Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2017 (26/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Jueves 26 de enero de 2017

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 8º.- El personal designado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 9º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1478442-1

Artículo 1.- Designar como representantes del Ministerio de Economía y Finanzas que integrarán la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal a la que hace referencia el numeral 1 de la Quincuagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, a los siguientes profesionales: Titulares: - Oscar Arturo Pajuelo Ramírez, quien la presidirá. - Carlos Enrique Quiñones Velita, de la Dirección General de Presupuesto Público. - Martín Eduardo Rojas Capurro, de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público. - Julio Molina Gárate, de la Oficina General de Tecnologías de la Información. - Jorge Milciades Rivera Calderón, de la Dirección General de Contabilidad Pública. Alternos: - Jesica Raquel Castillo Campos, de la Dirección General de Presupuesto Público. - Mariela Barzola Flores, de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público. - Agustín Robles Cruz, de la Oficina General de Tecnologías de la Información. - Fredy Díaz lnchicaqui, de la Dirección General de Contabilidad Pública. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución a las personas mencionadas en el artículo 1 y al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas 1478521-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Designan representantes titulares y alternos del Ministerio ante la Comisión Multisectorial evaluadora de las deudas del Estado generadas por sentencias judiciales emitidas, a que se refiere la Ley N° 30518
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 023-2017-EF/10 Lima, 25 de enero de 2017 CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 de la Quincuagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, dispone la reactivación de la Comisión Multisectorial evaluadora de las deudas del Estado generadas por sentencias judiciales emitidas, constituida mediante la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, a fin que apruebe un listado complementario de las deudas del Estado generadas por sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución, para el pago de montos por beneficiario que no superen la suma de S/ 50 000,00 (CINCUENTA MIL Y 00/100 SOLES), en un plazo de 60 (sesenta) días calendario contados a partir de la vigencia del reglamento de la presente disposición, para continuar con el proceso de atención de pago de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución, iniciado por la Ley 30137, Ley que establece criterios de priorización para la atención del pago de sentencias judiciales; Que, con Decreto Supremo N° 006-2017-EF, se aprobaron las normas reglamentarias para la mejor aplicación de la antes mencionada disposición legal, en cuyo artículo 3 se establece que la citada Comisión Multisectorial estará conformada por cinco (5) representantes del Ministerio de Economía y Finanzas y tres (3) representantes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, disponiéndose además en su artículo 4, el procedimiento para que las referidas entidades, designen a sus representantes mediante Resolución Ministerial de su sector, tanto titulares como alternos, en un plazo de 3 días hábiles contados a partir del día siguiente de su publicación; Que, en línea con el mencionado dispositivo legal, citado en el párrafo precedente, es necesario emitir la Resolución Ministerial, designando a los representantes del Ministerio de Economía y Finanzas que integrarán la citada Comisión Multisectorial de naturaleza temporal a la que hace referencia el numeral 1 de la Quincuagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518; De conformidad con lo dispuesto por la Quincuagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, y el Decreto Supremo N° 006-2017-EF;

IIncorporan diversas subcuentas contables en el Plan Contable Gubernamental vigente
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 003-2017-EF/51.01 Lima, 19 de enero de 2017 CONSIDERANDO: Que, el inciso 42.1 del artículo 42° de la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, establece que la Dirección General de Contabilidad Pública es el Órgano Rector del Sistema Nacional de Contabilidad; Que, el inciso a) del artículo 7° de la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, señala como atribución de la Dirección General de Contabilidad Pública, la de aprobar las normas y procedimientos de contabilidad que deben regir en el sector público; Que, en el marco de las atribuciones referidas en el párrafo precedente, con Resolución Directoral N° 010-2015-EF/51.01 se aprobó el Plan Contable Gubernamental vigente y sus modificatorias Resolución Directoral N° 002-2016-EF/51.01 y Resolución Directoral N° 015-2016-EF/51.01; Que, la finalidad del Plan Contable es facilitar y estandarizar el registro contable, que consiste en anotar los datos de una transacción económica en sus respectivas cuentas y subcuentas contables con la documentación que lo sustenta, las mismas que son actualizadas de acuerdo a las exigencias legales vigentes, cuya aplicabilidad tiene incidencia en los resultados de los estados financieros; Que, la entrada en vigor del Decreto Legislativo N° 1257 "Fraccionamiento Especial de Deudas Tributarias y otros Ingresos Administrados por la SUNAT", así como,

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