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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE FEBRERO DEL AÑO 2017 (26/02/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Domingo 26 de febrero de 2017 / El Peruano ANEXO Nº 3 ÍNDICES DE DISTRIBUCIÓN DEL CANON POR LA PRODUCCIÓN DE PETRÓLEO Y GAS PARA GOBIERNO REGIONAL, GOBIERNOS LOCALES E INSTITUTOS SUPERIORES TECNOLÓGICOS NACIONALES DEL DEPARTAMENTO DE UCAYALI DE 2017 GOB. LOCAL(DEPARTAMENTO/PROVINCIA/DISTRITO), GOB. REGIONAL E INSTITUTOSÍNDICE TOTAL 1.0000000000 GOBIERNOS LOCALES DEL DEPARTAMENTO DE UCAYALI UCAYALI CORONEL PORTILLO CALLERIA 0.1045552416 CAMPOVERDE 0.0159298938 IPARIA 0.0120640665MASISEA 0.0128727656 YARINACOCHA 0.0894970916 NUEVA REQUENA 0.0056280424MANANTAY 0.0752981179 ATALAYA RAYMONDI 0.0329665041 SEPAHUA 0.0082618773TAHUANIA 0.0080082529YURUA 0.0026880009 PADRE ABAD PADRE ABAD 0.1135439593 IRAZOLA 0.0492131931 CURIMANA 0.1486599468 NESHUYA 0.0392300092 ALEXANDER VON HUMBOLDT0.0296626351 PURUS PURÚS 0.0046085740 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE UCAYALI 0.2150537634 INSTITUTOS SUPERIORES TECNOLÓGICOS NACIONALES 0.0322580645 ANEXO Nº 4 ÍNDICES DE DISTRIBUCIÓN DEL CANON POR LA PRODUCCIÓN DE PETRÓLEO Y GAS PARA LOS INSTITUTOS SUPERIORES TECNOLÓGICOS NACIONALES DE UCAYALI DE 2017 INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICO ÍNDICE TOTAL 1.0000000000 SUIZA 0.125000000 COLONIA DEL CACO-B 0.125000000MASISEA 0.125000000 ATALAYA 0.125000000 CARLOS LABORDE 0.125000000PADRE ABAD 0.125000000PURUS 0.125000000 PABLO BUTZ 0.125000000 1490412-2 Autorizan viaje de funcionaria de PROINVERSIÓN a Francia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 079-2017-EF/10 Lima, 24 de febrero de 2017CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28660 se determinó la naturaleza jurídica de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN como Organismo Público Descentralizado adscrito al sector Economía y Finanzas, con personería jurídica, autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera, constituyendo un pliego presupuestal; Que, mediante comunicación electrónica del 6 de enero de 2017, la Secretaría del la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) remitió a los delegados del Comité de Inversiones, el cronograma de reuniones a desarrollarse del 6 al 9 de marzo de 2017, en el que están comprendidas las siguientes reuniones a las que asistirá PROINVERSIÓN: i) el 7 de marzo de 2017, la Reunión LAC: Initiative meeting - iniciativa en Inversiones para América Latina y el Caribe; ii) el 7 y 8 de marzo de 2017, las Reuniones WPRBC: Grupo de trabajo de conducta empresarial responsable y Puntos nacionales de contacto OCDE; y, iii) el 9 de marzo de 2017, la Reunión ampliada del Comité de Inversiones OCDE; Que, mediante Informe Técnico Nº 27-2017/DSI, la Dirección de Servicios al Inversionista señala que el objetivo principal para la participación de la institución en esta oportunidad en las indicadas reuniones es que PROINVERSIÓN en su calidad de Punto Nacional de Contacto de la OCDE en el Perú y enlace con el Comité de Inversiones OCDE comparta e intercambie experiencias sobre las diversas situaciones y desafíos en actividades orientadas a difundir e implementar las directrices OCDE para empresas multinacionales, y en actividades del Comité de Inversiones OCDE relacionadas con instrumentos de promoción OCDE y buenas prácticas de los países miembros para la promoción de la inversión privada al servicio del crecimiento y del desarrollo; Que, en ese sentido resulta importante que PROINVERSIÓN se encuentre representada en las citadas reuniones por la señorita Nancy Nelly Bojanich García, Especialista en Inversiones de la Dirección de Servicios al Inversionista de PROINVERSIÓN; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, señala que durante el Año Fiscal 2017, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a 8 (ocho) horas o cuando la estancia sea menor a 48 (cuarenta y ocho) horas; asimismo, la autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, concordante con el tercer y cuarto párrafo del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cado por los Decretos Supremos Nº 005-2006- PCM y N° 056-2013-PCM, para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos Descentralizados correspondientes, la autorización se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y su Reglamento; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 083-2013-EF/10, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 081-2015-EF, corresponde a PROINVERSIÓN, entre otras, promover la incorporación de la inversión privada en servicios públicos y obras públicas de infraestructura, así como en activos, proyectos y empresas del Estado y demás actividades estatales que le son asignadas por su relevancia nacional, conforme a las disposiciones para la implementación de la política nacional de promoción de la inversión privada consideradas de interés nacional; por lo cual, resulta