Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2017 (13/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 98

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NORMAS LEGALES

Jueves 13 de julio de 2017 /

El Peruano

Municipal mediante el cual se eleva la propuesta de ordenanza para la aprobación del Plan Municipal del Libro y la Lectura 2017-2021; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 194 de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y dentro de los márgenes permitidos por Leyes Generales; Que, el numeral 11 del artículo 82, del Capítulo II, las competencia y funciones específicas de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y sus modificatorias, establece que son competencias y funciones específicas, compartidas con el gobierno nacional y los regionales, en materia de educación, cultura, deporte y recreación "Organizar y sostener centros culturales, bibliotecas, teatros y talleres de arte en provincias, distritos y centros poblados"; Que, el numeral 19 del artículo 82 del Capítulo II, Las competencia y funciones específicas, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y sus modificatorias, establece que son competencias y funciones específicas, compartidas con el gobierno nacional y los regionales, en materia de educación, cultura, deporte y recreación "Promover actividades culturales diversas"; Que, el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 002-2014MC, Reglamento de la Ley Nº30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas, establece que "Los gobiernos regionales, las municipalidades provinciales, distritales y de centros poblados deben asegurar la creación y sostenibilidad de, por lo menos, una biblioteca en su localidad, (...)"; Que, mediante Memorándum Nº 367-2017-SGECDYRMPC de fecha 28 de junio del 2017, la Sub Gerencia de Educación, Cultura, Deporte y Recreación, eleve un informe a Alcaldía pidiendo que en Sesión de Concejo se apruebe el Plan Municipal del Libro y la Lectura; Que, el Informe Nº 0018-2017-PIM-GPPI-MPC de fecha 04 de julio del 2017, el Gerente de Planeamiento, Presupuesto y Tecnologías de la Información, deriva a la Gerencia Municipal la propuesta para aprobación de la Ordenanza que aprueba el Plan Municipal del Libro y la Lectura, informando que de esa manera se cumplirá con la actividad 04 de acuerdo a la Resolución Directoral Nº 002-2017-EF de las Metas del Plan de Incentivos propuesto por el Ministerio de Cultura; Que, mediante Informe Legal Nº 283-2017-GAJMPC de fecha 05 de julio del 2017, la Gerencia de Asesoría Jurídica, concluye: 1) Que, es factible aprobar la Ordenanza Municipal que aprueba "EL PLAN MUNICIPAL DEL LIBRO Y LA LECTURA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE, PARA EL PERIODO 2017 ­ 2021"; 2) Que, se derive al Pleno de Concejo para deliberación y determinación; 3) Que, el plazo máximo para subir el aplicativo informático para el cumplimiento de la actividad 04 de la Meta 06, es hasta el 14 de julio del 2017, por tal razón encáucese con suma urgencia, teniendo en cuenta que dicho cumplimiento formará parte del puntaje para cumplir con ser beneficiarios del plan de incentivos; Que, mediante Dictamen Nº 06-2017-CDSyH-MPC de fecha 05 de julio del 2017, la Comisión de Desarrollo Social y Humano, sugiere: 1) Aprobar la Ordenanza Municipal que aprueba "EL PLAN MUNICIPAL DEL LIBRO Y LA LECTURA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE, PARA EL PERIODO 2017 ­ 2021"; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades establecidas en el numeral 8 del Artículo 9º y 40º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto UNANIME de los (as) Señores (as) Regidores (as), con la dispensa de la lectura y aprobación del acta se ha dado la siguiente; ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN MUNICIPAL DEL LIBRO Y LA LECTURA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE PARA EL PERIODO 2017-2021 Artículo 1º.- APROBAR el Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Provincial de Cañete

para el periodo 2017-2021 como instrumento obligatorio de planeamiento y de gestión de la política pública local de promoción del libro y de la lectura en el marco de la Ley Orgánica de Municipalidades y de la Ley de Democratización del Libro y Fomento de la Lectura vigentes, elaborado de manera concertada entre la Municipalidad Provincial de Cañete y las instituciones públicas locales, las organizaciones sociales y las organizaciones privadas. Artículo 2º.- Incluir el Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Provincial de Cañete, para el periodo 2017-2021, en el Plan de Desarrollo Municipal Concertado como parte de la Línea Estratégica Educativa. Artículo 3º.- Créase el Consejo Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Provincial de Cañete, como instancia de consulta, coordinación, concertación, seguimiento y evaluación de la política pública provincial de promoción del libro y de la lectura en la Provincia de Cañete. La Alcaldía Provincial establecerá la conformación, el funcionamiento y las funciones del Concejo Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Provincial de Cañete. Artículo 4º.- La Secretaría Técnica del Concejo Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Provincial de Cañete corresponde a la Sub Gerencia de Educación, Cultura, Deporte y Recreación. Artículo 5º.- La Sub Gerencia de Educación, Cultura, Deporte y Recreación, es responsable de la implementación del Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Provincial de Cañete, para el periodo 2017-2021, en coordinación con otros organismos y unidades ejecutoras municipales. Artículo 6º.- La Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática y Gerencia de Administración y Finanzas, son responsables del financiamiento de los gastos que genere la ejecución del Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Provincial de Cañete, para el periodo 2017-2021. Artículo 7º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano" y en el portal transparencia de la Municipalidad Provincial de Cañete, en el cual se publicará el Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Provincial de Cañete para el periodo 20172021, el mismo que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 8º.- Encargar a la Gerencia de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, a la Sub Gerencia de Racionalización, Estadística e Informática la publicación de la presente ordenanza en el portal de la Municipalidad Provincial de Cañete. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ALEXANDER JULIO BAZÁN GUZMÁN Alcalde 1542626-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL
Aprueban el Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad provincial de Huaral para el periodo 2017-2021
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 017-2017-MPH Huaral, 7 de julio de 2017 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesión de Concejo de la fecha, el Memorándum Nº 0568-2017-MPH/GM de la Gerencia

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