Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 2017 (20/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Domingo 20 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES
POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. ELIAS CUBA BAUTISTA Alcalde 1556091-1

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Unidad Impositiva Tributaria ­ UIT, podrán ser aceptadas mediante Resolución de Alcaldía, con cargo a dar cuenta al Concejo Municipal, por lo que solicita opinión legal en relación al mencionado proyecto integral que modifica la Ordenanza Nº 173-2013/MLV; Que, con Informe Nº 310-2017-GAJ/MDLV, de fecha 26 de abril de 2017, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que el proyecto de ordenanza que aprueba el nuevo Reglamento de Altas, Bajas y Disposición de los Bienes Muebles de la Municipalidad de La Victoria, se encuentra acorde con la normativa vigente, a excepción de lo regulado en sus artículos 23º y 55º que no resultan compatibles con las disposiciones contenidas en el artículo 9º, numerales 20) y 25), artículos 64º, 66º y 68º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, norma que establece que es potestad exclusiva del Concejo Municipal aprobar la aceptación y entrega de donaciones, proponiendo una nueva redacción de los artículos 23º y 55º; ante ello opina que el proyecto de ordenanza se derive al Concejo Municipal en atención a la facultad que le confiere el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, para su aprobación; Que, mediante Dictamen Conjunto Nº 005-2017-CPPAL-CAFSFC/MDLV, de fecha 14 de junio de 2017, las Comisiones de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales, y de Administración, Finanzas, Sistemas, Fiscalización y Control, recomiendan la aprobación del Proyecto de Ordenanza que regula el Reglamento de Altas, Bajas y Disposición de los Bienes Muebles de la Municipalidad de La Victoria, tomándose en cuenta la recomendación formulada por la Gerencia de Asesoría Jurídica; debiendo derogarse la Ordenanza Nº 173-2013/MLV; Que, resulta necesario adecuar las normas de la Corporación Municipal a las nuevas disposiciones legales vigentes y a su vez contar con una reglamentación idónea para el Alta, Baja y Disposición de Bienes Muebles de la Municipalidad de La Victoria; ESTANDO A LO EXPUESTO Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL NUMERAL 8) DEL ARTÍCULO 9º Y EL ARTÍCULO 40º DE LA LEY Nº 27972 - LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES. CONTANDO CON EL VOTO POR UNANIMIDAD DE LOS SEÑORES REGIDORES ASISTENTES A LA SESIÓN DE CONCEJO DE LA FECHA Y CON LA DISPENSA DEL TRÁMITE DE LECTURA Y APROBACIÓN DE ACTAS, SE HA DADO LA SIGUIENTE: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ALTAS, BAJAS Y DISPOSICION DE LOS BIENES MUEBLES DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Altas, Bajas y Disposición de los Bienes Muebles de la Municipalidad de La Victoria, que consta de cinco (05) Títulos; siete (07) Capítulos; setenta y tres (73) Artículos y una (01) Disposición Final, que forman parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR los Anexos 1, 2, y 3 del Reglamento de Altas, Bajas y Disposición de los Bienes Muebles de la Municipalidad de La Victoria. Artículo Tercero.- DEROGAR la Ordenanza Nº 1732013-/MDLV, y toda disposición contraria a lo dispuesto en la presente. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Subgerencia de Logística y Control Patrimonial y demás Unidades Orgánicas el cumplimiento de la presente Ordenanza de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Artículo Quinto.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación del texto de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y el integro del Reglamento en el Portal Web de la Corporación Municipal www. munilavictoria.gob.pe. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.

MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES
Dispensan la publicación de los edictos matrimoniales a los contrayentes del matrimonio civil comunitario convocado para el día 9 de setiembre de 2017, con motivo de celebrarse el Día de la Familia
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 018-2017/MDSMP San Martín de Porres, 14 de agosto de 2017 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES CONSIDERANDO: Que, el Artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 430-MDSMP, de fecha 06 de marzo de 2017, se aprobó la convocatoria a la celebración de matrimonios civiles comunitarios para el 06 de mayo de 2017, con motivo de celebrarse el aniversario del Distrito, y para el 09 de setiembre de 2017, con motivo de la celebración del día de la familia, facultándose al Señor Alcalde para que mediante decreto dispense la publicación de los edictos matrimoniales a los contrayentes de los matrimonios y dicte las normas complementarias y/o reglamentarias que sean necesarias para la mejor aplicación de la señalada ordenanza; Estando a lo expuesto y lo dispuesto en elartículo 20º numeral 6) y el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, emite el siguiente; DECRETO: Artículo Primero.- DISPENSAR la publicación de los edictos matrimoniales a los contrayentes del matrimonio civil comunitario convocado para el día 09 de setiembre de 2017, con motivo de celebrarse el Día de la Familia, según lo expuesto en la parte considerativa del presente Decreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Desarrollo de Tecnologías de la Información la publicación en la página web de la municipalidad: www.mdsmp.gob. pe, en el portal del Estado Peruano: www.perú.gob.pe y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www. serviciosalciudadano.gob.pe. Regístrese, publíquese y cúmplase. ADOLFO ISRAEL MATTOS PIAGGIO Alcalde 1556125-1

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