alcalde y regidores, respectivamente, del Concejo Distrital de Yanacancha, provincia y departamento de Pasco, por las causales establecidas en los artículos 22, numeral 9, y 11 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y teniendo a la vista el Expediente N° J-2016-01229-T01. ANTECEDENTES Solicitud de vacancia El 8 de julio de 2016, Eladio Bravo Yalico solicitó que se declare la vacancia de Luis Colqui Salome, Mario Orlando Palacios Panez, Helder Edwin Andrade Uscuchagua, Jonny Edgar Apéstegui Ramírez, Esther América Cárdenas Carbajal, Karen Denisse Mandujano Atencio, Gregorio Manuel Calla Almonte y Juan Antonio Carbajal Mayhua, alcalde y regidores, respectivamente, del Concejo Distrital de Yanacancha (fojas 1 a 15 del Expediente N° J-201601229-T01), por las causales de vacancia previstas en el artículo 22, numeral 9, y 11 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), es decir, por restricciones de contratación y ejercicio indebido de funciones o cargos administrativos o ejecutivos. Con relación a la causal de restricciones de contratación, el solicitante señala que el alcalde en confabulación con los regidores defraudaron el interés público al simular la donación de un vehículo por la empresa Group Pegasus Import Export S.A.C. Company, a fin de beneficiar a Israel Terán Bromley, ya que, dispusieron que se le entregue la suma de S/ 43 876 00 (cuarenta y tres mil ochocientos setenta y seis con 00/100 soles), para desaduanar el bien donado. Respecto del ejercicio indebido de funciones o cargos administrativos o ejecutivos, refiere que el desembolso del dinero por la supuesta donación de un vehículo fue aprobado irregularmente por los regidores en la Sesión Ordinaria N° 008-2015, lo cual anuló y menoscabó de manera relevante su función fiscalizadora. La solicitud que fue presentada ante el Jurado Nacional de Elecciones se trasladó al Concejo Distrital de Yanacancha mediante Auto N° 1, del 18 de julio de 2016 (fojas 24 a 26 del Expediente N° J-2016-01229-T01), notificada al respectivo concejo el 8 de agosto de 2016 (fojas 31 del Expediente N° J-2016-01229-T01). Descargos del alcalde del Concejo Distrital de Yanacancha Por escrito del 16 de setiembre de 2016 (fojas 111 a 114), el alcalde Luis Colqui Salome se apersona al procedimiento y formula sus descargos a la solicitud de vacancia. Al respecto, señala que el desembolso de dinero a favor de Israel Terán Bromley, gerente del Group

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