Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2017 (08/02/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Miércoles 8 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES

13

a los administrados, y a la facilitación del cumplimiento de obligaciones en los procedimientos administrativos; Que, de acuerdo al informe de Vistos, es necesario aprobar una relación de procedimientos a cargo de las Direcciones Regionales de Energía y Minas o del órgano competente para ejercer las funciones transferidas del Sector Energía y Minas, que se encuentre acorde al marco normativo vigente; Con el visto bueno del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; del Director General de la Oficina General Asesoría Jurídica; y, de la Secretaria General del Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25962, Ley Orgánica del Ministerio de Energía y Minas; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM; y, en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158. Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la relación de procedimientos a cargo de las Direcciones Regionales de Energía y Minas o del órgano competente para ejercer las funciones transferidas del Sector Energía y Minas, incluyendo su denominación, plazo máximo de atención y requisitos máximos a solicitar; la cual forma parte de la presente Resolución como Anexo. Artículo 2.- Los Gobiernos Regionales deben adecuar las disposiciones contenidas en sus TUPA a lo establecido en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, pudiendo de ser el caso, fijar un plazo menor de atención o menores requisitos en los procedimientos. Artículo 3.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 139-2008-MEM/DM a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano; asimismo, disponer la publicación del Anexo que forma parte de la presente Resolución en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE (www.serviciosalciudadano.gob. pe) y en el portal institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.minem.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas 1483075-1

Que, de conformidad con el artículo 2 del mencionado Decreto Legislativo, el Poder Judicial transfiere el acervo documentario, el patrimonio mobiliario e inmobiliario, los recursos presupuestarios y el personal, conservando su régimen laboral que corresponda a la Gerencia General de Centros Juveniles, así como los Centros Juveniles de Diagnóstico y Rehabilitación a nivel nacional y los servicios de Orientación al Adolescente. La transferencia comprende, asimismo, el presupuesto de la Gerencia General de Centros Juveniles asignado a través de la Ley Anual de Presupuesto; así como otros recursos adquiridos por Cooperación Internacional, por donaciones y otras fuentes, de ser el caso; Que, el artículo 3 del mencionado Decreto Legislativo establece que, dentro del plazo máximo de treinta (30) días hábiles contados a partir de la vigencia de la norma, se constituye la Comisión Técnica encargada de la conducción del proceso de transferencia integrada por representantes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y del Poder Judicial; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Decreto Supremo N° 011-2012JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Constitución del Grupo de Trabajo Constitúyase el Grupo de trabajo de naturaleza temporal denominado "Comisión Técnica encargada del Proceso de Transferencia del Sistema de Reinserción Social del Adolescente en conflicto con la Ley Penal", el mismo que se encuentra adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Artículo 2.- Conformación del Grupo de Trabajo El Grupo de Trabajo constituido por el artículo precedente se encuentra conformado de la siguiente manera: a) Por parte del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos: - Un/a representante de la Alta Dirección. - El/la Director(a) de Política Criminal de la Dirección General de Política Criminal y Penitenciaria. - El/la Jefe(a) de la Oficina General de Administración. - El/la Jefe(a) de la Oficina General de Asesoría Jurídica. - El/la Jefe(a) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto. - El/la Jefe(a) de la Oficina General de Tecnologías de Información. - El/la Jefa(a) de la Oficina General de Cooperación y Proyectos. b) Los/as representantes que el Poder Judicial designe. Los/as representantes ante el Grupo de Trabajo serán designados mediante comunicación formal remitida por el titular de la entidad correspondiente, en un plazo no mayor de tres (3) días hábiles contados a partir de la publicación de la presente Resolución. Artículo 3.- Participación de otras entidades e instituciones Para el cumplimiento de su objeto, el Grupo de Trabajo puede invitar a participar a los/as representantes de instituciones o asociaciones que considere pertinente. Artículo 4.- Funciones El Grupo de Trabajo tiene las siguientes funciones: a) Conducir el proceso de transferencia del Sistema de Reinserción Social del Adolescente en conflicto con la Ley Penal del Poder Judicial al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. b) Programar, implementar y dar seguimiento al proceso de transferencia.

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Crean el Grupo de Trabajo de Naturaleza Temporal denominado "Comisión Técnica encargada del Proceso de Transferencia del Sistema de Reinserción Social del Adolescente en conflicto con la Ley Penal"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0033-2017-JUS 7 de febrero de 2017 VISTOS: El Oficio Nº 327-2017-JUS/DGPCP de la Dirección General de Política Criminal y Penitenciaria del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y el Informe Nº 153-2017-JUS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1299 publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el día 30 de diciembre de 2016, se dispone transferir el Sistema Nacional de Reinserción Social del Adolescente en Conflicto con la Ley Penal­SINARSAC, que actualmente se encuentra a cargo del Poder Judicial al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.