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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE AGOSTO DEL AÑO 2017 (10/08/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Jueves 10 de agosto de 2017 El Peruano / la educación física en todas sus disciplinas, modalidades, niveles y categorías, como componentes del deporte en general; Que, dentro de este rol promotor y en el marco de lo dispuesto en el artículo 60 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, el IPD anualmente otorga recursos destinados al apoyo del deporte a fi liado, los cuales son entregados mediante subvenciones a las Federaciones Deportivas Nacionales, al Comité Olímpico Peruano y otras entidades, con el objeto de fi nanciar las actividades referidas a la contratación de entrenadores, capacitación, participación de delegaciones deportivas y organización de eventos nacionales e internacionales, entre otros rubros; Que, el numeral 60.2 del artículo 60 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, dispone que sólo por Decreto Supremo y con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, se podrán otorgar subvenciones adicionales, exclusivamente para fi nes sociales, a las contenidas en el Anexo de la Ley de Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal en curso, debiendo, para tal efecto, contar con el informe favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego y el fi nanciamiento correspondiente en el Presupuesto Institucional respectivo; Que, mediante Decreto Supremo N° 173-2017-EF se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2017, hasta por la suma de TREINTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS VEINTIDOS Y 00/100 SOLES (S/ 36 656 822,00) a favor del pliego 342: Instituto Peruano del Deporte, para ser destinados a atender la preparación médica y deportiva de los deportistas cali fi cados y de alta competencia que representarán a nuestro país en los XVIII Juegos Panamericanos y VI Juegos Parapanamericanos – Lima 2019; Que, con O fi cio N° 525-2017-IPD/P, Informes N°s. 427-2017-IPD/OAJ, 072-2017-OPP/IPD, 841-2017-IPD/CMT/DINADAF y Memorándum N° 1004-2017-DINADAF/IPD, el IPD sustenta la necesidad de otorgar subvenciones adicionales a las establecidas en el Anexo A: Subvenciones para Personas Jurídicas de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, a fi n de fi nanciar la preparación de los deportistas que participarán en los XVIII Juegos Panamericanos y VI Juegos Parapanamericanos – Lima 2019; asimismo, mani fi esta que cuenta con disponibilidad presupuestaria para fi nanciar dichas subvenciones adicionales, hasta por la suma de VEINTICUATRO MILLONES QUINIENTOS QUINCE MIL OCHOCIENTOS VEINTIDOS Y 00/100 SOLES (S/ 24 515 822,00), con cargo a la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios en virtud a la Transferencia de Partidas efectuada a favor del Pliego 342: Instituto Peruano del Deporte autorizada mediante Decreto Supremo N° 173-2017-EF; asimismo, justi fi ca el fi n social de las subvenciones adicionales solicitadas dado que permitirán contribuir y fi nanciar el desarrollo y práctica del deporte competitivo, que traerá grandes bene fi cios para la mejora de las potencialidades físicas, mentales y espirituales de los atletas peruanos, en este caso, el adecuado nivel competitivo de los atletas que participarán en los XVIII Juegos Panamericanos y VI Juegos Parapanamericanos – Lima 2019; Que, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la Ofi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación, a través del Informe N° 455-2017-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, señala que resulta técnicamente viable atender la solicitud de otorgamiento de subvenciones adicionales hasta por la suma de VEINTICUATRO MILLONES QUINIENTOS QUINCE MIL OCHOCIENTOS VEINTIDOS Y 00/100 SOLES (S/ 24 515 822,00) formulada por el IPD, en virtud a que cumple con los requisitos dispuestos en el numeral 60.2 del artículo 60 del Texto Único Ordenado de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y sus modi fi catorias; y la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, y; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA:Artículo 1.- Autorización Autorízase al Instituto Peruano del Deporte (IPD), a otorgar subvenciones adicionales a las previstas en el Anexo A: Subvenciones para Personas Jurídicas de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de VEINTICUATRO MILLONES QUINIENTOS QUINCE MIL OCHOCIENTOS VEINTIDOS Y 00/100 SOLES (S/ 24 515 822,00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, con el objetivo de fi nanciar la preparación de los deportistas que participarán en los XVIII Juegos Panamericanos y VI Juegos Parapanamericanos – Lima 2019. Las subvenciones adicionales autorizadas en el presente artículo, se detallan en el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo y se difunden en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http//www.minedu.gob.pe), en la misma fecha de la publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2.- Financiamiento Las subvenciones adicionales autorizadas en el artículo 1 del presente Decreto Supremo se fi nancian con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 342: Instituto Peruano del Deporte, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos autorizados para el otorgamiento de las subvenciones adicionales a la que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son autorizados. Artículo 4.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de agosto del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República MARILÚ DORIS MARTENS CORTÉS Ministra de Educación ANEXO SUBVENCIONES ADICIONALES A LAS ESTABLECIDAS EN EL ANEXO “A” DE LA LEY N° 30518 – AÑO FISCAL 2017 (SOLES) PLIEGO 342: INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE Nro. PERSONA JURIDICA MONTO 1 FDN ATLETISMO 1,502,000.00 2 ASOCIACIÓN NACIONAL PARALÍMPICA 1,100,000.00 3 FDN BADMINTON 819,000.00 4 FDN BASKETBALL 672,000.00 5 FDN BEISBOL 289,000.00 6 FDN BOWLING 542,000.00 7 FDN BOXEO 453,000.00 8 FDN CANOTAJE 306,000.00 9 FDN CICLISMO 830,152.00 10 FDN DEPORTES ECUESTRES 450,000.00 11 FDN ESGRIMA 500,000.00 12 FDN ESQUI ACUATICO 453,000.00