Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2017 (17/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 100

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NORMAS LEGALES

Viernes 17 de febrero de 2017 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES
Designan funcionario responsable de remitir ofertas de empleo al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES RESOLUCION JEFATURAL Nº 017-2017 San Martín de Porres, 14 de febrero de 2017 VISTO: El Informe Nº 016-2017-GA/SAT SMP de la Gerencia de Administración y; CONSIDERANDO: Que, el último párrafo del Artículo 2° del Decreto Supremo N° 012-2004-TR, establece que los organismos públicos y empresas del Estado designarán al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad. Dicha designación debe realizarse mediante resolución del titular de la entidad publicada en el Diario Oficial El Peruano. Que, mediante Resolución Jefatural N° 004-2016 de fecha 30 de diciembre del 2016, se designó al Abogado Dany Raúl Alfaro Cabrera como funcionario responsable de dar cumplimiento a las obligaciones contenidas en el Decreto Supremo N° 012-2004-TR; Que, mediante Informe Nº 016-2017-GA/SAT SMP, la Gerente de Administración propone se designe a partir de la fecha al Licenciado Rubén Yuri Navarro Varillas, Especialista de Recursos Humanos, como responsable de remitir las ofertas de empleo al Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para un mejor manejo de la publicidad de las convocatorias de empleo de la entidad; Estando a lo dispuesto por el inciso d) del Artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones del SAT SMP, aprobado por Ordenanza N° 425-MDSMP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA la designación del Abogado Dany Raúl Alfaro Cabrera, como funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo. Artículo Segundo.- DESIGNAR a partir de la fecha al Licenciado Rubén Yuri Navarro Varillas, especialista de Recursos Humanos, como funcionario responsable de dar cumplimiento a lo señalado en el Decreto Supremo N° 012-2004-TR. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN CARLOS SÁNCHEZ RUTTI Jefe del Servicio de Administración Tributaria 1486639-1

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA; VISTO, en sesión ordinaria de la fecha, con el voto unánime de los señores Regidores y con dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades, dispone que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 74 de la Constitución Política del Perú prescribe que los gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; Que, mediante Ordenanza Nº 019-2009-CDB de fecha 06 de noviembre del 2009, estableció el importe del derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de tributos y distribución de cuponeras relativo al Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio fiscal 2010; Que, la Ordenanza Nº 021-2014-CDB de fecha 22 de diciembre del 2014 estableció el beneficio de exoneración de Arbitrios municipales del ejercicio fiscal 2015, para predios destinados a casa habitación y que destinen un área menor a quince metros cuadrados (15 m2) para realizar actividad económica de comercio al por menor y prestación de servicios; Que, con Ordenanza Nº 022-2014-CDB de fecha 22 de diciembre del 2014 se determinó beneficios tributarios para pensionistas y descuentos por pronto pago de Arbitrios municipales del ejercicio gravable 2015; Que, mediante Ordenanza Nº 023-2014-CDB de fecha 22 de diciembre del 2014 se fijó la tasa de interés moratorio aplicable a los tributos de la Municipalidad; Que, con Ordenanza Nº 002-2016-MDB del 29 de enero del 2016 se extendió la vigencia de las Ordenanzas Municipales Nº 019, 021, 022 y 023-2014-CDB al ejercicio gravable 2016. Que, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, mediante Memorándum Nº 015-2017-MDB/ GATR de fecha 27 de enero del 2017 solicita extender la ampliación de la vigencia de las Ordenanzas referidas al presente ejercicio; Que, mediante Informe Nº 002-2017-MDB/GAJ del 27 de enero del 2017, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina por la procedencia de lo solicitado por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas. Teniendo en consideración lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades, el concejo municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE EXTIENDE LA VIGENCIA DE LAS ORDENANZAS MUNICIPALES Nºs. 019, 021, 022 y 023-2014-CDB Artículo Primero.- EXTIENDASE la vigencia de las Ordenanzas Municipales Nºs. 019, 021, 022 y 023-2014CDB al ejercicio gravable 2017. Artículo Segundo.- ENCARGASE a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y a la Sub Gerencia de Informatica el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. IVAN RIVADENEYRA MEDINA Alcalde 1486723-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
Extienden vigencia de las Ordenanzas Municipales Nºs 019, 021, 022 y 023-2014-CDB
ORDENANZA Nº 001-2017-MDB Bellavista, 31 de enero del 2017

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