Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2017 (01/12/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Viernes 1 de diciembre de 2017 / El Peruano Suelo Urbano del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras para lo cual se realiza la transferencia fi nanciera, conforme a lo dispuesto por el numeral 1.4 del artículo 1 del Decreto de Urgencia Nº 013-2017 y el Convenio Especí fi co N° 861-2017-VIVIENDA. Artículo 5.- Información El Ministerio de Defensa, informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y fi nancieros de las actividades a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, conforme a lo dispuesto por el numeral 1.4 del artículo 1 del Decreto de Urgencia Nº 013-2017 y el Convenio Especí fi co N° 861-2017-VIVIENDA. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1592542-1 ORGANISMOS EJECUTORES COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Formalizan la incorporación del Perfil del Puesto de Especialista IV – Auditor del Órgano de Control Institucional, al Manual de Organización y Funciones de DEVIDA RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 132-2017-DV-SG Lima, 30 de noviembre 2017VISTOS:El Informe N° 000120-2017-DV-OGA de la Ofi cina General de Administración, los Informes N°s 000825-2017-DV-OGA-URH y 000855-2017-DV-OGA-URH de la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración, el Informe N° 000108-2017-DV-OPP-UDI de la Unidad de Desarrollo Institucional de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 824, Ley de Lucha Contra el Trá fi co Ilícito de Drogas, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1241, se determinan las funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA Que, mediante Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, del 05 de julio de 2014, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, norma que establece su estructura orgánica; Que, mediante Resolución Ministerial N° 293-2014- PCM, publicada el 13 de diciembre de 2014, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de DEVIDA, el cual fue reordenado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 006-2017-DV-PE; Que, mediante Resolución de Gerencia General N° 040-2004-DV-GG, se aprobó el Manual de Organización y Funciones de DEVIDA, el mismo que ha sido modi fi cado con Resoluciones de Gerencia General N° 048A-2004-DV-GG, 147-2004-DV-GG, 089-2006-DV-GG, 004-2009-DV-GG, 054-2009-DV-GG, 061-2009-DV-GG y 056-2010-DV-GG y Resoluciones de Presidencia Ejecutiva N° 142-2012-DV-PE y 191-2012-DV-PE; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 161-2013-SERVIR/PE de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, de fecha 27 de setiembre de 2013, se aprobó la Directiva Nº 001-2013-SERVIR/GDSRH “Normas para la Formulación del Manual de Per fi l de Puestos MPP”, dejando sin efecto la Directiva N° 001-95-INAP/DNR “Normas para la Formulación del Manual de Organización y Funciones”, aprobada con Resolución Jefatural Nº 095-95-INAP/DNR; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 052-2016-SERVIR/PE de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, de fecha 21 de marzo de 2016, se aprobó la Directiva N° 001-2016-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Per fi les de Puestos – MPP”, mediante la cual se dejó sin efecto la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 161-2013-SERVIR/PE, que aprobó la Directiva N°001-2013-SERVIR/GDSRH “Formulación del Manual de Per fi les de Puestos (MPP)”; Que, el literal c) del numeral 8.1 del artículo 8° de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2017, establece que el ingreso de personal en el Sector Público por servicios personales y el nombramiento se encuentra prohibido, salvo, entre otros supuestos, en el caso de la contratación para el reemplazo por cese, ascenso o promoción del personal, o para la suplencia temporal de los servidores del Sector Público, en tanto se implemente la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, en los casos que corresponda, añadiendo la mencionada norma que en el caso de los reemplazos por cese del personal, este comprende al cese que se hubiese producido a partir del año 2015, debiéndose tomar en cuenta que el ingreso a la administración pública se efectúa necesariamente por concurso público de méritos y sujeto a los documentos de gestión respectivos; Que, atendiendo a lo señalado en los considerandos anteriores, mediante Informes N°s 000825-2017-DV-OGA-URH y 000855-2017-DV-OGA-URH, la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración, recomienda la actualización de las funciones del puesto de Especialista IV – Auditor del Órgano de Control Institucional de DEVIDA, para lo cual presenta el Per fi l del Puesto elaborado conforme al procedimiento establecido en la Directiva Nº 001-2016-SERVIR-GDSRH; Que, de conformidad con lo establecido en el literal c) del artículo 20° de la Directiva N° Directiva Nº 001-2016-SERVIR-GDSRH, la o fi cina de racionalización, o la que haga sus veces, emite opinión favorable, en relación a la veri fi cación de la coherencia y alineamiento de los puestos de los regímenes de los Decretos Legislativos Nº 276 y 728 con el Reglamento de Organización y Funciones; Que, mediante Informe N° 000108-2017-DV-OPP- UDI, la Unidad de Desarrollo Institucional de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión señalando que la propuesta de Per fi l del Puesto de Especialista IV – Auditor del Órgano de Control Institucional de DEVIDA es coherente y se encuentra alineado a las funciones establecidas en los artículos correspondientes al Órgano de Control Institucional del Reglamento de Organización y Funciones de DEVIDA; Que, la Directiva N° 001-2016-SERVIR/GDSRH establece en su artículo 19°, literal b), que las entidades públicas que cuentan con resolución de inicio del proceso de implementación y aún no cuentan con resolución de culminación del proceso de implementación, deben elaborar per fi les de puestos, conforme a lo establecido en la mencionada directiva, para contratar servidores bajo el régimen regulado por el Decreto Legislativo N° 1057; Que, el literal a) de la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30057, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1337, establece que en el caso de las entidades públicas incluidas en el proceso de implementación del Nuevo Régimen del Servicio Civil, está autorizada la contratación para reemplazo de personas bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 728, hasta la aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE; Que, mediante Informe N° 000855-2017-DV-OGA- URH, la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración, se re fi ere al pronunciamiento