Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2017 (26/08/2017)


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NORMAS LEGALES

Sábado 26 de agosto de 2017 /

El Peruano

Dan por concluidas designaciones y designan profesionales en los Hospitales "José Casimiro Ulloa" y "Dos de Mayo"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°717-2017/MINSA Lima, 24 de agosto del 2017 Vistos, los expedientes Nºs. 17-079850-001 y 17079850-002, que contienen el Oficio Nº 1105-2017-DGHNDM, emitido por la Directora General (e) del Hospital Nacional "Dos de Mayo"; y, CONSIDERANDO: Que, según Resolución Ministerial Nº 258-2017/ MINSA, de fecha 17 de abril de 2017, se designó al médico cirujano Anyilo Pino Cárdenas, en el cargo de Jefe de Oficina, Nivel F-3, de la Oficina de Seguros del Hospital de Emergencias "José Casimiro Ulloa"; Que, por Resolución Ministerial Nº 263-2017/MINSA, de fecha 20 de abril de 2017, se designó a la médico cirujano Yenia Esther Flores Santillán, en el cargo de Jefa de Oficina, Nivel F-3, de la Oficina de Seguros del Hospital Nacional "Dos de Mayo"; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 646-2017/ MINSA, de fecha 4 de agosto de 2017, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Hospital Nacional "Dos de Mayo", en el cual el cargo de Jefe/a de Oficina (CAP ­ P Nº 0391), de la Oficina de Seguros se encuentra calificado como Directivo Superior de Libre Designación; Que, con el documento de Visto, la Directora General (e) del Hospital Nacional "Dos de Mayo", propone al médico cirujano Anyilo Pino Cárdenas, en el cargo de Jefe de Oficina de la Oficina de Seguros del citado Hospital; Que, a través del Informe Nº 866-2017-EIE-OARH/ MINSA, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos señala que para brindar atención a lo solicitado por la Directora General (e) del Hospital Nacional "Dos de Mayo", es necesario dar por concluidas previamente las designaciones efectuadas mediante Resoluciones Ministeriales Nºs. 258-2017/MINSA y 263-2017/MINSA; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión Recursos Humanos, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Director General de la Dirección General de Operaciones en Salud, del Secretario General y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Legislativo Nº 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA y modificado por Decreto Supremo N° 011-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluidas las designaciones de los profesionales que se detallan a continuación, dándoseles las gracias por los servicios prestados: Nombres y Apellidos Cargo Órgano Acto Resolutivo Oficina de Seguros Médico Cirujano Jefe del Hospital de RM Nº 258-2017/ Anyilo Pino de Emergencias "José MINSA Cárdenas Oficina Casimiro Ulloa" Oficina de Seguros Médico Cirujano Jefa del Hospital RM Nº 263-2017/ Yenia Esther Flores de Nacional" Dos de MINSA Santillán Oficina Mayo"

0391), Nivel F-3, de la Oficina de Seguros del Hospital Nacional "Dos de Mayo". Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCIA FUNEGRA Ministra de Salud 1558749-3

Aprueban "Directiva que establece las condiciones de operatividad de las entidades habilitadas para expedir certificados de salud para postulantes a licencias de conducir, así como los procedimientos técnicos y contenidos de las evaluaciones médicas y psicológicas para postulantes a licencias de conducir"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°718-2017/MINSA Lima, 24 de agosto de 2017 Visto, el Expediente N° 17-011404-003 que contiene el Informe N° 033-2017-JC-DPROM-DGIESP/MINSA de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, señalan que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, por lo que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el numeral 1) del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, dispone como ámbito de competencia del Ministerio de Salud, la salud de las personas; Que, el artículo 4 de la Ley precitada, dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva; Que, los literales a) y b) del artículo 5 de la acotada Ley, señalan que son funciones rectoras del Ministerio de Salud, el formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales; Que, el artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modificado por Decreto Supremo N° 011-2017-SA, establece que la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, competente para dirigir y coordinar las intervenciones estratégicas de Salud Pública entre otros, en materia de Promoción de la Salud; Que, asimismo, los literales a), b) y d) del artículo 64 del precitado Reglamento establecen como funciones de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, el coordinar, proponer y supervisar las intervenciones estratégicas de prevención, control y reducción de riesgos y daños en materia de Promoción de la Salud; proponer, evaluar y supervisar la implementación de políticas, normas, lineamientos y otros documentos normativos en materia de intervenciones estratégicas de Salud

Artículo 2.- Designar al médico cirujano Anyilo Pino Cárdenas, en el cargo de Jefe de Oficina (CAP ­ P Nº

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