TEXTO PAGINA: 14
14 NORMAS LEGALES Jueves 12 de enero de 2017 / El Peruano EDUCACION Reconocen oficialidad del alfabeto de la lengua originaria ocaina RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 040-2017-MINEDU Lima, 11 de enero de 2017Vistos; el Expediente N° 0226730-2016, el Informe N° 007-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el literal f) del artículo 8 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece como uno de los principios en los que se sustenta la educación, la interculturalidad, que asume como riqueza la diversidad cultural, étnica y lingüística del país, y encuentra en el reconocimiento y respeto a las diferencias, así como en el mutuo conocimiento y actitud de aprendizaje del otro, sustento para la convivencia armónica y el intercambio entre las diversas culturas del mundo; Que, el numeral 1 del artículo 21 de la Ley Nº 29735, Ley que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del Perú, señala que el Ministerio de Educación, a través de la Dirección de Educación Intercultural y Bilingüe y la Dirección de Educación Rural, proporciona asistencia técnica, evalúa y o fi cializa las reglas de escritura uniforme de las lenguas originarias del país. Asimismo, el numeral 2 del referido artículo precisa que las entidades públicas emplean versiones uniformizadas de las lenguas originarias en todos los documentos o fi ciales que formulan o publican; Que, el artículo 30 del Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-ED, señala que para garantizar el derecho de las poblaciones con lenguas originarias a una educación bilingüe acorde con su cultura y lengua, se debe, entre otros, o fi cializar las reglas de escritura uniforme, en concordancia con la Ley N° 29735; Que, el apartado A del numeral 6.1.2 del artículo 6 de la Norma Técnica denominada “Procesos para la normalización de las reglas de escritura uniforme de las lenguas originarias del Perú”, aprobada por Resolución Viceministerial N° 027-2015-MINEDU, señala que los alfabetos se o fi cializan mediante Resolución Directoral de la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe y que la o fi cialidad de los alfabetos se reconoce mediante Resolución Ministerial; Que, mediante Resolución Directoral N° 003-2016-MINEDU/VMGP/DIGEIBIRA-DEIB, la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe o fi cializó el alfabeto de la lengua originaria ocaina, el mismo que comprende treinta y siete (37) grafías; Que, a través del Informe N° 134-2016-MINEDU/ VMGP/DIGEIBIRA la Directora General de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural sustenta la importancia de reconocer la o fi cialidad del alfabeto de la lengua originaria ocaina mediante Resolución Ministerial; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley N° 26510; el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y la Norma Técnica “Procesos para la normalización de las reglas de escritura uniforme de las lenguas originarias del Perú”, aprobada por Resolución Viceministerial N° 027-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- RECONOCER la o fi cialidad del alfabeto de la lengua originaria ocaina, realizada mediante Resolución Directoral N° 003-2016-MINEDU/VMGP/DIGEIBIRA/DEIB, conforme a las siguientes treinta y siete (37) grafías: aa nee n i i n oo nuu nb cc h d y d s f g h j xq uy l l m ¨ mn ¨ nñ ¨ñp r s sh t ts ty v Regístrese, comuníquese y publíquese. MARILÚ MARTENS CORTÉS Ministra de Educación 1472808-1 Designan funcionario responsable de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia del Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 038-2016-MINEDU/PEJP-2019 Lima, 30 de diciembre de 2016CONSIDERANDO:Que, el artículo 1 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, en adelante la Ley, establece que la fi nalidad de la misma es promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 3 del Reglamento de la Ley, aprobado mediante Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, la máxima autoridad de la entidad tiene, entre otras, la obligación de designar al funcionario responsable de entregar la información de acceso público, así como de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia; Que, con Resolución Ministerial N° 217-2015-MINEDU, se aprobó el Manual de Operaciones del Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos panamericanos del 2019, en adelante el Proyecto Especial; estableciendo en su artículo 8, que la Dirección Ejecutiva es la máxima autoridad administrativa de dicha entidad, y es responsable de su dirección y administración general; Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 025-2016-MINEDU/PEJP-2019, se designó al señor Franco Luigi Valle Melgar, como responsable de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia del Proyecto Especial, el mismo que presentó renuncia al cargo que venía desempeñando; Que, en tal sentido, resulta necesario designar al responsable de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia, del Proyecto Especial; De conformidad, con lo previsto en el Reglamento de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM; y, el Manual de Operaciones del “Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019”, aprobado por Resolución Ministerial N° 217-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al Jefe de la O fi cina de Presupuesto, Programación y Monitoreo, como funcionario responsable de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia del Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, en adición a sus funciones; dejando sin efecto el artículo 2 de la Resolución Directoral Ejecutiva N° 025-2016-MINEDU/PEJP-2019.