Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2017 (21/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 170

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NORMAS LEGALES

Jueves 21 de diciembre de 2017 /

El Peruano

Que, mediante los documentos OF. "RE" (OPP) N°s. 2-5/24, 2-5-C/61 y 2-5-C/68, el Ministerio de Relaciones Exteriores, comunica que el 18 de mayo de 2017, se realizó en la ciudad de Iquitos la Novena Reunión de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Binacional de la Zona de Integración Fronteriza Perú - Colombia y adjunta copia de la Minuta N° 9 de la citada Reunión, en cuyo punto IV referido a la "Revisión del estado de avance de los compromisos asumidos en el III Gabinete Binacional Perú-Colombia", consta el compromiso de ambas partes de efectuar un aporte inicial al Fondo de Desarrollo de la Zona de Integración Fronteriza Perú-Colombia ascendente a UN MILLÓN Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 1 000 000,00); razón por la cual le correspondería al Perú efectuar dicho aporte en moneda nacional, por la suma de TRES MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA MIL Y 00/100 SOLES (S/ 3 280 000,00); Que, mediante el Informe (OPR) N° OPR0026/2017, la Oficina de Programación y Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, señala que no cuentan con recursos disponibles para los fines especificados, dado que los mismos no han sido previstos en el presupuesto institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores para el presente año; Que, los artículos 44 y 45 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas con cargo a los recursos

de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas hasta por la suma de TRES MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA MIL Y 00/100 SOLES (S/ 3 280 000,00) en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del pliego Ministerio de Relaciones Exteriores, para financiar el aporte del Perú al Fondo de Desarrollo de la Zona de Integración Fronteriza Perú-Colombia, teniendo en cuenta que dichos recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional de citado pliego en el presente año fiscal; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de TRES MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA MIL Y 00/100 SOLES (S/ 3 280 000,00) a favor del pliego Ministerio de Relaciones Exteriores, para financiar el aporte del Perú al Fondo de Desarrollo de la Zona de Integración Fronteriza Perú-Colombia, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Soles : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economía y Finanzas 001 : Administración General

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público

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