Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2017 (19/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

Sábado 19 de agosto de 2017 /

El Peruano

Oficializan Acuerdo mediante el cual se renueva autorización y registro de la Entidad Evaluadora con Fines de Acreditación SAC (EEFIA), como Entidad Evaluadora Externa con Fines de Acreditación, para programas de estudio de Educación Superior Universitaria
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 329-2017-SINEACE/CDAH-P Lima, 17 de agosto de 2017 VISTO: El Informe Nº 0120-2017-SINEACE/DEA-ESU, de la Dirección de Evaluación y Acreditación de Educación Superior Universitaria; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 28740, Ley del Sineace, establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desarrollo laboral; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ Sineace, habiéndose constituido mediante Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014, el Consejo Directivo Ad Hoc, con el objetivo de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del Sineace; Que, mediante el documento de visto, se señala que la persona jurídica Entidad Evaluadora con Fines de Acreditación SAC (EEFIA), ha cumplido con los requisitos establecidos en la "Directiva que regula el proceso de acreditación, la participación de los evaluadores externos y a las entidades evaluadoras externas", para renovar su autorización y registro como Entidad Evaluadora Externa con Fines de Acreditación para programas de estudio de Educación Superior Universitaria, con una vigencia de cinco (05) años; Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al Consejo Directivo Ad Hoc del SINEACE, en sesión de fecha 02 de agosto 2017, mediante Acuerdo Nº 2352017-CDAH, se aprobó la renovación de la autorización y registro de la Entidad Evaluadora con Fines de Acreditación SAC (EEFIA), como Entidad Evaluadora Externa con Fines de Acreditación, para programas de estudio de Educación Superior Universitaria, con una vigencia de cinco (05) años; De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ Sineace; su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED; Ley Nº 30220, Ley Universitaria; Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU y modificatorias; y la Resolución Ministerial Nº 331-2017-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Oficializar el Acuerdo Nº 235-2017CDAH, de sesión de fecha 02 de agosto 2017 del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante el cual se renueva la autorización y registro de la Entidad Evaluadora con Fines de Acreditación SAC (EEFIA), como Entidad Evaluadora Externa con Fines de Acreditación, para programas de estudio de Educación Superior Universitaria, por cinco (05) años.

Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Web del Sineace. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA BARRIOS VALDIVIA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc 1555612-2

Oficializan Acuerdos mediante los cuales se aprobaron las Normas de Competencia del Profesional Técnico en Análisis de Sistemas, Normas de Competencia del Profesional Técnico en Redes y Seguridad Informática; y Normas de Competencia del Profesional Técnico en Explotación Minera
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 330-2017-SINEACE/CDAH-P Lima, 17 de agosto de 2017 VISTO: El Informe Nº 036-2017-SINEACE/P-DEC-IEES, emitido por la Dirección de Evaluación y Certificación de Institutos y Escuelas de Educación Superior; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 28740, Ley del Sineace establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desarrollo laboral; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ Sineace, habiéndose conformado mediante Resolución Ministerial Nº3962014-MINEDU, del 28 de agosto 2014, el Consejo Directivo Ad Hoc, con el objetivo de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo; Que, mediante el documento de visto, la Dirección de Evaluación y Certificación de Institutos y Escuelas de Educación Superior, propone la aprobación de las siguientes normas que cumplen con la validación de expertos y la demanda del mercado laboral: 1. Normas de Competencias en el Sector Información y Comunicaciones, Familia Productiva Tecnología de la Información y Comunicaciones ­ TICs: a. Normas de Competencia del Profesional Técnico en Análisis de Sistemas b. Normas de Competencia del Profesional Técnico en Redes y Seguridad Informática. 2. Normas de Competencias en el Sector Explotación de Minas y Canteras, Familia Minería Metálica: a. Normas de Competencia del Profesional Técnico en Explotación Minera. Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al Consejo Directivo Ad Hoc del Sineace, en sesión de fecha 02 de agosto 2017, mediante los siguientes acuerdos aprobó:

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