Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 2017 (20/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Domingo 20 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES

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Que, la Décimo Sexta Disposición Complementaria de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades regularán, mediante ordenanza, los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos; Estando a lo expuesto, en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 9º, 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto UNANIME de sus miembros, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL PROCESO DE FORMULACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2018 Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento para el Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2018, el mismo que consta de 38 Artículos, 04 Disposiciones Finales y 03 Anexos, y forman parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- CONVOCAR a la Sociedad Civil organizada y a las Instituciones Públicas y Privadas del distrito de Barranco, a participar en el Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2018. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, Gerencia de Desarrollo Humano y Social, y Área de Comunicaciones e Imagen Institucional, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza; a la Secretaría General su publicación en el Diario Oficial El Peruano y, al Área de Sistemas y Tecnologías de la Información, su publicación en el portal institucional. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FELIPE ANTONIO MEZARINA TONG Alcalde 1556303-1

Aprueban Bases del Concurso Público de Méritos para el nombramiento de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 043-2017-MDB Barranco, 9 de agosto de 2017 EL CONCEJO MUNICIPAL DE BARRANCO VISTOS: El Informe Nº296-2017-JEC-GAT-MDB, de fecha 04 de julio de 2017, emitido por el Ejecutor; El Informe Nº 174-2017-GAT-MDB, la Gerencia de Administración Tributaria; El Memorándum Nº 434-2017-GPPMR-MDB, de fecha 03 de agosto de 2017, emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; El Informe Nº 065-2017-GAJ-MDB, de fecha 04 de agosto de 2017, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; El Informe Nº 307-2017-SGGRH-GA/ MDB, de fecha 04 de agosto de 2017, emitido por la Sub Gerencia de Gestión de Recursos Humanos; El Informe Nº 132-2017-GAF-MDB, de fecha 05 de agosto de 2017, emitido por la Gerencia de Administración y Finanzas; y el Proveído Nº 606-2017-MDB-GM, de fecha 04 agosto de 2017, emitido por la Gerencia Municipal, respecto a las Bases del Concurso Público de Méritos Nº 001-2017/ MDB para el nombramiento de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de Barranco; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan

de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración; Que, la Ley Nº 27204 establece que los Ejecutores y Auxiliares Coactivos son nombrados o Contratados según el Régimen laboral de la entidad a la cual representan, evidenciando con ello que dichas personas se vinculan al estado de manera indefinida, garantizando la estabilidad de dichos servidores y reguardando la independencia con que deben ejercer las funciones que por Ley les corresponde; Que, mediante el Informe Nº 296-2017-JEC-GATMDB, el Ejecutor Coactivo solicita, con carácter de URGENTE se convoque a Concurso Público para el nombramiento de Auxiliar Coactivo, conforme a los requisitos establecidos en el Artículo 5º de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimientos de Ejecución Coactiva y modificatorias y demás dispositivos legales vigentes; Que, mediante Informe Nº174-2017-GAT-MDB, la Gerencia de Administración Tributaria informa que resulta imprescindible cubrir la plaza de AUXILIAR COACTIVO, con la finalidad de efectuar los procesos de cobranza coactiva de la deuda tributaria y no tributaria pecuniaria; y, mediante Memorándum Nº 434-2017-GPPR-MDB, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización informa que se cuenta con el marco presupuestal para la contratación de un Auxiliar Coactivo considerando todos los beneficios sociales exigidos por ley bajo la modalidad del régimen laboral Nº 276, según lo señalado en el Memorándum Nº 030-2017-GPPM/MDB, de fecha 23 de enero de 2017; Que, mediante el Memorándum Nº 065-2017-GAJMDB, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina favorablemente respecto a la convocatoria a Concurso Público así como la aprobación de las Bases respectivas; mediante el Informe Nº 3072017-MDB/ SGGRH/GAF/MDB, la Sub Gerencia de Gestión de Recursos Humanos eleva el proyecto de Bases del Concurso Público de Méritos Nº 001-2017/ MDB para el nombramiento de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de Barranco las mismas que constan de 13 Títulos y 03 Anexos; mediante el Informe Nº 177-2016-GAF-MDB, la Gerencia de Administración y Finanzas eleva el proyecto de Bases a la Gerencia Municipal; y mediante el Proveído Nº 606-2017-MDBGM, la Gerencia Municipal remite los actuados a la Secretaria General para su elevación al Concejo Municipal, para la aprobación respectiva; Estando a lo informado y ejerciendo las facultades conferidas por los Artículos 9º y 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto Unánime de sus miembros, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR las Bases del Concurso Público de Méritos Nº 001-2017-MDB, para el nombramiento de AUXILIAR COACTIVO de la Municipalidad Distrital de Barranco, las mismas que constan de 13 Títulos y 03 Anexos y forman parte integrante del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y Sub Gerencia de Gestión de Recursos Humanos el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo, a la Secretaría General la publicación del Acuerdo de Concejo en el diario oficial El Peruano y, a la Sub Gerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información, la publicación de las Bases en el Portal Institucional POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FELIPE ANTONIO MEZARINA TONG Alcalde 1556345-1

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