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85 NORMAS LEGALES Sábado 30 de diciembre de 2017 El Peruano / autonomía técnico-administrativa, económica y fi nanciera, y que tiene por fi nalidad la inserción de los jóvenes de 15 a 29 años de edad, de escasos recursos económicos y/o en situación de vulnerabilidad, de las familias más pobres de la población rural y urbana, a través de su capacitación y fomento en el acceso al mercado de trabajo formal; Que, la Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional a realizar, de manera excepcional, transferencias fi nancieras para cubrir los costos realizados por las entidades públicas con las cuales se suscriban convenios de colaboración interinstitucional, para los procesos de formación, capacitación y evaluación en materia educativa y de capacitación en competencias básicas y transversales para el empleo, debiendo aprobarse las transferencias fi nancieras mediante resolución del titular del pliego y publicarse en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, el literal m) del artículo 11 del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Empleo Juvenil “Jóvenes Productivos”, aprobado por Resolución Ministerial N° 179-2012-TR, faculta al Director Ejecutivo a aprobar y suscribir convenios o contratos y sus modi fi catorias, necesarias durante el desarrollo de las acciones del Programa, con organismos públicos o privados nacionales o extranjeros; Que, a través del numeral 8.2.4 de la Directiva N° 01-2016-MTPE-JOVENES PRODUCTIVOS/DE, “Procedimiento y Mecánica Operativa para la Suscripción de Convenios con Entidades de Capacitación Pública para los Servicios de Capacitación y Autorización de Inicio de Cursos”, aprobada por Resolución de Dirección Ejecutiva N° 041-2016-MTPE/3/24.2/JOVENES PRODUCTIVOS/DE y modi fi catorias, se establece el procedimiento para la suscripción de convenios de cooperación interinstitucional y autorización de transferencias fi nancieras; Que, la Unidad Gerencial de Capacitación e Inserción Laboral Juvenil del Programa, mediante Memorando N° 4758-2017/JOVENES PRODUCTIVOS/DE/UGC, en mérito al Informe N° 1579-2017/JOVENES PRODUCTIVOS/DE/UGC/ ACSEC, señala que otorga viabilidad técnica a los tres (03) Convenios suscritos de acuerdo al siguiente detalle uno (01) Convenio de la Convocatoria N° 008-2017-UGC, uno (01) Convenio de la Convocatoria N° 011-2017-UGC y uno (01) Convenio de Capacitación en la modalidad Dual, que permitirán la ejecución de los mismos, conforme se detalla en el anexo que forma parte integrante del presente; Que, la Unidad Gerencial de Plani fi cación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa, mediante Memorando N° 2687-2017/JOVENES PRODUCTIVOS/DE/UGP, valida las certi fi caciones de crédito presupuestario, conforme al Informe N° 2472-2017-JOVENES PRODUCTIVOS/DE/UGP-AP emitido por el Área de Presupuesto, para la suscripción de los convenios a los que hace referencia el párrafo precedente; asimismo, informa que se otorga Certi fi caciones de Crédito Presupuestario – CPP N° 1448-2017 por la suma de CIENTO TREINTA Y UN MIL QUINIENTOS SETENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 131 578,00), CPP N° 1370-2017 por la suma de CINCUENTA Y CINCO MIL CIENTO DOS Y 00/100 SOLES (S/ 55 102,00) y CCP N° 1872-2017 por la suma de DOS MILLONES CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO Y 00/100 SOLES (S/ 2 195 625,00), correspondientes a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios que fi nanciarán los costos de tres (03) Convenios de Colaboración Interinstitucional suscritos con Entidades de Capacitación del Sector Público, ascendente a la suma total de DOS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 2 382 305,00); Que, mediante Informe N° 455 -2017/JOVENES PRODUCTIVOS/DE/UGAL, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal del Programa considera procedente que se apruebe las transferencias fi nancieras a las Entidades de Capacitación Pública, con la fi nalidad de cubrir los costos establecidos en los Convenios de Colaboración Interinstitucional, en el marco de lo establecido en la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General para los procesos de capacitación técnica laboral y el servicio de capacitación en competencias básicas y transversales para el empleo, de conformidad con lo establecido en la Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; Que mediante O fi cio N° 602-2017-MTPE/4/9 la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Pliego, adjunta el Informe Técnico N° 1159-2017-MTPE/4/9.2, de la O fi cina de Presupuesto, el cual emite opinión favorable sobre las referidas transferencias fi nancieras y recomienda continuar con el trámite de aprobación de la Resolución Ministerial solicitada por el mencionado Programa; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y a los antecedentes que se acompañan a la presente, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina mediante Informe N° 1620-2017-MTPE/4/8, sobre la procedencia de la emisión del acto de administración solicitado; Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección Ejecutiva, de la Unidad Gerencial de Capacitación e Inserción Laboral Juvenil, de la Unidad Gerencial de Plani fi cación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación y de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal del Programa Nacional de Empleo Juvenil “Jóvenes Productivos”, y de las O fi cinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo 004-2014-TR, y la Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las transferencias fi nancieras del Programa Nacional de Empleo Juvenil “Jóvenes Productivos” a favor de las entidades del sector público, hasta por la suma de DOS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 2 382 305,00); en el marco de los convenios detallados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer que la presente resolución y el Anexo adjunto se publiquen en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.trabajo.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFONSO GRADOS CARRARO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1602560-2 Modifican el artículo 4 de la R.M. N° 049- 2016- TR, que aprueba la creación del Grupo de Trabajo denominado “Comité de Competencias Laborales del Sector Saneamiento” adscrito al Ministerio y dejan sin efecto la R.M. N° 119-2016- TR RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 248-2017-TR Lima, 29 de diciembre de 2017