Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 2017 (18/08/2017)


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NORMAS LEGALES

Viernes 18 de agosto de 2017 /

El Peruano

Programa a los proyectos No Concursables, siendo aplicable excepcionalmente a casos de infraestructura social y económica para mitigar los daños ocasionados por desastres naturales, crisis internacionales, entre otros; Que, el artículo 29 del referido Manual dispone que el proceso de ejecución de recursos y desembolsos se realizará en base al Presupuesto asignado al Programa, siendo una de las modalidades para hacerla efectiva, las transferencias financieras a organismos ejecutores; Que, el numeral iv) del literal a) del inciso 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza de manera excepcional, la realización de diversas transferencias financieras entre entidades, las que incluyen a aquellas efectuadas por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo al Programa para la Generación de Empleo social Inclusivo "Trabaja Perú", estableciendo en el inciso 15.2 del citado artículo, que dichas transferencias deberán ser aprobadas mediante resolución del titular del pliego y publicadas en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, mediante Resolución Directoral Nº 020-2017-TP/ DE se aprueban las "Modalidades de Acceso al Programa y Distribución Presupuestal 2017"; asimismo, a través de la Resolución Directoral Nº 023-2017-TP/DE, modificada por Resoluciones Directorales Nºs. 065 y 137-2017-TP/ DE, se aprueban los "Lineamientos de Intervención para Presentación de Proyectos en la Modalidad de Acción de Contingencia" y el "Manual de Procedimiento de Priorización de Proyectos de Acción de Contingencia"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 211-2017-EF se autoriza la transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor de diversos Pliegos del Gobierno Nacional, estableciéndose en el Anexo denominado "Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2017 a favor de los Pliegos del Gobierno Nacional", que corresponde a la Unidad Ejecutora 005 Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" la suma de S/ 59 885 068,00 (Cincuenta y Nueve Millones Ochocientos Ochenta y Cinco Mil Sesenta y Ocho con 00/100 Soles) en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios para la ejecución de proyectos; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 129-2017TR, se aprueba la desagregación de recursos señalados en el considerando precedente, a favor del Programa; Que, a través del Informe Nº 320-2017-TP/DE/ UGPYTOS-CFATEP la Coordinación Funcional de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos señala que el Programa ha suscrito noventa (90) convenios con diversos organismos ejecutores, cuyo objeto de financiamiento son proyectos a ejecutarse en los departamentos de Ancash (9), Apurímac (8), Arequipa (7), Ayacucho (18), Cusco (12), Huancavelica (4), Huánuco (3), Ica (5), Junín (2), La Libertad (1), Lima (9), Loreto (2), Moquegua (5) y San Martín (5), lo cual implica el Aporte Total del Programa ascendente a S/ 59 885 023,90 (Cincuenta y Nueve Millones Ochocientos Ochenta y Cinco Mil Veintitrés con 90/100 Soles), en el marco de la Acción de Contingencia Especial-Norma Expresa (COENE) AC-87; Que, a través de documentos de vistos, la Coordinación Funcional de Planificación y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación, señala que conforme a lo solicitado por la Unidad Gerencial de Proyectos, se otorga la Certificación del Crédito Presupuestario Nº 0714-2017, por el importe de S/ 59 885 023,90 (Cincuenta y Nueve Millones Ochocientos Ochenta y Cinco Mil Veintitrés con 90/100 Soles) a fin de financiar los proyectos enmarcados en la Acción de Contingencia Especial-Norma Expresa (COENE) AC-87, en el marco del Decreto Supremo Nº 211-2017-EF; Que, mediante Informe Nº 446-2017-TP/DE/UGAL, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal del Programa, considera procedente que se apruebe la transferencia financiera antes descrita; Que, asimismo, mediante Oficio Nº 359-2017MTPE/4/9, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Pliego, adjunta el Informe Técnico Nº 717-2017-MTPE/4/9.2 de la Oficina de Presupuesto y el Informe Técnico Nº 208-2017-MTPE/4/9.1, de la Oficina

de Planeamiento e Inversiones, los cuales emiten opinión favorable y recomiendan continuar con el trámite de aprobación de la resolución ministerial solicitada; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y a los antecedentes que se acompañan a la presente, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina mediante Informe Nº 957-2017-MTPE/4/8, sobre la procedencia de la emisión del acto de administración solicitado; Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección Ejecutiva, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal, de la Unidad Gerencial de Proyectos, de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú"; y de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR; y, el inciso iv) del literal a) del numeral 15.1 y el numeral 15.2 del artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia financiera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" a favor de organismos ejecutores del sector público, para el pago del Aporte Total del Programa de noventa (90) convenios en el marco de la Acción de Contingencia Especial-Norma Expresa (COENE) AC87, por el importe total de S/ 59 885 023,90 (Cincuenta y Nueve Millones Ochocientos Ochenta y Cinco Mil Veintitrés con 90/100 Soles), conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Disponer que el Anexo a que se refiere el artículo precedente se publique en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, www. trabajo.gob.pe, en la misma fecha de publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFONSO GRADOS CARRARO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1555851-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viajes de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU. y Argentina, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 813-2017 MTC/01.02 Lima, 16 de agosto de 2017 VISTOS: La comunicación GOP/INST/CHQ0173/07/17 de fecha 14 de julio de 2017 de la empresa LAN PERU S.A., el Informe Nº 636-2017-MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe Nº 379-2017-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,

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