Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2017 (28/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano / Jueves 28 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES
VISTOS:

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a la Magistrada Coordinadora de la Sala Penal Nacional y Juzgados Penales Nacionales, para que informe al respecto. Tercero. Que la Magistrada Coordinadora de la Sala Penal Nacional y Juzgados Penales Nacionales, y el Responsable de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal de la Sala Penal Nacional, proponen lo siguiente: A) Salas Superiores Permanentes (Código Procesal Penal 2004): Primera y Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional, Colegiado "A" y Colegiado "B". B) Salas Superiores Transitorias (Código de Procedimientos Penales de 1940): Colegiado "C", Colegiado "D" y Colegiado "E". Cuarto. Que el artículo 82°, numerales 24) y 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determinan como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear órganos jurisdiccionales, cuando así se requiera para la más rápida y eficaz administración de justicia; así como la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias con la finalidad de que las dependencias judiciales funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos, en mérito al Acuerdo N° 9082017 de la cuadragésimo quinta sesión extraordinaria del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, Tello Gilardi, Lama More, Ruidías Farfán y Vera Meléndez; y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 24° del Código Procesal Penal y artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Establecer que las cuatro Salas Superiores Permanentes de la Sala Penal Nacional, para el trámite de expedientes con el Código Procesal Penal de 2004, son las siguientes: a) Primera Sala Penal de Apelaciones Nacional, b) Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional, c) Colegiado "A"; y, d) Colegiado "B". Artículo Segundo.- Establecer que las tres Salas Superiores Transitorias de la Sala Penal Nacional, para el trámite de expedientes con el Código de Procedimientos Penales de 1940, son las siguientes: a) Colegiado "C", b) Colegiado "D"; y, c) Colegiado "E". Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Fiscalía de la Nación, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio del Interior, Oficina de Control de la Magistratura, Cortes Superiores de Justicia del país, Magistrada Coordinadora de la Sala Penal Nacional y Juzgados Penales Nacionales; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DUBERLÍ APOLINAR RODRÍGUEZ TINEO Presidente 1600762-4

El Oficio N° 289-2017-RVM-CE-PJ, cursado por la señora doctora Rosa Amelia Vera Meléndez, integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y Presidenta de la Comisión de Implementación de Unidades Ejecutoras para el año 2018; y, Oficio N° 2118-2017-GG-PJ, remitido por el Gerente General (e) del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 221-2017-CE-PJ, del 13 de julio de 2017, se constituyó como Unidades Ejecutoras a las Cortes Superiores de Justicia ahí mencionadas, a partir del 1 de enero de 2018 y 1 de enero de 2019; entre otras disposiciones administrativas. Segundo. Que el artículo 58° de la Ley del Sistema del Presupuesto Público determina que un Pliego Presupuestal puede contar con Unidades Ejecutoras, que se crean para el logro de los objetivos y la contribución de la mejora de la calidad del servicio público, por especialización funcional y cobertura del servicio, debiendo contar para dicha creación con un presupuesto anual por toda fuente de financiamiento no inferior a S/. 10'000,000.00 de soles. Tercero. Que, al respecto, la Presidenta de la Comisión de Implementación de Unidades Ejecutoras para el año 2018, comunica que en la Mesa de Trabajo "Políticas de Gestión de los Sistemas Administrativos del Poder Judicial - Implementación de las nuevas Unidades Ejecutoras - Periodo 2018" realizada del 25 al 27 de octubre del año en curso; y, en la reunión sostenida por la Comisión con los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia a implementarse el año 2018, el pasado 14 de noviembre del año en curso, se ha convenido en solicitar al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en mérito al ejercicio del mismo tipo de funciones en todas las Cortes Superiores, se suprima los términos de tipología y piloto que estaba previsto en la citada resolución administrativa. Cuarto. Que, en tal sentido, se remite el Oficio N° 2118-2017-GG-PJ, cursado por el Gerente General (e) del Poder Judicial, que adjunta el Informe N° 012-2017-GDC/ A-GG-PJ, elaborado por el Asesor de la Gerencia de Desarrollo Corporativo de la Gerencia General del Poder Judicial, que concluye, en mérito a la Resolución Administrativa N° 221-2017-CE-PJ, los acuerdos de la Mesa de Trabajo del 25 al 27 de octubre del año en curso, y de la reunión con los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Apurímac, Ayacucho, Huaura, Lima Este, Lima Sur y Ucayali, en la factibilidad de las siguientes acciones: a) Suprimir en los Artículos Primero y Segundo de la Resolución Administrativa N° 221-2017-CE-PJ, las denominaciones de Tipología: Especial, A y B; así como, la de Unidades Ejecutoras Piloto; y, b) Incorporar en el Artículo Cuarto de la Resolución Administrativa N° 221-2017-CE-PJ, para que integre la Comisión Temporal de Implementación de las Unidades Ejecutoras como miembro de la Comisión, al Gerente de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General del Poder Judicial. Quinto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 923-2017 de la cuadragésimo sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, Lama More, Ruidías Farfán y Vera Meléndez, sin la intervención de la señora Consejera Tello Gilardi por encontrarse en comisión de servicio; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

Modifican la Res.Adm. N° 221-2017-CE-PJ, que Constituyen Unidades Ejecutoras para los Años Fiscales 2018 y 2019 y conforman comisión temporal de implementación
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 362-2017-CE-PJ Lima, 20 de diciembre de 2017

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