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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE FEBRERO DEL AÑO 2017 (26/02/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 19

19 NORMAS LEGALES Domingo 26 de febrero de 2017 El Peruano / De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley N° 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; y, el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar, a partir del 27 de febrero de 2017, la renuncia formulada por la señorita Alessandra Gilda Herrera Jara al cargo de Directora General de la Dirección General de Formalización Minera del Ministerio de Energía y Minas, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, a partir del 27 de febrero de 2017, al señor Máximo Rodolfo Gallo Quintana en el cargo de Director General de la Dirección General de Formalización Minera del Ministerio de Energía y Minas, cargo considerado de con fi anza. Regístrese, comuníquese y publíquese.GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas 1489795-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Renuevan autorizaciones a Certifica Perú S.A.C. como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo y Móvil, ubicado en el departamento de Piura RESOLUCION DIRECTORAL N° 657-2017-MTC/15 Lima, 8 de febrero de 2017VISTOS: La solicitud registrada con la Hoja de Ruta N° E-310190- 2016, así como los demás escritos relacionados con dicha solicitud, presentada por la empresa “CERTIFICA PERÚ S.A.C.”, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC se aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, el mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29237, cuya fi nalidad constituye certi fi car el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehículos que circulan por las vías públicas terrestres a nivel nacional; así como veri fi car que éstos cumplan con las condiciones y requisitos técnicos establecidos en la normativa nacional, con el propósito de garantizar la seguridad del transporte y el tránsito terrestre y las condiciones ambientales saludables; Que, mediante Resolución Directoral N° 079-2012- MTC/15, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 05 de febrero de 2012, se autorizó a la empresa “CERTIFICA PERÚ S.A.C.”, en adelante “EL CITV” como Centro de Inspección Técnica Vehicular-CITV para operar una (01) Línea de Inspección Técnica Fija Tipo Mixta, en el local ubicado en la Parcela J, Mz. A, Lote N°s. 05, 06, 07, 08, 09, 38, 39, 40, 41 y 42 adyacente a la prolongación Sanchez Cerro, departamento de Piura, por el plazo de cinco (05) años contando a partir del día de su publicación; Que, mediante Resolución Directoral N° 711-2013- MTC/15, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 24 de abril de 2013, se modi fi ca la autorización otorgada a la empresa “CERTIFICA PERÚ S.A.C.” mediante Resolución Directoral N° 079-2012-MTC/15 a fi n de ampliar sus actividades y operar una (01) Línea de Inspección Técnica Fija Tipo Combinada; Que, mediante Resolución Directoral N° 1905-2015- MTC/15, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 26 de junio de 2015, se autorizó al CITV como Centro de Inspección Técnica Vehicular Móvil para operar una (01) Línea de Inspección Técnica Vehicular Tipo Menor (móvil), en los siguientes distritos: Sullana, Castilla, Sechura, La Unión, Paita y Chulucanas, cuyo plazo de vigencia está condicionado a la vigencia de la autorización de su CITV Fijo y su ámbito territorial queda subordinada a la operación de algún Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo en las localidades autorizadas; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta N° E-310190-2016 de fecha 15 de noviembre de 2016, “El CITV” solicita renovación de la autorización para operar un Centro de Inspección Técnica Vehicular–CITV- Fijo con dos Líneas de Inspección Técnica Vehicular, una línea Tipo Mixta y una línea Tipo Combinada, en el local ubicado en la Parcela J, Mz. A, Lote N°s. 05, 06, 07, 08, 09, 38, 39, 40, 41 y 42 adyacente a la prolongación Sanchez Cerro, departamento de Piura. Asimismo solicita la renovación de autorización del Centro de Inspección Móvil con una línea de inspección Tipo Menor, en los siguientes distritos: Sullana, Castilla, Sechura, La Unión, Paita y Chulucanas; Que, con O fi cio N° 7604-2016-MTC/15.03 de fecha 28 de noviembre de 2016 y noti fi cado el 02 de diciembre del mismo año, esta Administración formuló las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por “El CITV”, requiriéndole la subsanación correspondiente, para la cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles y mediante escrito registrado con Hoja de Ruta N° E-336184-2016 de fecha 15 de diciembre de 2016, presentó diversa documentación con la fi nalidad de subsanar las observaciones señaladas en el o fi cio indicado, asimismo presenta el Cronograma anual para el año 2017 de su Centro de inspección Técnica Vehicular Móvil – Tipo Menor, como sigue: Distrito Provincia Departamento Inicio Término Sullana Sullana Piura 10.01.2017 20.06.2017 Paita Paita Piura 05.07.2017 20.09.2017 La Unión Piura Piura 05.10.2017 01.12.2017 Que, con O fi cio N° 8237-2016-MTC/15.03 de fecha 27 de diciembre de 2016 y noti fi cado el 30 de diciembre del mismo año, esta Administración formuló las observaciones a la subsanación presentada por “El CITV”, para la cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles y mediante escrito registrado con Hoja de Ruta N° E-005138-2017 de fecha 06 de enero de 2017, presentó diversa documentación con la fi nalidad de subsanar las observaciones señaladas en el o fi cio citado; Que, con O fi cio N° 7536-2016-MTC/15.03 de fecha 24 de noviembre de 2016, noti fi cado el 29 de noviembre del mismo año, esta administración solicitó a SUTRAN información si “El CITV” mantiene impagas sanciones de multa por infracciones al Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares Decreto Supremo N° 025-2008-MTC, contenidas en resolución fi rme o que haya agotado la vía administrativa y mediante O fi cio N° 619-2016-SUTRAN/06.4 registrado con Hoja de Ruta N° E-341510-2016 la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN da respuesta a lo solicitado; Que, estando a lo opinado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial en el Informe Nº 0079-2017-MTC/15.03, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; en el cual se concluye que “El CITV”, ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en los artículos 37° y 43º del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, por lo que resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; siendo de aplicación, además, los principios de informalismo, de presunción de veracidad y de privilegio de los controles posteriores contenidos en el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444; De conformidad con la Ley N° 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley N° 29370 - Ley