Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2017 (08/02/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 20

20

NORMAS LEGALES

Miércoles 8 de febrero de 2017 /

El Peruano

Que, asimismo, el artículo 7 de la referida Ley señala que a través de Resolución Ministerial o Resolución del Titular de la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confianza que no estuvieran contemplados en el artículo 1 de la citada norma legal; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales, dispone que el personal establecido en los numerales 1 y 2 e inciso a) del numeral 3 del artículo 4 de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 de dicho Decreto Legislativo, precisando que dicho personal solo puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal ­ CAP de la Entidad; Que, mediante Resolución Ministerial N° 420-2016/ MINSA se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Seguro Integral de Salud, considerando los cargos definidos y aprobados en base a la estructura orgánica vigente prevista en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud; Que, mediante Resolución Jefatural N° 189-2016/SIS del 12 de agosto de 2016, se designó al C.P.C Nelson Ernesto Quipe Talla en el cargo de Director Ejecutivo de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración de Recursos; Que, mediante informe de Vistos, la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, luego de efectuar el análisis del perfil del puesto, señala que corresponde designar al economista Alfredo Germán Zegarra Montoya en el cargo de Director Ejecutivo de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración de Recursos, dando por concluida la designación dispuesta mediante Resolución Jefatural N° 189-2016/SIS; Con el visto bueno de la Secretaria General, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Directora General de la Oficina General de Administración de Recursos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 065-2011PCM; la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales; y, en cumplimiento con lo dispuesto en los numerales 11.8 y 11.9 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modificado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del C.P.C Nelson Ernesto Quispe Talla en el cargo de Director Ejecutivo de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración de Recursos del Seguro Integral de Salud, dispuesta mediante Resolución Jefatural N° 189-2016/SIS, dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, al economista Alfredo Germán Zegarra Montoya en el cargo de Director Ejecutivo de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración de Recursos del Seguro Integral de Salud. Artículo 3.- Disponer que la Secretaría General efectúe la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y, en coordinación con la Oficina General de Tecnología de la Información, en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMUNDO PABLO BETETA OBREROS Jefe del Seguro Integral de Salud 1482938-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos ubicados en los departamentos de Lima y Áncash
SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 0073-2017/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 2 de febrero de 2017 Visto el Expediente N° 1070-2016/SBN-SDAPE, correspondiente al procedimiento para la primera inscripción de dominio de predios del Estado del terreno eriazo de 26 548,12 m², ubicado entre el Centro Poblado Menor Augusto B. Leguía y el Centro Poblado La Florida, altura del kilómetro 23,2 de la carretera Cañete-Yauyos (Ruta PE-24), distrito de Nuevo Imperial, provincia Cañete, departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales­SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151­Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales­y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno eriazo de 26 548,12 m², ubicado entre el Centro Poblado Menor Augusto B. Leguía y el Centro Poblado La Florida, altura del kilómetro 23,2 de la carretera CañeteYauyos (Ruta PE-24), distrito de Nuevo Imperial, provincia Cañete, departamento de Lima, que se encontraría sin inscripción registral; Que, solicitada la consulta catastral, la Zona Registral N° IX ­ Sede Lima, remitió el Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 30 de setiembre de 2016 elaborado en base al Informe Técnico N° 21040-2016-SUNARPZ.R.N°IX/OC de fecha 30 de setiembre de 2016 (folios 19 y 20), respecto del predio de 26 548,12 m², informando que el predio en consulta se visualiza gráficamente en zona donde, a la fecha, no se visualiza perimétricos con antecedentes registrales; Que, realizada la inspección técnica con fecha 07 de setiembre de 2016 (folio 194) se observó que el terreno es de naturaleza eriaza, topografía accidentada, de pendiente moderada y suelo limoso, a la fecha de la inspección el predio se encontraba ocupado; Que, mediante Oficios N° 4173, N° 4174 y N° 41752016/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 15 de setiembre de 2016 (folios 12 al 14), se solicitó información catastral, de superposiciones con propiedad de terceros y de existencia de restos arqueológicos al Gobierno Regional de Lima, al Organismo de Formalización de la Propiedad Informal ­ COFOPRI y el Ministerio de Cultura respectivamente, respecto del área materia de la presente Resolución; Que, mediante Oficio N° 001330-2016/DSFL/DGPA/ VMPCIC/MC de fecha 21 de setiembre de 2016 (folio 16), la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico-Legal del Ministerio de Cultura informo que, sobre el área en consulta, no se tiene registro de ningún Monumento Arqueológico Prehispánico; Que, mediante Oficio N° 026-2016-GRL/GRDE/ DIREFOR/VCS de fecha 20 de octubre de 2016 (folio 21),

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.