Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 2017 (20/08/2017)


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NORMAS LEGALES

Domingo 20 de agosto de 2017 /

El Peruano

pe) así como su difusión masiva; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento de la Ley Nº 29091, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0042008-PCM. Artículo Séptimo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO BRINGAS CLAEYSSEN Alcalde 1556045-1

MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA
Aprueban Reglamento de Altas, Bajas y Disposición de los Bienes Muebles de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 270-2017/MLV La Victoria, 18 de julio de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL, en Sesión Ordinaria de la fecha, VISTO; el Dictamen Conjunto Nº 005-2017-CPPALCAFSFC/MDLV, de fecha 14 de junio de 2017, de las Comisiones de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales; y de Administración, Finanzas, Sistemas, Fiscalización y Control; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Estado en su Artículo 194º y modificatorias, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Ordenanzas son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, mediante la Ley Nº 29151 se aprueba la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, que tiene por objeto establecer las normas que regulan el ámbito, organización, atribuciones y funcionamiento del Sistema Nacional de Bienes Estatales, en el marco del proceso de modernización de la gestión del Estado y para el apoyo y fortalecimiento al proceso de Descentralización. Su ámbito de aplicación es de estricto cumplimiento para las entidades que conforman el Sistema Nacional de Bienes Estatales, en concordancia con las competencias y autonomías atribuidas por la Constitución Política del Perú y las leyes correspondientes; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29151 que tiene por objeto reglamentar la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, cuyo

ente rector es la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, y desarrollar los mecanismos y procedimientos que permitan una eficiente gestión de los bienes estatales, maximizando su rendimiento económico y social, sostenido en una plataforma de información segura, confiable e interconectada, contribuyendo al proceso de descentralización y modernización de la gestión del Estado; Que, con Resolución Nº 046-2015/SBN se aprueba la Directiva Nº 001-2015/SBN, denominada "Procedimientos de Gestión de los Bienes Muebles Estatales" y los anexos del 01 al 16 que forman parte de la Directiva; su objetivo es regular los procedimientos de alta, baja, adquisición, administración, disposición, supervisión y registro de los bienes muebles estatales que se encuentran contemplados en el Catálogo Nacional de Bienes Muebles del Estado, así como de aquellos bienes que sin estarlo son susceptibles de ser incorporados al patrimonio de las entidades. Su alcance es a nivel nacional y comprende a las entidades públicas, que conforman el Sistema Nacional de Bienes Estatales. Por igual a los Gobiernos Locales y las Entidades que cuentan con régimen legal propio para la gestión de los bienes de su propiedad, que aplicarán la presente directiva de manera supletoria; Que, por Ordenanza Nº 173-2013/MDLV, de fecha 28 de agosto de 2013, se aprueba el Reglamento de Altas, Bajas y Disposición de los Bienes Muebles de la Municipalidad de La Victoria, cuyo objetivo es desarrollar los mecanismos y procedimientos que permitan una gestión eficiente de los bienes muebles estatales de la Municipalidad de La Victoria, maximizando su rendimiento económico y social, contribuyendo al proceso de modernización de la presente gestión municipal; Que, mediante Informes Nº 226-2016-SGLCPGAF/MLV, de fecha 07 de noviembre de 2016, y Nº 341-2016-SGLCP-GAF/MLV, de fecha 28 de diciembre de 2016, la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial da cuenta del Informe Nº 174-2016-CPSGLCP-GAF/MLV emitido por el encargado de Control Patrimonial respecto a la modificación de la Ordenanza Nº 173-2013/MLV "Reglamento de Altas, Bajas y Disposición de Bienes Muebles de la Municipalidad de La Victoria", señalando que resulta pertinente la modificación de los artículos 22º y 49º de la ordenanza en mención en el sentido que cuando las donaciones sea menor a tres (03) Unidades Impositivas Tributarias ­ UIT, deben ser aceptadas por Resolución de Alcaldía, con cargo a dar cuenta al Concejo Municipal, con la finalidad de dar celeridad a los procesos de donación, considerando que continuamente se reciben diversas solicitudes de entidades públicas, privadas y personas naturales, ya sea solicitando u otorgando donaciones; asimismo pone en conocimiento que la Ordenanza Nº 173-2013/MLV tiene como base legal la Directiva Nº 004-2002/SBN "Procedimientos para el Alta y Baja de los Bienes Muebles de Propiedad Estatal", norma que a la fecha ha sido derogada; por lo que ha procedido a elaborar un proyecto de reglamento que modifica la Ordenanza Nº 173-2013/MLV de conformidad a la normatividad vigente esto es con la Directiva Nº 0012015/SBN denominada "Procedimientos de Gestión de los Bienes Muebles Estatales, y que tiene por objeto desarrollar los mecanismos y procedimientos que permitan una gestión eficiente de los bienes muebles de la Municipalidad de La Victoria; Que, mediante Informe Nº 001-2017-GAF/MLV, de fecha 02 de enero de 2017, y Memorándum Nº 341-2017GAF/MLV, de fecha 21 de abril de 2017, la Gerencia de Administración y Finanzas se pronuncia respecto al proyecto de ordenanza que modifica la Ordenanza Nº 1732013-MDLV, que aprobó el Reglamento de Altas, Bajas y Disposiciones de los Bienes Muebles de la Municipalidad de La Victoria, considerando el proyecto integral del Reglamento de Altas, Bajas y Disposición de los Bienes Muebles de la Municipalidad de La Victoria, en donde en sus artículos 23º y 55º se plantea que las donaciones que se reciban y se otorguen y que no superen las tres (03)

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