Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2017 (04/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Martes 4 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

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"(...) Artículo 2.- Conformación El Grupo de Trabajo está conformado por: - El/La Ministro/a de Salud, quien lo preside; - El/La Viceministro/a de Salud Pública ; - El/La Viceministro/a de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; - El/La Secretario/a General; - EL/La Director/a General de la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud, quien realiza las funciones de Secretario Técnico; - El/La Director/a de la Oficina General de Gestión Descentralizada; - El/La Director/a General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; - El/La Director/a General de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas; - El/La Director/a General de la Dirección General de Donaciones , Trasplantes y Banco de Sangre; - El/La Director/a General de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria ; - El/La Director/a General de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional; - El/La Director/a General de la Dirección General de Telesalud, Referencias y Urgencias; - El/La Director/a General de la Dirección General de Operaciones en Salud; - El/La Director/a General de la Dirección General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; - El/La Director/a General de la Oficina General de Administración; - El/La Director/a General de la Oficina General de Comunicaciones; - El/La Director/a General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; - El/La Director/a General de la Oficina General de Tecnologías de la Información; - El/La Director/a General de la Dirección General de Personal de la Salud; - El/La Director/a General del Centro Nacional de Epidemiologia, Prevención y Control de enfermedades; - El/La Director/a del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud." Artículo 2.- Notificar la presente resolución a la Presidencia del Consejo de Ministros-(PCM), al Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (CENEPRED) y al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI). Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal de Transparencia del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud 1539219-1

Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Viceministra de Salud Pública y del Secretario General, y; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al médico cirujano César Vladimir Munayco Escate, en el cargo de Ejecutivo Adjunto I (CAP-P Nº 1812) del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCIA FUNEGRA Ministra de Salud 1539588-1

Aprueban Documento Técnico: Lineamientos para la Prevención, Reducción y Control de la anemia en niñas y niños hasta los 35 meses de edad de los usuarios del Programa Nacional Cuna Más en el Perú
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 506-2017/MINSA Lima, 3 de julio del 2017 Visto el Expediente Nº 17-058681-001, que contiene la Nota Informativa N° 884-2017-DGIESP/MINSA y el Informe N° 066-2017-ESNANS-DPROM-DGIESP/ MINSA, de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, señalan que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo. La protección de la salud es de interés público. Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el artículo 123 de la precitada Ley, modificada por la Única Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es la Autoridad de Salud de nivel nacional. Como organismo del Poder Ejecutivo tiene a su cargo la formulación, dirección y gestión de la política de salud y actúa como la máxima autoridad normativa en materia de salud; Que, el numeral 1) del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161 ha contemplado que el Ministerio de Salud es competente en Salud de las Personas; Que, el artículo 4 de la referida Ley dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva; Que, los literales a) y b) del artículo 5 de la precitada Ley, señalan que son funciones rectoras del Ministerio de Salud, el formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud, bajo su

Designan Ejecutivo Adjunto I del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 505-2017/MINSA Lima, 3 de julio del 2017 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Ejecutivo/a Adjunto/a I (CAP-P Nº 1812) del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades del Ministerio de Salud, el cual es calificado como cargo de confianza; Que, en ese sentido resulta necesario designar al profesional que lo desempeñará;

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