Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2017 (31/12/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano / Domingo 31 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

77

Inocuidad de los Alimentos señala que las autoridades competentes, consumidores y agentes económicos involucrados en toda la cadena alimentaria tienen el deber general de actuar respetando y promoviendo el derecho a una alimentación saludable y segura, en concordancia con los principios generales de Higiene de Alimentos del Codex Alimentarius. La inocuidad de los alimentos destinados al consumo humano es una función esencial de salud pública y, como tal, integra el contenido esencial del derecho constitucionalmente reconocido a la salud; Que, en el inciso b) del artículo 33º del Decreto Supremo Nº 034-2008-AG, que aprueba el Reglamento de la Ley de Inocuidad de los Alimentos establece que es función de los Gobiernos Locales aplicar las medidas sanitarias en alimentos agropecuarios primarios y piensos, en el transporte y comercio local; Que, mediante Decreto Supremo Nº 394-2016-EF, se aprobaron los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2017, disponiéndose en su artículo 6º que las municipalidades deben de cumplir con determinadas metas para acceder a los recursos de dicho programa. Asimismo, en sus Anexos Nº 02 y Nº 03 se establecen las metas que deben cumplir las municipalidades al 31 de julio y al 31 de diciembre del año 2017, respectivamente; Que, mediante Resolución Directoral Nº 0022017-EF/50.01 se aprobaron los Instructivos para el cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2017, correspondiente a las metas 01 al 15, cuya fecha máxima de cumplimiento es el 31 de julio del 2017; y metas 16 al 46 cuya fecha máxima de cumplimiento es el 31 de diciembre del 2017; Que, en el marco del cumplimiento de la Actividad 4 de la Meta 19 "Fortalecimiento de la Vigilancia Sanitaria Municipal de Alimentos Agropecuarios Primarios y Piensos en el Transporte y Comercio Local"; se aprobó la Ordenanza Nº 273-2017/MLV, de fecha 25 de agosto del 2017, que aprueba la incorporación en el Régimen de Aplicación de Sanciones (RAS) y el Cuadro Único de Infracción y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad de La Victoria, aprobado con Ordenanza Nº 033-2007/MDLV, la Tipificación de Infracciones y Sanciones al Transporte y Comercio Local de Alimentos Agropecuarios Primarios y Piensos en el distrito de La Victoria; Que, mediante Oficio Nº 0433-2017-MINAGRISENASA-DIAIA, la Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria del SENASA, a través de la Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria observaron la Ordenanza Nº 273-2017/MLV, recomendando al Corporativo Municipal, realizar la corrección según lo indicado en el Oficio en mención, en cumplimiento de la Actividad 4 de la meta 19 MEF ­ SENASA; Que, mediante Memorándum Nº 667-2017-GDSMLV, de fecha 20 de noviembre de 2017, la Gerencia de Desarrollo Social, en atención a lo recomendado por la Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria del SENASA, propone el Proyecto de Ordenanza que Modifica el Anexo 1 de la Ordenanza Nº 273-2017/MLV, que contiene la Tipificación de Infracciones y Sanciones al Transporte y Comercio Local de Alimentos Agropecuarios Primarios y Piensos en el distrito de La Victoria; Que, mediante Informe Nº 233-2017-SGPDO-GPP/ MLV, de fecha 20 de noviembre de 2017, la Subgerencia de Planeamiento y Desarrollo Organizacional señala que el proyecto de Ordenanza que modifica el Anexo 1 de la Ordenanza Nº 273-2017/MLV, que contiene la Tipificación de Infracciones y Sanciones al Transporte y Comercio Local de Alimentos Agropecuarios Primarios y Piensos en el Distrito de La Victoria, ha tomado en consideración lo observado por la Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria del SENASA, que el mismo contribuirá a la Vigilancia Sanitaria Municipal de alimentos agropecuarios primarios y piensos, en el transporte y comercio en el distrito; Que, mediante Informe Nº 924-2017-GAJ/MDLV, de fecha 07 de diciembre de 2017, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que el Proyecto de Ordenanza que Modifica el Anexo 1 de la Ordenanza Nº 273-2017/MLV,

que contiene la Tipificación de Infracciones y Sanciones al Transporte y Comercio Local de Alimentos Agropecuarios Primarios y Piensos en el Distrito de La Victoria; se encuentra acorde con las normativas vigentes sobre la materia, por tanto opina por la procedencia del Proyecto de Ordenanza en mención, presentado por la Gerencia de Desarrollo Social, la misma que deberá de elevarse al Pleno del Concejo Municipal, para que delibere su aprobación, conforme a sus atribuciones señaladas la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; Que, mediante Dictamen Conjunto Nº 010-2017-CAFSFC-CPPAL/MLV, de fecha 22 de diciembre de 2017, las Comisiones de Administración, Finanzas, Sistemas, Fiscalización y Control, y de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales, recomiendan al Pleno del Concejo Municipal aprobar el Proyecto de Ordenanza que Modifica el Anexo 1 de la Ordenanza Nº 273-2017/MLV, que contiene la Tipificación de Infracciones y Sanciones al Transporte y Comercio Local de Alimentos Agropecuarios Primarios y Piensos en el Distrito de La Victoria; ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR EL NUMERAL 8) DEL ARTÍCULO 9º, Y LOS ARTÍCULOS 39º, 40º Y 44º DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Y CONTANDO CON EL VOTO POR UNANIMIDAD DE LOS SEÑORES MIEMBROS DEL CONCEJO ASISTENTES A LA SESION ORDINARIA DE FECHA 27 DE DICIEMBRE DE 2017, CON LA DISPENSA DE LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA, SE HA DADO LA SIGUIENTE: ORDENANZA QUE MODIFICA EL ANEXO 1 DE LA ORDENANZA Nº 273-2017/MLV, QUE CONTIENE LA TIPIFICACIÓN DE INFRACCIONES Y SANCIONES AL TRANSPORTE Y COMERCIO LOCAL DE ALIMENTOS AGROPECUARIOS PRIMARIOS Y PIENSOS EN EL DISTRITO DE LA VICTORIA Artículo Primero.- MODIFICAR el Anexo 1 de la Ordenanza Nº 273-2017/MLV, que contiene la Tipificación de Infracciones y Sanciones al Transporte y Comercio Local de Alimentos Agropecuarios Primarios y Piensos en el Distrito de La Victoria, en los siguientes términos: A. REEMPLAZAR la denominación de la segunda división del rubro "Buenas Practicas de Manipulación", de "Expendio de Alimentos Agropecuarios Primarios y Piensos" por "Higiene de los Manipuladores de Alimentos". B. REEMPLAZAR la Gravedad de Sanción de "LEVE" por "GRAVE" de las siguientes infracciones: a) Por permitir el uso de focos o fluorescentes sin protección. b) Por no contar con cabello corto o recogido. c) Por no mantener las manos limpias y sin joyas, con uñas cortas, limpias y sin esmalte. d) Por usar maquillaje facial. e) Por realizar labores de limpieza en simultaneo con la venta de alimentos. f) Por no rotular los alimentos que se encuentran almacenados. g) Por desempolvar en un lugar cercano de la exhibición de los alimentos. C. INCORPORAR en la división "Frutas y Hortalizas" y "Superficie Interna del vehículo" las siguientes infracciones con la codificación que se detalla a continuación:
COMERCIANTES DE ALIMENTOS AGROPECUARIOS PRIMARIOS Y PIENSOS Código (...) Frutas y Hortalizas 02-0932 Por comercializar frutas que aún no han alcanzado una madurez comercial. GRAVE 10 Ejecución Infracciones Gravedad % UIT Medida Complede Sanción mentaria

(...)

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.