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32 NORMAS LEGALES Sábado 26 de agosto de 2017 / El Peruano Dan por concluidas designaciones y designan profesionales en los Hospitales “José Casimiro Ulloa” y “Dos de Mayo” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°717-2017/MINSA Lima, 24 de agosto del 2017Vistos, los expedientes Nºs. 17-079850-001 y 17- 079850-002, que contienen el O fi cio Nº 1105-2017-DG- HNDM, emitido por la Directora General (e) del Hospital Nacional “Dos de Mayo”; y, CONSIDERANDO:Que, según Resolución Ministerial Nº 258-2017/ MINSA, de fecha 17 de abril de 2017, se designó al médico cirujano Anyilo Pino Cárdenas, en el cargo de Jefe de O fi cina, Nivel F-3, de la O fi cina de Seguros del Hospital de Emergencias “José Casimiro Ulloa”; Que, por Resolución Ministerial Nº 263-2017/MINSA, de fecha 20 de abril de 2017, se designó a la médico cirujano Yenia Esther Flores Santillán, en el cargo de Jefa de O fi cina, Nivel F-3, de la O fi cina de Seguros del Hospital Nacional “Dos de Mayo”; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 646-2017/ MINSA, de fecha 4 de agosto de 2017, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Hospital Nacional “Dos de Mayo”, en el cual el cargo de Jefe/a de O fi cina (CAP – P Nº 0391), de la O fi cina de Seguros se encuentra cali fi cado como Directivo Superior de Libre Designación; Que, con el documento de Visto, la Directora General (e) del Hospital Nacional “Dos de Mayo”, propone al médico cirujano Anyilo Pino Cárdenas, en el cargo de Jefe de O fi cina de la O fi cina de Seguros del citado Hospital; Que, a través del Informe Nº 866-2017-EIE-OARH/ MINSA, la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos señala que para brindar atención a lo solicitado por la Directora General (e) del Hospital Nacional “Dos de Mayo”, es necesario dar por concluidas previamente las designaciones efectuadas mediante Resoluciones Ministeriales Nºs. 258-2017/MINSA y 263-2017/MINSA; Con el visado de la Directora General de la O fi cina General de Gestión Recursos Humanos, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, del Director General de la Dirección General de Operaciones en Salud, del Secretario General y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Legislativo Nº 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA y modi fi cado por Decreto Supremo N° 011-2017-SA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluidas las designaciones de los profesionales que se detallan a continuación, dándoseles las gracias por los servicios prestados: Nombres y Apellidos Cargo Órgano Acto Resolutivo Médico Cirujano Anyilo Pino CárdenasJefe de Ofi cinaOfi cina de Seguros del Hospital de Emergencias “José Casimiro Ulloa”RM Nº 258-2017/ MINSA Médico Cirujano Yenia Esther Flores SantillánJefa de Ofi cinaOfi cina de Seguros del Hospital Nacional” Dos de Mayo”RM Nº 263-2017/ MINSA Artículo 2.- Designar al médico cirujano Anyilo Pino Cárdenas, en el cargo de Jefe de O fi cina (CAP – P Nº 0391), Nivel F-3, de la O fi cina de Seguros del Hospital Nacional “Dos de Mayo”. Regístrese, comuníquese y publíquese.PATRICIA J. GARCIA FUNEGRA Ministra de Salud 1558749-3 Aprueban “Directiva que establece las condiciones de operatividad de las entidades habilitadas para expedir certificados de salud para postulantes a licencias de conducir, así como los procedimientos técnicos y contenidos de las evaluaciones médicas y psicológicas para postulantes a licencias de conducir” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°718-2017/MINSA Lima, 24 de agosto de 2017Visto, el Expediente N° 17-011404-003 que contiene el Informe N° 033-2017-JC-DPROM-DGIESP/MINSA de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; CONSIDERANDO:Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, señalan que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, por lo que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el numeral 1) del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, dispone como ámbito de competencia del Ministerio de Salud, la salud de las personas; Que, el artículo 4 de la Ley precitada, dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva; Que, los literales a) y b) del artículo 5 de la acotada Ley, señalan que son funciones rectoras del Ministerio de Salud, el formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales; Que, el artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 011-2017-SA, establece que la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, competente para dirigir y coordinar las intervenciones estratégicas de Salud Pública entre otros, en materia de Promoción de la Salud; Que, asimismo, los literales a), b) y d) del artículo 64 del precitado Reglamento establecen como funciones de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, el coordinar, proponer y supervisar las intervenciones estratégicas de prevención, control y reducción de riesgos y daños en materia de Promoción de la Salud; proponer, evaluar y supervisar la implementación de políticas, normas, lineamientos y otros documentos normativos en materia de intervenciones estratégicas de Salud