Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 2017 (20/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

Domingo 20 de agosto de 2017 /

El Peruano

complementariamente el internamiento del vehículo menor en el DOM, hasta la cancelación del integro de la multa pecuniaria. La reincidencia de calificación muy grave será sancionada pecuniariamente con 1 U.I.T vigente, disponiéndose complementariamente el internamiento del vehículo menor en el DOM hasta la cancelación del integro de la multa pecuniaria. Artículo 50º.- El vehículo internado en el Depósito Oficial Municipal será reclamado por su propietario o apoderado quien acreditará tal condición con la tarjeta de identificación vehicular o documento que lo acredite. Asimismo se suscribirá el Acta de Liberación y Recepción del Vehículo. La liberación del vehículo internado solo procederá cuando se acredite el pago de la multa y se presenten los documentos que se detallan en el artículo 39º de la presente ordenanza o se emita la resolución de anulación correspondiente, los cuales en copia deben de anexarse al Acta de Liberación. Artículo 51º.- A partir de los 31 días calendario, el o los vehículos internados, podrán ser puestos a disposición de la PNP, o autoridad judicial competente cuando estos lo soliciten, conforme a los procedimientos legales respectivos. Artículo 52º.- El propietario podrá retirar el vehículo hasta el momento mismo del proceso de remate, previa cancelación de los pagos correspondientes, costas, costos, cargas y gravámenes correspondientes, así como asumir los gastos del desgravamen de ser el caso. TITULO V DE LOS PROCEDIMIENTOS Y TASAS Artículo 53º.- Los procedimientos y tasas que regirán el Servicio de Transporte en Vehículo Menor se aprobarán conforme a ley y de acuerdo al tipo de procedimiento, sean estos exclusivos (aprobados e incorporados en el TUPA o por incorporarse) o no exclusivos (aprobados mediante Decreto de Alcaldía). Procedimientos Exclusivos Aprobados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Breña: 1) Renovación Permiso de Operación a Personas Jurídicas para prestar el Servicio Especial de la Autorización del Tipo Permiso de Operación (Procedimiento de aprobación automática). a) Solicitud Dirigida al alcalde en forma de declaración jurada, presentada con 60 días dentro del vencimiento de su permiso de operación. b) Copia simple de la escritura pública de constitución de la persona jurídica inscrita en registros públicos. c) Copia literal vigente de la partida registral expedida por SUNARP, con una antigüedad no mayor a treinta (30) días calendario. d) Certificado de Vigencia de poder de la persona natural que representa a la persona jurídica solicitante expedido por SUNARP, con una antigüedad no mayor a 15 días a la fecha de la presentación de la solicitud. e) Copia simple de la tarjeta de identificación vehicular por cada vehículo, expedido por SUNARP. f) Copia simple del Certificado del SOAT o CAT vigente por cada vehículo. g) Copia simple del CITV por cada vehículo cuando corresponda. h) Padrón de Asociados y / o socios, propietarios de vehículos y de los conductores (adjuntando copia fotostática de la Licencia de conducir). i) Pago por derecho de Constatación de Características por vehículo menor (dicho pago se realizara tanto en la primera como en la segunda oportunidad), cuando corresponda. j) Contar con Correo Electrónico y/o teléfono fijo y/o Celular". k) Pago por derecho de Trámite (renovación). l) Pago por derecho de Sticker, cuando corresponda.

2) Modificación Del Registro Informático Del Transporte En Vehículo Menor de Breña, para el Transportador Autorizado. 2.1 Sustitución de vehículos: exclusión e inclusión de vehículos menores (Procedimiento de evaluación previa sujeta a silencio administrativo negativo). a) Solicitud dirigida al alcalde en forma de declaración jurada, indicando alguno de los motivos señalados en el artículo 20º, inciso 1.1 de la presente ordenanza. b) Copia de Tarjeta de Identificación Vehicular de la unidad ofertada. c) Copia de Licencia de Conducir de la categoría correspondiente. d) Copia del certificado SOAT y/o CAT de la unidad ofertada. e) Pago por derecho de Constatación de Características por vehículo menor. (dicho pago se realizara tanto en la primera como en la segunda oportunidad). f) Pago por derecho de sticker vehicular. g) Pago por derecho de trámite de registro. h) Copia del documento que acredite la separación del propietario de su institución, cuando corresponda. La unidad ofertada deberá cumplir con las exigencias dadas en el artículo 26º de la presente Ordenanza para su aprobación, una vez aprobado el Constatación de Características, la recurrente deberá realizar el pago por derecho de sticker vehicular y adicionalmente deberá realizar el pago por derecho de trámite de registro, para que la Autoridad Administrativa Competente proceda con el registro correspondiente. Con respecto a la exclusión de vehículos, dicho procedimiento es automático a solicitud de parte o de oficio. 2.2 Sustitución: exclusión e inclusión de conductores (Procedimiento de aprobación automática). a) Solicitud dirigida al alcalde en forma de declaración jurada, indicando a que conductor de su flota vehicular reemplazara el ingresante. b) Copia de Licencia de Conducir de la categoría correspondiente. c) Pago por derecho de trámite de registro. Dicho registro procederá siempre y cuando el conductor ingresante no se encuentre registrado en el padrón de distinto Transportador Autorizado por esta comuna. Con respecto a la exclusión de conductor, dicho procedimiento es automático a solicitud de parte o de oficio. 3) Liberación del Vehículo Menor del Depósito Oficial Municipal: a) Copia de documento que acredite la titularidad del bien a liberar. b) Copia de recibo de pago de la multa por infracción. c) Copia de multa de infracción o copia del acto administrativo que ordene su liberación. d) Recibo de pago por derecho de internamiento (por día o fracción). 4) Sticker Vehicular: a) Solicitud dirigida al Alcalde. b) Pago por Costo de Sticker p/vehículo. El duplicado tiene el mismo costo y procedimiento 5) Constatación de Características: a) Copia de tarjeta de propiedad vehicular. b) Copia de SOAT y/o CAT (vigente). c) Copia de Licencia de Conducir (vigente). d) Pago por Constatación de Características (por vehículo).

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