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78 NORMAS LEGALES Jueves 9 de febrero de 2017 / El Peruano Que, el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que mediante Ordenanzas se crean, modifi can, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por Ley, siendo las Ordenanzas normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal; Que, el Art. 15º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, señala que el vencimiento de pago al contado del Impuesto Predial es hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año y en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, la primera cuota deberá pagarse hasta el último día hábil del mes de febrero y las cuotas restantes serán pagadas hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto y noviembre; Que, con Ordenanza Nº 236-2016-MDSMM se establece el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines; y Serenazgo, dentro del Distrito de Santa María del Mar para el ejercicio 2017, ratifi cado mediante Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 492, publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 30 de diciembre de 2016; Que, es política de esta Municipalidad otorgar amplias facilidades a los contribuyentes para que cumplan la cancelación oportuna de sus tributos, ya sea ésta al contado o fraccionada de sus obligaciones tributarias vigentes o que se encuentren pendientes de pago; Estando a lo expuesto y a lo establecido en la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de las Municipalidades, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD con dispensa de aprobación del acta, aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LAS FECHAS DE VENCIMIENTO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017 Artículo Primero.- ESTABLECER las fechas de vencimiento de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, para el ejercicio fi scal 2017, según el siguiente cuadro de vencimiento: TRIBUTO Y PAGO FECHA DE VENCIMIENTO Impuesto Predial Anual al contado 28/02/2017 Impuesto Predial y Arbitrios fraccionado trimestral 1ra Cuota 28/02/2017 2da Cuota 31/05/2017 3ra Cuota 31/08/2017 4ta Cuota 30/11/2017 Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General disponga la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial “El Peruano”, conforme a ley. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Ofi cina de Administración Tributaria y Fiscalización el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la Unidad de Informática su debida implementación en el sistema informático. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARWAN ZAKHARIA KAHHAT ABEDRABBO Alcalde 1483078-1 Ordenanza que aprueba descuentos por el pronto pago de arbitrios correspondiente al Ejercicio Fiscal 2017 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 238-2017-MDSMM Santa María del Mar, 27 enero de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARÍA DEL MAR VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Proveído Nº 023-2017-GM-MSMM, a través del cual la Gerencia Municipal remite el Informe Nº 11-2017-OAJ/MSMM de fecha 26ENE2017 de la Jefa de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, Informe Nº 005-2017-OPP/MDSMM de fecha 20ENE2017 del Jefe de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, Memorándum Nº 005-2017-OATF/MSMM de fecha 17ENE2017, todos referidos al “Descuento de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo 2017 por Pronto Pago de Tributos Municipales 2017, del distrito de Santa María del Mar; relacionados a la aprobación de descuentos por pronto pago de arbitrios correspondientes al ejercicio fi scal 2017; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y la reforma Nº 28607, establece que las Municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 74º de la Constitución Política otorga la potestad tributaria a los gobiernos locales, potestad que es reconocida en el artículo 40 de la ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades para crear modificar suprimir o exonerar arbitrios, tasas de licencias y derechos dentro de los límites establecidos por la ley; Que, el artículo 40º de la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades señala que las Ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa Municipal por medio de los cuales se regula las materias en la que la Municipalidad tiene competencia normativa; Que, la Administración Tributaria, conforme a la norma IV del título preliminar del Código Tributario, cuando esté facultada para actuar discrecionalmente, optará por la decisión administrativa que considere más conveniente para el interés público, dentro del marco que establece la Ley; Que, con fecha 30 de diciembre de 2016 se publicó en el Diario Ofi cial “El Peruano” la Ordenanza Municipal Nº 236-2016-MDSMM que establece el Régimen de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parque y Jardines, y Serenazgo para el Ejercicio 2017, y fue ratifi cada mediante Acuerdo de Concejo Nº 492 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, el Concejo Municipal considera pertinente y necesario otorgar un benefi cio de descuento por el pronto pago de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines, y Serenazgo en el año 2017, a los contribuyentes puntuales que se encuentren al día en sus pagos hasta el año 2016, y que cumplan con cancelar el total de su Impuesto Predial y Arbitrios correspondientes al año 2017; Que, estando a lo expuesto con el voto unánime de sus integrantes en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades le confi ere y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta; el Concejo ha aprobado por unanimidad la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA DESCUENTOS POR PRONTO PAGO DE ARBITRIOS CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2017 EN EL DISTRITO DE SANTA MARÍA DEL MAR Artículo Único.- APRUÉBESE el descuento por un monto del 10% del total de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines, y Serenazgo correspondiente al año 2017 para los contribuyentes puntuales que se encuentren al día en sus pagos hasta el año 2016 y que cumplan con cancelar el total del Impuesto Predial y Arbitrios 2017 hasta el 28 de febrero del presente año.