Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2017 (16/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES

Miércoles 16 de agosto de 2017 /

El Peruano

Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Chao, destinada a la creación de complejo deportivo de la localidad de Chao, Distrito de Chao - Virú - La Libertad
ACUERDO REGIONAL N° 035-2017-GRLL/CR Trujillo, 7 de junio del 2017. El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad, en su Sesión Ordinaria de fecha 6 de junio de 2017, VISTO Y DEBATIDO, el Dictamen emitido por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, que contiene la propuesta de Acuerdo Regional relativo a la autorización de transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Chao para la ejecución del Proyecto de Inversión Pública "Creación del Complejo Deportivo entre las calles Ayacucho (28 de Julio) y Sánchez Carrión (AA. HH. Alberto Fujimori) de la localidad de Chao, Distrito de Chao ­ Virú ­ La Libertad", y CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado y artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad, emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 39° de la Ley N° 27867, que señala: "Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)"; Que, los literales a) y d) del artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Consejo Regional aprobar y modificar o derogar las normas que regulen y reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional y aprobar los Estados financieros y Presupuestarios; Que, el inciso e) del numeral 15.1 del artículo 15° de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, respecto a las transferencias financieras permitidas durante el Año Fiscal 2017 autoriza de manera excepcional, las transferencias necesarias para el financiamiento y cofinanciamiento de los proyectos de inversión pública y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, entre los niveles de gobierno subnacional y de éstos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias de recursos que se efectúen en el marco del presente literal sólo se autorizan hasta el segundo trimestre del año 2017, debiéndose emitir el acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado; Que, el artículo 75° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las transferencias financieras entre pliegos presupuestarios, son traspasos de fondos públicos de contraprestación, para la ejecución de actividades y proyectos de inversión pública incorporados a los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos del destino; Que, de conformidad a lo establecido por el segundo párrafo del numeral 75.2 del artículo 75° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en el que señala que en caso de los Gobiernos Regionales las transferencias financieras a otros pliegos presupuestales, se aprueban mediante acuerdo de Consejo Regional, previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; lo cual implica, la suscripción de los respectivos Convenios

de Financiamiento por el Gobierno Regional y los Pliegos Presupuestales involucrados, debiendo establecer los montos de cofinanciamiento de ambas partes, de ser el caso; para el proceso de ejecución de las actividades o proyectos de inversión pública materia del convenio; Que, mediante Oficio N° 059-2017-MDCH/A de fecha 24 de febrero de 2017, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Chao, solicita al Gobernador del Gobierno Regional de La Libertad, el financiamiento para ejecución del Proyecto de Inversión Pública "CREACIÓN DEL COMPLEJO DEPORTIVO ENTRE LAS CALLES AYACUCHO (28 DE JULIO) Y SÁNCHEZ CARRIÓN (AA.HH. ALBERTO FUJIMORI) DE LA LOCALIDAD DE CHAO, DISTRITO DE CHAO ­ VIRÚ ­ LA LIBERTAD" con un costo ascendente de S/. 1'765,022.59; exponiendo que en el año 2016 por falta de Quórum valido del pleno del Consejo Regional, no fue aprobada la transferencia financiera requerida de acuerdo al expediente promovido para la ejecución del citado proyecto; motivo por el cual, reitera la transferencia financiera para su ejecución durante el año fiscal 2017; por constituir una obra de gran impacto y anhelada por muchos años por la población del distrito de Chao; Que, el Gerente Regional de Presupuesto con Oficio N° 236-2017-GR-LL-GGR-GRP, emite la opinión correspondiente relativa a la transferencia financiera referida en el párrafo precedente, señalando que la atención de la transferencia financiera estaría condicionada a la evaluación previa de los recursos financieros que administra la Gerencia Regional de Administración, quién con el Oficio N° 145-2017-GRLLGGR/GRA de fecha 14 de marzo 2017, manifiesta que de acuerdo a los Saldos de Balance del Año Fiscal 2017, y conforme a las coordinación realizada con la Gerencia Regional de Infraestructura, se considera viable destinar con cargo a dichos Saldos la suma de S/. 1'765,022.59 para la Transferencia Financiera para ejecución del Proyecto de Inversión Pública "CREACIÓN DEL COMPLEJO DEPORTIVO ENTRE LAS CALLES AYACUCHO (28 DE JULIO) Y SÁNCHEZ CARRIÓN (AA.HH. ALBERTO FUJIMORI) DE LA LOCALIDAD DE CHAO, DISTRITO DE CHAO ­ VIRÚ ­ LA LIBERTAD"; Que, con Informe Legal N° 081-2017-GRLL-GGR/ GRAJ, el Gerente Regional de Asesoría Jurídica opina que es viable la aprobación del Acuerdo del Consejo Regional, que autorice la suscripción del "CONVENIO DE TRANSFERENCIA FINANCIERA PARA LA EJECUCIÓN DE OBRA PÚBLICA ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD Y LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHAO", hasta por la suma de S/. 1'765,022.59 correspondiente al PIP "CREACIÓN DEL COMPLEJO DEPORTIVO ENTRE LAS CALLES AYACUCHO (28 DE JULIO) Y SÁNCHEZ CARRIÓN (AA.HH. ALBERTO FUJIMORI) DE LA LOCALIDAD DE CHAO, DISTRITO DE CHAO ­ VIRÚ ­ LA LIBERTAD"; Que, estando a lo acordado, el Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; artículos 15° y 39° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias; y los artículos 23° y 64° del Reglamento Interno del Consejo Regional de La Libertad aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GR-LL/CR; demás normas complementarias. Con dispensa de lectura y aprobación del acta, el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional del Departamento de La Libertad, ACORDÓ POR MAYORÍA, lo siguiente: Artículo Primero.- APROBAR la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Chao, hasta por la suma de UN MILLON SETECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL VEINTIDOS Y 59/100 NUEVOS SOLES (S/. 1'765,022.59), destinados a la ejecución del PIP "CREACIÓN DEL COMPLEJO DEPORTIVO ENTRE LAS CALLES AYACUCHO (28 DE JULIO) Y SÁNCHEZ CARRIÓN (AA.HH. ALBERTO FUJIMORI) DE LA LOCALIDAD DE CHAO, DISTRITO DE CHAO ­ VIRÚ ­ LA LIBERTAD", los cuales no podrán ser destinados a fines distintos para los cuales son transferidos.

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