Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2017 (03/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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PROYECTO

Jueves 3 de agosto de 2017 /

El Peruano

Gestión de Uso de Aguas Subterráneas a cargo de las EPS"2, corresponde en esta etapa del procedimiento: i) publicar en el diario oficial El Peruano y en la página web de la SUNASS, el proyecto de resolución, así como su exposición de motivos, que establecería la tarifa, estructura tarifaria y metas de gestión del Servicio de Monitoreo y Gestión de Uso de Aguas Subterráneas a cargo de SEDAPAL S.A. y ii) convocar a audiencia pública para que la SUNASS exponga el referido proyecto; Según lo dispuesto en el artículo 25 del Reglamento General de la SUNASS y con la conformidad de las gerencias de Asesoría Jurídica, Regulación Tarifaria y la Gerencia General; el Consejo Directivo en su sesión del 26 de julio de 2017; HA RESUELTO: Artículo 1º.- Aprobar el proyecto de resolución que establecería la tarifa, estructura tarifaria y metas de gestión del Servicio de Monitoreo y Gestión de Uso de Aguas Subterráneas a cargo de SEDAPAL S.A. para el quinquenio regulatorio 2017-2022. Artículo 2º.- Disponer la publicación en el diario oficial El Peruano del proyecto de resolución a que se refiere el artículo anterior y sus anexos, así como su exposición de motivos. Artículo 3º.- Disponer la publicación en la página web de la SUNASS (www.sunass.gob.pe) del proyecto a que se refiere el artículo 1º de la presente resolución, sus anexos, su exposición de motivos y el proyecto de estudio tarifario que sustenta la propuesta de fórmula tarifaria y estructura tarifaria para el Servicio de Monitoreo y Gestión de Uso de Aguas Subterráneas de SEDAPAL S.A. en el quinquenio regulatorio 2017-2022, y la notificación de lo antes mencionado a la referida empresa. Artículo 4º.- Convocar a audiencia pública para el día, hora y lugar que la Gerencia General de la SUNASS señale oportunamente en el correspondiente aviso, la cual se realizará de acuerdo con las reglas consignadas en la página web de la SUNASS (www.sunass.gob. pe), encargándose a la Gerencia de Usuarios efectuar las coordinaciones necesarias para el desarrollo de la referida audiencia. Artículo 5º.- Los interesados podrán remitir sus comentarios sobre el proyecto a que se refiere el artículo 1º de la presente resolución a la sede de la SUNASS, ubicada en Av. Bernardo Monteagudo Nº 210-216, Magdalena del Mar, Lima, o al correo electrónico audienciasedapal@ sunass.gob.pe, hasta el quinto día hábil siguiente a la fecha de realización de la audiencia pública. Regístrese, comuníquese y publíquese. IVÁN LUCICH LARRAURI Presidente del Consejo Directivo

procedimiento de aprobación de la Tarifa del Servicio de Monitoreo y Gestión de Uso de Aguas Subterráneas de SEDAPAL S.A.; Que, de acuerdo al procedimiento establecido en la "Metodología, Criterios Técnico-Económicos y Procedimiento para determinar la Tarifa de Monitoreo y Gestión de Uso de Aguas Subterráneas a cargo de las EPS"2, se ha cumplido con: i) publicar en el diario oficial El Peruano el proyecto de resolución que aprueba la tarifa, estructura tarifaria y metas de gestión del Servicio de Monitoreo y Gestión de Uso de Aguas Subterráneas, y ii) realizar la audiencia pública correspondiente el -- de ­ de --; Que, la Gerencia de Regulación Tarifaria ha evaluado los comentarios realizados al proyecto publicado y los expresados con ocasión de la audiencia pública, conforme se aprecia en Anexo -- del estudio tarifario que sustenta la propuesta final de la tarifa, estructura tarifaria y metas de gestión del Servicio de Monitoreo y Gestión de Uso de Aguas Subterráneas de SEDAPAL S.A. para el quinquenio regulatorio 2017-2022; Que, sobre la base del estudio tarifario, corresponde aprobar la tarifa, estructura tarifaria y metas de gestión del Servicio de Monitoreo y Gestión de Uso de Aguas Subterráneas de SEDAPAL S.A. y disponer la constitución de un fondo para financiar las inversiones vinculadas a la prestación del Servicio de Monitoreo y Gestión de Uso de Aguas Subterráneas, así como para financiar inversiones en infraestructura de los servicios de saneamiento y/o mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos; Según lo dispuesto por el artículo 25 del Reglamento General de la SUNASS y con la conformidad de las gerencias de Asesoría Jurídica, Regulación Tarifaria y la Gerencia General; el Consejo Directivo en su sesión del -- de -- de --; HA RESUELTO: Artículo 1º.- Aprobar la tarifa y estructura tarifaria del Servicio de Monitoreo y Gestión de Uso de Aguas Subterráneas que aplicará SEDAPAL S.A. durante el quinquenio regulatorio 2017-2022, de acuerdo a lo especificado en el Anexo Nº 1 de la presente resolución. Artículo 2º.- Aprobar las metas de gestión del Servicio de Monitoreo y Gestión de Uso de Aguas Subterráneas que deberá cumplir SEDAPAL S.A. en el quinquenio regulatorio 2017-2022, así como los mecanismos de evaluación de su cumplimiento, los cuales se encuentran contenidos en el Anexo Nº 2 de la presente resolución. Artículo 3º.- Disponer la creación de: (i) un fondo para financiar las inversiones vinculadas a la prestación del Servicio de Monitoreo y Gestión de Uso de Aguas Subterráneas; y, (ii) un fondo para financiar las inversiones en infraestructura de los servicios de saneamiento y/o mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos. Para constituir los referidos fondos, SEDAPAL S.A. deberá abrir cuentas en el sistema bancario, así como depositar mensualmente durante los años del quinquenio regulatorio 2017-2022, el monto fijo y porcentajes de los ingresos que se indican en el Anexo Nº 3 de la presente resolución. Si se comprobara un uso distinto de los recursos o que no se hayan efectuado las transferencias correspondientes a cualquiera de los fondos de inversiones, la SUNASS comunicará este hecho al titular de las acciones representativas del capital social de SEDAPAL S.A. y a la Contraloría General de la República. Artículo 4º.- El inicio del quinquenio regulatorio y la aplicación de la estructura tarifaria aprobada se considerarán a partir del primer ciclo de facturación inmediatamente posterior a la publicación de la presente resolución. Artículo 5º.- La presente resolución, sus anexos y su exposición de motivos deberán publicarse en el diario oficial El Peruano y en la página web de la SUNASS

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Resolución de Consejo Directivo Nº 007-2016-SUNASS-CD y su modificatoria.

Nº ---2017-SUNASS-CD Lima, VISTO: El Memorándum Nº---2017-SUNASS-110 de la Gerencia de Regulación Tarifaria que presenta el estudio tarifario que sustenta la propuesta final de la tarifa, estructura tarifaria y metas de gestión del Servicio de Monitoreo y Gestión de Uso de Aguas Subterráneas de SEDAPAL S.A.1 para el quinquenio regulatorio 2017-2022; CONSIDERANDO:

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Que, mediante Resolución de Gerencia de Regulación Tarifaria Nº 011-2017-SUNASS-GRT se inició de oficio el

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Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima Sociedad Anónima. Aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 007-2016-SUNASSCD y su modificatoria.

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