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32 NORMAS LEGALES Jueves 10 de agosto de 2017 / El Peruano señalización pública en la lengua predominante, entre otros. El hecho de que una lengua no sea declarada predominante no signi fi ca que sus hablantes sean despojados de sus derechos lingüísticos. Los derechos establecidos en el artículo 4 de la Ley N° 29735 y en el artículo de 5 de su Reglamento se garantizan en todo el territorio nacional y para los hablantes de todas las lenguas indígenas. La predominancia solo establece obligaciones adicionales para la administración pública. Así, por ejemplo, en el caso de las jurisdicciones donde se hable una o más lenguas indígenas no predominantes, las entidades públicas deben procurar adoptar las medidas necesarias para contar con personal que pueda comunicarse con su fi ciencia en cada lengua indígena u originaria no predominante y, de esta manera, garantizar la atención al usuario en condiciones de igualdad. Plani fi cación lingüística En palabras de Calvet 72, la plani fi cación lingüística se entiende como parte de una política lingüística que actúa sobre el entorno, para in fl uir sobre el peso de las lenguas y su presencia simbólica ( plani fi cación del estatus ), pero que además busca que las lenguas sean funcionales (plani fi cación del corpus ) de manera que puedan desempeñar el papel que se les asigna desde el punto de vista del estatus. En 1969, Heinz Kloss diferenció entre la plani fi cación del estatus y la plani fi cación del corpus de una lengua. El primer término se re fi ere a la adopción de una lengua como o fi cial, nacional, para la educación, la administración pública, entre otros ámbitos; y el segundo se traduce en la elaboración de alfabetos, la estandarización y la ampliación o creación de vocabularios 73. A continuación se muestra el diagrama de plani fi cación lingüística que elaboró Haugen74 incorporando los aportes de Kloss: Tabla 10: Dimensiones de la plani fi cación lingüística según Haugen FORMA Plani fi cación políticaFUNCIÓN Cultivo de la lengua SOCIEDAD Plani fi cación del estatus1. Selección (procedimientos de decisión)a. Identi fi cación del problema b. Asignación de normasIV. Implementación (difusión educativa)a. Procedimientos correctoresb. Evaluación LENGUA Plani fi cación del corpus2. Codi fi cación (procedimientos de estandarización)a. Transcripción grá fi ca b. Sintaxisc. Léxico V. Elaboración (desarrollo funcional)a. Modernización de la terminologíab. Desarrollo estilístico Fuente: HAUGEN, Einar (1982). Según Haugen75, el proceso comienza con la plani fi cación del estatus, es decir, en el nivel de la sociedad y de la forma (1). Se identi fi ca primero el problema, por ejemplo la necesidad de de fi nir qué lengua usar en la educación y la administración pública. Habiendo identi fi cado el problema (la necesidad) y las opciones (las lenguas disponibles) (1a), se toma una decisión política seleccionando una lengua (una norma) para un propósito especí fi co (1b). Posteriormente, en el nivel de la lengua, se procede a codi fi car la lengua elegida para estabilizarla y hacerla apta para cumplir con las funciones asignadas (2). La estandarización de una lengua puede consistir en la elección de una variedad dialectal entre varias o se puede crear una nueva variedad a partir de varios dialectos existentes. La codi fi cación incluye la elaboración de alfabetos, gramáticas, diccionarios y glosarios especializados (2a, 2b y 2c) . El proceso de implementación en el nivel de la sociedad signi fi ca, sobre todo, ejercer las funciones que se asignaron a la lengua escogida (3); consiste en la puesta en marcha de programas educativos, medios de comunicación de masas, etc., en la nueva lengua por parte de instituciones estatales y privadas, incluyendo la elaboración de manuales, periódicos y otros medios. Esto incluye la difusión de la lengua elegida y la evaluación de su implementación (3a y 3b) . Por último, la puesta en práctica requiere que la lengua sea “modernizada”, es decir, que se creen el vocabulario y los estilos necesarios para las nuevas funciones que cumple (4). Esto incluye el desarrollo funcional y una expansión estructural de lenguas que no se habían usado, por ejemplo, en la administración pública, economía y tecnología, lo que incluye la modernización de la terminología (4a) y el desarrollo estilístico (4b). Además de las dimensiones de plani fi cación lingüística expuestas por Haugen, el documento “Bases para una Política Nacional de Lenguas Originarias del Perú. Documento de Trabajo” (2013) elaborado por el Ministerio de Educación propone incorporar una dimensión de plani fi cación de la adquisición de la lengua . Con la categoría de “adquisición” se re fi ere a las medidas sobre procesos de transmisión de la lengua en el seno del hogar o procesos de aprendizaje de las lenguas en las instituciones educativas u otras instituciones, como los centros de idiomas, por ejemplo. En ese sentido, esta Política Nacional, además de los lineamientos relacionados a la garantía de los derechos lingüísticos de los hablantes de lenguas indígenas u originarias, incorporará lineamientos relacionados a la plani fi cación del estatus, corpus y transmisión de las lenguas indígenas. 3.2. ENFOQUES TRANSVERSALESEnfoque interculturalLa interculturalidad desde un paradigma ético- político parte del reconocimiento de las diferencias culturales como uno de los pilares de la construcción de una sociedad democrática, fundamentada en el establecimiento de relaciones de equidad e igualdad de oportunidades y derechos. El enfoque intercultural implica que el Estado valorice e incorpore las diferentes visiones culturales, concepciones de bienestar y desarrollo de los diversos grupos étnico-culturales para la generación de servicios con pertinencia cultural, la promoción de una ciudadanía intercultural basada en el diálogo y la atención diferenciada a los pueblos indígenas y la población afroperuana. Es en ese marco que las lenguas indígenas u originarias se insertan, en tanto elemento identitario de sus hablantes que debe ser valorado, reconocido y promovido. Enfoque de derechos humanosEl enfoque de derechos humanos permite incidir en la promoción y protección de los derechos humanos, identi fi car aquellos que han sido vulnerados, bien sea por acción u omisión, así como identi fi car las barreras sociales, económicas, culturales e institucionales que limitan su ejercicio. Asimismo, busca analizar las desigualdades que se encuentran en el centro de los problemas de desarrollo y corregir las prácticas discriminatorias así como el injusto reparto del poder que obstaculiza el progreso en materia de desarrollo. Requiere interpretar y analizar la realidad de los seres humanos a partir de su reconocimiento como titulares de derechos y al Estado como titular de deberes. Este enfoque señala que los derechos son inherentes a todos los seres humanos, porque se fundan en el respeto de la dignidad de la persona y son interrelacionados, interdependientes e indivisibles. En ese sentido, los derechos lingüísticos, en tanto derechos humanos 72 CALVET, Louis-Jean. (1998). Las políticas lingüísticas . Buenos Aires: Hachette. 73 HAMEL, R. (1993). Políticas y plani fi cación del lenguaje: una introducción . En Iztapalapa (Políticas de lenguaje en América Latina), N° 29, pp. 5-39. Ciudad de México: Universidad Autónoma Metropolitana, p. 8. 74 HAUGEN, Einar. (1982). “The Implementation of Corpus Planning: Theory and practice”. En Progress in Language Planning: International Perspectives , pp. 269-290. Berlín: Walter de Gruyter, pp. 271-275. 75 Ibid.