Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2017 (26/08/2017)


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NORMAS LEGALES

Sábado 26 de agosto de 2017 /

El Peruano

comercio de servicios, entrada temporal de personas de negocios, entre otros aspectos; Que, mediante oficio circular No. 033-2017-MINCETUR/ VMCE, de 4 de agosto de 2017, el Viceministerio de Comercio Exterior, ha solicitado la participación de funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, en la citada ronda de negociaciones; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N° 2514, del Despacho Viceministerial, de 18 de agosto de 2017; la Memoranda (DAE) N° DAE00090/2017, de la Dirección General para Asuntos Económicos, de 16 de agosto de 2017; y (OPR) N.° OPR00243/2017, de la Oficina de Programación y Presupuesto, de 22 de agosto de 2017, que otorga la certificación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.º 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 047-2002-PCM y sus modificatorias, la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 1352010-RE; y, la Ley N.º 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios de los siguientes funcionarios, a la ciudad Canberra, Australia, para participar en las reuniones señaladas en la parte considerativa de la presente resolución, de acuerdo a lo que se detalla a continuación: - Ministro en el Servicio Diplomático de la República Pedro Antonio Bravo Carranza, Director de Política Consular, de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares del 28 de agosto al 1 de setiembre de 2017; y, - Consejera en el Servicio Diplomático de la República Jerica Yella Zanelli Flores, Subdirectora de la OMC y de Propiedad Intelectual de la Dirección de Negociaciones Económicas Internacionales, de la Dirección General para Asuntos Económicos, del 31 de agosto al 2 de setiembre de 2017. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0090930 Integración y Negociaciones Económicas Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasajes aéreos US$ 3,890.00 Viáticos Número por día de días US$ 385.00 385.00 5+2 3+2 Total viáticos US$ 2,695.00 1, 925.00

SALUD
Modifican la Norma Técnica de Salud de Atención Integral de la Población Trans Femenina para la Prevención y Control de las Infecciones de Transmisión Sexual y el VIH/SIDA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 715-2017/MINSA Lima, 24 de agosto del 2017 Visto, el Expediente N° 17-079166-001, que contiene la Nota Informativa N° 358-2017-DPVIH-DGIESP/MINSA y la Nota Informativa N° 1220-2017-DGIESP/MINSA, de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo; y que la protección de la salud es de interés público. Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el numeral 1) del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud establece que el Ministerio de Salud es competente en salud de las personas; Que, el artículo 4 de la referida Ley establece que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva; Que, asimismo los literales a) y b) del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1161 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud,disponen que son funciones rectoras del Ministerio de Salud, el formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno, así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales; Que, el Artículo 63, del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modificada por Decreto Supremo N° 011-2017-SA establece que la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, competente para dirigir y coordinar las intervenciones estretégicas de Salud Pública, entre otros, en materia de Salud Sexual y Reproductiva, así como Prevención y Control de VIHSIDA, Enfermedades de Transmisión Sexual y Hepatitis; Que, por Resolución Ministerial Nº 980-2016/MINSA se aprobó la NTS Nº 126-2016-MINSA-V.01: Norma Técnica de Salud de Atención Integral de la Población Trans Femenina para la Prevención y Control de las Infecciones de Transmisión Sexual y el VIH/SIDA, con la finalidad de contribuir a la disminución de la transmisión de las Infecciones de Transmisión Sexual (ITS), incluyendo la infección por el Virus de la Inmunodeficiencia Humana (VIH); así como contribuir a la reducción de las complicaciones y muertes relacionadas al Sindrome de Inmunodeficiencia Adquirida(SIDA) en la porblación trans femenina, con enfoque de género, interculturalidad y respeto a los derechos humanos; Que, mediante el documento del visto, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública ha propuesto modificar la referida norma técnica de

Nombres y Apellidos

Pedro Antonio Bravo Carranza 3,085.00 Jerica Yella Zanelli Flores

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios diplomáticos deberán presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1558190-2

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