Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2017 (08/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES ORGANISMOS REGULADORES

Miércoles 8 de febrero de 2017 /

El Peruano

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Aprueban diversas categorías tarifarias para el trámite de otorgamiento de Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Tumbes
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 020-2017-OS/CD Lima, 7 de febrero de 2017 VISTA: La Propuesta Tarifaria para Trámite de Otorgamiento de Concesión de Distribución de Gas Natural en el departamento de Tumbes, presentada por la empresa Clean Energy del Perú S.R.L. (en adelante "Clean Energy") mediante comunicación Nº CEP-0007-2016-PRO. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 040-2008EM, se aprobó el TUO del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos (en adelante "Reglamento de Distribución"), cuyo Artículo 15º señala que el procedimiento para otorgar una concesión para la prestación del servicio de Distribución puede ser: i) Por licitación o concurso público, y; ii) Por solicitud de parte; Que, en concordancia con lo establecido en los Artículos 18º y 22º del Reglamento de Distribución, constituye requisito para el otorgamiento de Concesión de Distribución de Gas Natural a solicitud de parte, que el interesado presente su propuesta tarifaria para la prestación del servicio de distribución, la cual debe ser evaluada por Osinergmin; Que, en concordancia con lo señalado en el literal k) del Artículo 18º del Reglamento de Distribución, la propuesta tarifaria debe presentarse de acuerdo a los procedimientos que establezca Osinergmin. En tal sentido, la propuesta tarifaria debe enmarcarse en lo previsto en los Artículos 5º, 6º, 7º, 8º y los demás que resulten aplicables de la norma "Procedimiento para la Elaboración de los Estudios Tarifarios sobre Aspectos Regulados de la Distribución de Gas Natural" aprobada por Resolución Nº 659-2008-OS/ CD (en adelante "Norma Estudios Tarifarios"), referidos al contenido de la Propuesta de Tarifas Iniciales, la fianza de seguridad de la solicitud, el plan de desarrollo inicial y el contenido del Estudio Tarifario para las concesiones que empiecen a operar; Que, en cumplimiento de la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, mediante Resolución Nº 080-2012OS/CD, Osinergmin aprobó la norma "Procedimientos para Fijación de Precios Regulados", en cuyo Anexo C.4 se regula lo concerniente al "Procedimiento para la Evaluación de la Propuesta Tarifaria de Otorgamiento de Concesión de Distribución de Gas Natural a Solicitud de Parte" (en adelante "Procedimiento"), el mismo que establece las etapas, plazos y responsabilidades del Regulador y de los agentes interesados en el procedimiento de evaluación de propuesta tarifaria; Que, conforme a lo previsto en la etapa a) del Procedimiento, mediante Comunicación Nº CEP-00072016-PRO recibida el 14 de diciembre de 2016, la empresa Clean Energy remitió su Propuesta Tarifaria para Trámite de Otorgamiento de Concesión de Distribución de Gas Natural en el departamento de Tumbes. Como parte

de dicha propuesta la empresa remitió a Osinergmin el Oficio Nº 1749-2015-MEM/DGH emitido por la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas (en adelante "DGH") el cual contiene la conformidad de dicha instancia respecto al Plan de Desarrollo Inicial o Programa Mínimo de Expansión presentado por Clean Energy; Que, adicionalmente, en la comunicación a través de la cual remitió su propuesta tarifaria, Clean Energy solicitó se le conceda una reunión a efectos de tratar los aspectos técnico ­ económicos de su propuesta tarifaria, la cual fue programada para el 26 de diciembre de 2016; Que, conforme a lo previsto en la etapa b) del Procedimiento, y luego de la revisión efectuada por Osinergmin a la propuesta tarifaria presentada por Clean Energy, mediante Oficio Nº 1150-2016-GRT de fecha 21 de diciembre de 2016, se remitió a dicha empresa las observaciones identificadas por el Regulador, otorgándosele un plazo de 5 días para subsanar las observaciones formuladas; Que, en concordancia con lo previsto en el Artículo 8º de la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, con fecha 26 de diciembre de 2016 se llevó a cabo la Audiencia Privada solicitada por la empresa Clean Energy. El Acta de Audiencia Privada respectiva, suscrita en tal oportunidad por los representantes del Regulador y de Clean Energy que participaron en la misma, se encuentra publicada en la página web de Osinergmin; Que, dentro del plazo legal establecido y en cumplimiento de la etapa c) del Procedimiento, mediante Comunicación Nº CEP-0009-2016-PRO recibida el 28 de diciembre de 2016, Clean Energy cumplió con remitir la subsanación de las observaciones realizadas a su propuesta y que fueran notificadas a la empresa mediante el mencionado Oficio Nº 1150-2016-GRT; Que, en cumplimiento de la etapa d) del Procedimiento, mediante Resolución Osinergmin Nº 001-2017-OS/CD, publicada en el diario oficial El Peruano el 18 de enero de 2017, y en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, Osinergmin dispuso la publicación del proyecto de resolución que aprueba las Tarifas Iniciales para trámite de otorgamiento de Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Tumbes; Que, la resolución que dispuso la publicación del proyecto de resolución tarifaria, otorgó un plazo de 5 días hábiles, contados desde el día siguiente de su publicación, a fin de que los interesados remitan sus comentarios y sugerencias sobre el proyecto publicado, en atención a lo previsto en la etapa f) del Procedimiento; Que, en cumplimiento de la etapa e) del Procedimiento, mediante la referida Resolución Osinergmin Nº 001-2017OS/CD, se efectuó la convocatoria a la Audiencia Pública Descentralizada con la finalidad de que Osinergmin realice el sustento del proyecto de resolución que aprueba las tarifas. Dicha Audiencia se realizó el 24 de enero de 2017 en la ciudad de Tumbes; Que, hasta el 25 de enero de 2017 se recibieron los comentarios y sugerencias respecto al proyecto de resolución publicado. Los citados comentarios y sugerencias presentados, han sido analizados en el Informe Técnico Nº 057-2017-GRT y en el Informe Legal Nº 054-2017-GRT, acogiéndose aquellos que contribuyen con el objetivo de la evaluación tarifaria; Que, habiéndose cumplido con cada una de las etapas establecidas en el Procedimiento, desde la etapa a) hasta la etapa f), corresponde continuar con la etapa g), resultando procedente publicar en el Diario Oficial "El Peruano" la resolución que aprueba las Tarifas Iniciales para trámite de otorgamiento de Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Tumbes; Que, resulta necesario precisar que de acuerdo con lo señalado en el numeral 8.4 de la Norma Estudios Tarifarios, las Tarifas Iniciales carecerán de valor si el plan de desarrollo inicial incorporándose en el contrato de concesión no concuerda, en sus partes esenciales, con el plan de desarrollo inicial utilizado en el cálculo tarifario;

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