Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2017 (25/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Miércoles 25 de enero de 2017

NORMAS LEGALES

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ha sido fijado en Cuatro Mil Cincuenta soles (S/ 4,050.00), mediante Decreto Supremo Nº 353-2016-EF; Que, conforme se aprecia en la norma acotada, la modificación del valor de la UIT, no implica la modificación automática del monto de los derechos de tramitación contenidos en el TUPA. Asimismo, la reconversión de los nuevos términos porcentuales se debe publicar dentro del plazo señalado por Ley, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas, así como en el Portal de la Municipalidad de Santa Anita, a través de los responsables; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar la Reconversión de los Términos Porcentuales de los Términos Porcentuales de los Derechos Administrativos vigentes contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Santa Anita, actualizados en función a la UIT establecida para el Año Fiscal 2017, en Cuatro Mil Cincuenta Soles (S/ 4,050.00); según el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- La Subgerencia de Informática y Estadística deberá efectuar el registro y publicación del presente Decreto de Alcaldía y el Anexo en el Portal de la Municipalidad Distrital de Santa Anita y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia General y Áreas Administrativas correspondientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA Alcaldesa 1477684-1

sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad a la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público, así como a las normas técnicas referidas a los sistemas administrativos del estado que, por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorios; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, establece que todas las entidades de la Administración Pública están obligadas a brindar información de acuerdo a lo previsto en la Ley, debiendo identificar al funcionario responsable de brindar la información solicitada por el administrado, según el artículo 3º; Que, con Informe de Visto, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto menciona que a través de la Resolución de Alcaldía Nº 024-2011-MDLP/ALC del 04 de enero de 2011, modificada por la Resolución de Alcaldía Nº 217-2012-MDLP/ALC del 19 de noviembre de 2012 y la Resolución de Alcaldía Nº 096-2014-MDLP/ALC del 30 de junio de 2014, se designó al Secretario General de esta entidad como funcionario responsable de entregar información al administrado en virtud de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, por lo que, al encontrarnos en una nueva gestión municipal, y habiendo un nuevo servidor responsable de dicha unidad orgánica, propone a éste como responsable del mencionado Portal; Que, habiéndose designado mediante Resolución de Alcaldía Nº 013-2017-MDLP/AL de fecha 10 de enero de 2017 a la señora Francisca Victoria Reinoso Santa Cruz en el cargo de Secretaria General de la Municipalidad Distrital de La Punta; Estando a las consideraciones expuestas, contando con el visto de la Gerencia Municipal y la Oficina de Asesoría Jurídica, y en uso de las facultades que confiere el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; RESUELVE:

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Designan funcionaria responsable de brindar información al administrado, en virtud de la Ley de Transferencia y Acceso a la Información Pública
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 017-2017-MDLP/AL La Punta, 18 de enero de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA VISTO; el Memorando Nº 024-2017-MDLP/SG de fecha 12 de enero de 2017 emitida por la Secretaria General; y el Memorando Nº 032-2017-MDLP/OPP de fecha 17 de enero de 2017 emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; Y CONSIDERANDO; Que, según el artículo 194º de la Constitución Política, modificado por la Ley de reforma Constitucional Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización ­ Ley Nº 27680, y posteriormente modificado por la Ley Nº 28607, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia. En concordancia con este se pronuncia el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, que agrega que dicha autonomía radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, por lo que están

Artículo 1º.- Designar a partir de la fecha a FRANCISCA VICTORIA REINOSO SANTA CRUZ, Secretaria General, como funcionaria responsable de brindar información al administrado, en virtud del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM. Articulo 2º.- Dejar sin efecto cualquier otra resolución anterior que se oponga a la presente. Artículo 3º.- Los funcionarios, directivos, servidores y trabajadores de la Municipalidad, en cumplimiento de las responsabilidades propias de sus cargos y de los encargos que les hubieran asignado, están en la obligación de ejecutar las acciones necesarias conducentes al suministro de información oficial y colaborar con el funcionario designado en el artículo primero de la presente Resolución, cuando los administrados lo requieran. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ RISI CARRASCAL Alcalde 1476995-1

Ratifican a Fedatario Institucional y designan a Fedatario Suplente de la Municipalidad Distrital de La Punta
RESOLUCION DE ALCALDÍA Nº 018-2017-MDLP/AL La Punta, 18 de enero de 2017 CONSIDERANDO: Que, el artículo 127º de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, establece el Régimen de Fedatarios de las entidades de la Administración

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