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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2017 (13/07/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 104

104 NORMAS LEGALES Jueves 13 de julio de 2017 / El Peruano Que, mediante Informe Nº 018-2017-GM, la Gerencia Municipal señala la necesidad de contar con un Plan Municipal del Libro y la Lectura, además de solicitar la emisión de una ordenanza municipal que apruebe dicho plan para el período 2017-2021; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9º, 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, y con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal, y con la dispensa del trámite de lectura del acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN MUNICIPAL DEL LIBRO Y LA LECTURA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY PARA EL PERÍODO 2017-2021 Artículo Primero.- APROBAR el “PLAN MUNICIPAL DEL LIBRO Y LA LECTURA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY PARA EL PERÍODO 2017-2021”, como instrumento obligatorio de planeamiento y de gestión de la política pública local de promoción del libro y de la lectura en el marco de la Ley Orgánica de Municipalidades y de la Ley de Democratización del Libro y Fomento de la Lectura vigentes, elaborado de manera concertada entre la Municipalidad Distrital de Chancay, las Instituciones Públicas Locales, las Organizaciones Sociales y las Organizaciones Privadas. Artículo Segundo.- INCLUIR el “Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Chancay para el periodo 2017-2021”, en el Plan de Desarrollo Municipal Concertado del Distrito de Chancay al 2021, como parte de la Línea Estratégica de Calidad Educativa y Gestión Deportiva. Artículo Tercero.- CRÉASE el CONSEJO MUNICIPAL DEL LIBRO Y LA LECTURA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY, como instancia de consulta, coordinación, concertación, seguimiento y evaluación de la política pública distrital de promoción del libro y de la lectura en el distrito. La Alcaldía Distrital establecerá la conformación, el funcionamiento y las funciones del Consejo Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Chancay. Artículo Cuarto.- La Secretaría Técnica del Consejo Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Chancay, corresponde a la Dirección de Participación Social y Desarrollo Humano a través de su Unidad de Educación, Cultura y Deporte. Artículo Quinto.- La Dirección de Participación Social y Desarrollo Humano a través de su Unidad de Educación, Cultura y Deporte es responsable de la implementación del Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Chancay para el periodo 2017-2021, en coordinación con otros organismos y unidades ejecutoras municipales. Artículo Sexto.- La Gerencia Municipal, O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto y la Dirección de Administración y Finanzas, son responsables del fi nanciamiento de los gastos que genere la ejecución del Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Chancay para el periodo 2017-2021. Artículo Séptimo.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal de transparencia de la Municipalidad Distrital de Chancay. Artículo Octavo.- Encargar a la Secretaría General de la Municipalidad Distrital de Chancay, la publicación de la presente ordenanza en el diario o fi cial El Peruano y a la Unidad de Tecnología de la Información y Comunicaciones la publicación de la presente ordenanza en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Chancay POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JUAN A. ALVAREZ ANDRADE Alcalde 1543162-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del Convenio de Minamata sobre el Mercurio Entrada en vigencia del “Convenio de Minamata sobre el Mercurio” , adoptado en la ciudad de Kumamoto, Japón, en la Conferencia de Plenipotenciarios de la Convención sobre el Mercurio, llevada a cabo del 7 al 11 de octubre de 2013, fi rmado por el Perú el 10 de octubre de 2013: aprobado mediante Resolución Legislativa N° 30352, del 27 de octubre de 2015, y rati fi cado por Decreto Supremo 061-2015-RE, del 24 de noviembre de 2015. Entrará en vigor el 16 de agosto de 2017. 1542564-1 REQUISITO PARA PUBLICACI ŁN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN