Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2017 (06/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano / Viernes 6 de enero de 2017

NORMAS LEGALES

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De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora ERIKA SHANTAL CHAVEZ VALDIVIA HERRERA en el cargo de Jefa de la Oficina General de Administración, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación; dejándose sin efecto el encargo de funciones conferido mediante la Resolución Ministerial N° 684-2016-MINEDU, renovado por Resolución Ministerial N° 016-2017-MINEDU. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARILÚ MARTENS CORTÉS Ministra de Educación 1471000-3

ENERGIA Y MINAS
Otorgan concesión definitiva a favor de Refinería La Pampilla S.A.A. para desarrollar actividades de transmisión de energía eléctrica en línea de transmisión ubicada en la Provincia Constitucional del Callao
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 565-2016-MEM/DM Lima, 29 de diciembre de 2016 VISTOS: El Expediente N° 14374116 sobre la solicitud de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica para la Línea de Transmisión en 60 kV S.E. Chillón - S.E. La Pampilla 2, presentado por Refinería La Pampilla S.A.A., persona jurídica inscrita en la Partida N° 70200394 del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral N° IX - Sede Lima, Oficina Registral del Callao; y, el Informe N° 5952016-MEM/DGE-DCE; CONSIDERANDO: Que, mediante el documento ingresado con Registro N° 2630243 de fecha 09 de agosto de 2016, Refinería La Pampilla S.A.A. solicita la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica para la Línea de Transmisión en 60 kV S.E. Chillón S.E. La Pampilla 2, que consta de dos ternas (L-6548 y L-6549), ubicada en el distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, cuyas coordenadas UTM (WGS 84) figuran en el Expediente; Que, mediante la RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL N° 013-2016-GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO-GRRNYGMA de fecha 14 de junio de 2016, el Gobierno Regional del Callao otorga conformidad al Contrato de Cesión de Certificación Ambiental de fecha 8 de febrero de 2016 celebrado entre la Empresa de Distribución Eléctrica de Lima Norte S.A.A. y la Refinería La Pampilla S.A.A., y establece como nuevo obligado del cumplimiento de las obligaciones asumidas por la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto "Línea de Transmisión en 60 kV S.E. Chillón ­ S.E. La Pampilla 2" aprobada por RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL N° 003-2015-GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO-GRRNGMA a Refinería La Pampilla S.A.A.; Que, la petición se encuentra amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 25 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en los artículos pertinentes de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; y la Dirección General de Electricidad al verificar que la concesionaria cumple con los requisitos legales y procedimientos correspondientes mediante el Informe N° 595-2016MEM/DGE-DCE, recomienda otorgar la concesión definitiva de transmisión; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 y 28 de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable de la Directora General de Electricidad y el visto bueno del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de Refinería La Pampilla S.A.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 60 kV S.E. Chillón - S.E. La Pampilla 2, que consta de dos ternas (L-6548 y L-6549), ubicada en el distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, en los términos y condiciones de la presente Resolución Ministerial, y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 2.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son las siguientes:

Designan Jefa de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 035-2017-MINEDU Lima, 5 de enero de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 693-2016-MINEDU, se encargó las funciones de Jefa de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación, a la señora ERIKA SUSANA ROMERO ESTELA, Coordinadora para la Planificación, Seguimiento, Monitoreo y Evaluación de las Actividades y Proyectos del Ministerio de Educación, en adición a sus funciones y en tanto se designe al titular del referido cargo, Que, se ha visto por conveniente designar a la funcionaria que ejercerá el cargo de Jefa de la Oficina de Logística, siendo necesario dejar sin efecto el referido encargo de funciones; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora JACKELINE EDITH ESTRADA MENDOZA en el cargo de Jefa de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación; dejándose sin efecto el encargo de funciones conferido mediante la Resolución Ministerial N° 693-2016-MINEDU. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARILÚ MARTENS CORTÉS Ministra de Educación 1471000-4

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