Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2017 (28/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano / Jueves 28 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., por la suma de VEINTE MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 20 000 000,00), en el marco de lo establecido por el artículo 15 de la Ley Nº 30518; Que, con Memorando Nº 2379-2017/VIVIENDAOGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe Nº 361-2017/VIVIENDA-OGPPOP de la Oficina de Presupuesto, en el cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone el proyecto de Resolución Ministerial, que autoriza la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ Administración General, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos, Producto 3999999: Sin Producto, en la Actividad 5000831: Gestión del Bono del Buen Pagador, en la Genérica del Gasto 4: Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, hasta por la suma de VEINTE MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 20 000 000,00), a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono del Buen Pagador, para lo cual se ha suscrito la Segunda Adenda al Convenio Nº 039-2017-VIVIENDA; precisando que se cuenta con la disponibilidad presupuestal respectiva; Que, en ese sentido, de acuerdo a lo establecido en el inciso v) del literal a), numeral 15.1 del artículo 15, de la Ley N° 30518, resulta necesario aprobar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ Administración General, hasta por la suma de VEINTE MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 20 000 000,00) en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono del Buen Pagador; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A. Autorizar, la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ Administración General, hasta por la suma de VEINTE MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 20 000 000,00) en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono del Buen Pagador. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ Administración General, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos, Producto 3999999: Sin Producto, en la Actividad 5000831: Gestión del Bono del Buen Pagador, en la Genérica del Gasto 4: Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, bajo responsabilidad, no podrán ser destinados a fines distintos para los cuales son transferidos, conforme lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 y el Convenio N°039-2017-VIVIENDA y su Segunda Adenda. Artículo 4.- Monitoreo, seguimiento y cumplimiento La Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda,

Construcción y Saneamiento es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para lo cual se realiza la Transferencia Financiera, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, y el Convenio N°039-2017-VIVIENDA y su Segunda Adenda Artículo 5.- Información El Fondo MIVIVIENDA S.A. informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y financieros en la ejecución del Bono del Buen Pagador a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, conforme a lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 y lo establecido en el Convenio N°039-2017-VIVIENDA y su Segunda Adenda. Artículo 6.- Publicación y Difusión Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano" y su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1601499-3

ORGANISMOS EJECUTORES

ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL
Designan Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del COFOPRI
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 175-2017-COFOPRI/DE Lima, 27 de diciembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27594, que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece en su artículo 7º que, mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular en la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confianza no contemplados en el Artículo 1º de la citada Ley; Que, de conformidad con el artículo 9, concordado con el literal i) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA, el Director Ejecutivo es el Titular de la Entidad, quien tiene la potestad de designar y cesar a los empleados de confianza, de conformidad con la legislación vigente; Que, con Resolución Directoral N° 150-2017-COFOPRI/DE del 31 de octubre de 2017, se designó al señor Héctor Santiago Cuadros Ramírez, en el cargo de Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal ­ COFOPRI; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación dispuesta por la Resolución Directoral referida en el considerando precedente y, en consecuencia, a fin de continuar con el normal desarrollo de las funciones y actividades que ejecuta la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, resulta necesario designar al funcionario que desempeñará dicho cargo;

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