Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2017 (12/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Jueves 12 de enero de 2017 /

El Peruano

Artículo 2.- Conformación de la Mesa Técnica La Mesa Técnica está conformada por los representantes de los titulares de las entidades e instituciones siguientes: a) El Ministro de la Producción, o su representante, quien la preside. b) Un representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. c) Un representante del Ministerio de Agricultura y Riego. d) Un representante del Ministerio de Salud. e) Un representante del Ministerio del Ambiente. f) Ocho (08) representantes de gremios empresariales con representación regional, uno por cada región alimentaria, según Distribución de Unidades Territoriales / Regiones Alimentarias. Las entidades e instituciones que conforman la Mesa Técnica designan a sus respectivos representantes, titular y alterno, mediante comunicación escrita, dirigida al Ministro de la Producción, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles de publicada la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. La Secretaría Técnica es ejercida por la Dirección General de Desarrollo Productivo del Ministerio de la Producción. Las instituciones señaladas en el literal f) serán invitadas por la Secretaría Técnica, debiendo estas designar a sus representantes en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles de recibida la invitación. El Presidente de la Mesa Técnica realizará la invitación a los proveedores de las Regiones de intervención del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, a fin que designen a sus representantes de manera voluntaria dentro de los cinco (5) días hábiles de recibida la invitación. Artículo 3.- Instalación y Periodo de Vigencia La Mesa Técnica se instala en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución, y tiene un plazo de vigencia de un (01) año contado a partir de su instalación. Artículo 4.- Plan de Trabajo La Mesa Técnica tiene un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir de su instalación, para presentar al Ministerio de la Producción el Plan de Trabajo que hayan acordado; se reunirán con una frecuencia no menor de una vez al mes e informarán bimestralmente sobre los avances respecto a lo establecido en el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 5.- Presentación de la Estrategia La Secretaría Técnica de la Mesa Técnica presentará la estrategia a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución, ante el Ministerio de la Producción, en el plazo no mayor de ciento ochenta (180) días calendario contados desde su instalación. Artículo 6.- Gastos Los gastos que demande la participación de los integrantes de la Mesa Técnica, en cumplimiento a sus funciones, son cubiertos con cargo a los presupuestos institucionales de las entidades e instituciones a los que representan, no irrogando recursos adicionales al Tesoro Público. Los integrantes de la Mesa Técnica ejercerán el cargo ad honorem. Artículo 7.- Comunicación Notifíquese la presente Resolución Ministerial a las entidades e instituciones señaladas en los literales a) al e) del artículo 2 precedente, así como a la Dirección General de Desarrollo Productivo, para su conocimiento y fines. Artículo 8.- Publicidad Dispóngase la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www. produce.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de la Producción 1473071-1

Autorizan viaje del Viceministro de Pesca y Acuicultura a Australia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 021-2017-PRODUCE Lima, 11 de enero de 2017 VISTOS: El Oficio RE (DSL-AMA) N° 2-12-A/350, del Ministerio de Relaciones Exteriores, el Informe N° 025-2016-PRODUCE/DGP de la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero, el Memorando N° 034-2017-PRODUCE/OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; con el cual hace suyo el informe N° 010-2017-PRODUCE/OGPP-OP; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio RE (DSL-AMA) N° 2-12-A/350 el señor Luis Sandoval Dávila, Director General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos del Ministerio de Relaciones Exteriores, da a conocer al Viceministro de Pesca y Acuicultura la invitación cursada por la señora Johanne Fischer, Executive Secretary de la South Pacific Regional Fisheries Management Organisation ­ SPRFMO, con la finalidad de participar en la Quinta Reunión de la Comisión de la Organización Regional de Ordenamiento Pesquero del Pacifico Sur (OROP-PS), la Cuarta Reunión del Comité de Finanzas y Administración, y la Cuarta Reunión del Comité Técnico y de Cumplimiento, a realizarse en la ciudad de Adelaide, Australia, del 14 al 22 de enero de 2017; Que, con Oficio N° 901-2016-PRODUCE/DVPA, de fecha 16 de diciembre de 2016, el Viceministro de Pesca y Acuicultura confirma su asistencia a los mencionados eventos; Que, por Memorando N° 5878-2016-PRODUCE/DVPA, el Viceministro de Pesca y Acuicultura remite el Informe N° 025-2016-PRODUCE/DGP, del Director General (e) de Políticas y Desarrollo Pesquero, el cual señala que el Perú participará en calidad de miembro activo, teniendo voz y voto en las discusiones y decisiones que se aborden en las mencionadas reuniones, permitiendo compartir con los demás Estados participantes información sobre el estado situacional de las especies como el Jurel y la Pota, y de las diversas medidas de ordenamiento y aprovechamiento sostenible, constituyéndose en una acción de promoción y posicionamiento del Perú en el contexto pesquero internacional; recomendando la participación del señor Hector Eugenio Deosdado Soldi Soldi, Viceministro de Pesca y Acuicultura; Que, en el Informe señalado en el considerando precedente se indica que el Viceministro de Pesca y Acuicultura participará desde el 17 de enero en reuniones preliminares para luego asistir del 18 al 22 de enero a la Quinta Reunión de la Comisión OROP-PS y la Cuarta Reunión del Comité de Administración y Finanzas; Que, con Memorando N° 034-2017-PRODUCE/OGPP, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 010-2017-PRODUCE/ OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto, el cual otorga la certificación presupuestal referente a la compra de pasaje aéreo y asignación de viáticos para el viaje del señor Viceministro de Pesca y Acuicultura; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula las autorizaciones de viaje al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprobó las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, regulan la autorización de viajes al exterior de dicho personal, precisando que los mismos deben sustentarse en el interés nacional o institucional; Que, la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, señala en el numeral 10.1 de su artículo 10 que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho horas; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del señor Hector Eugenio Deosdado Soldi Soldi,

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