Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2017 (07/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 107

El Peruano / Miércoles 7 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

107

Municipalidad Provincial del Callao, en lo referente a la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales y sus funciones, tal como establece la Guía para el Cumplimiento de la Meta 02 del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal 2017 "Creación o Adecuación del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor - CIAM"; Que, mediante Memorando N° 698-2017-MPC/ GGPPR, la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización remite opinión favorable a la modificación del Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial del Callao referida a la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales y sus funciones, para el cumplimiento de la Meta 02 del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal 2017; Que, mediante Memorando N° 527-2017-MPC/ GGAJC, la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación emite opinión legal considerando procedente la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial del Callao; Que, en los documentos vistos se aprecia que la modificación al Reglamento de Organización y Funciones está alineada con las normas legales aludidas así como en la necesidad de incorporar las funciones del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor - CIAM al ROF de la Municipalidad Provincial del Callao; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo establecido por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, con el voto UNÁNIME del Cuerpo de Regidores y con dispensa de trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal Provincial del Callao ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA EL TEXTO ÚNICO ORDENADO DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Artículo 1.- Modifícase el artículo 107 del Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial del Callao, aprobado mediante la Ordenanza Municipal N° 09-2017, referido a la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales, de acuerdo al siguiente texto: "ARTÍCULO 107. La Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales es el órgano de línea especializado en brindar diversos servicios de índole social y cultural como el registro civil, la promoción y difusión de la cultura, el deporte, el turismo y el bienestar y promoción social en beneficio de los niños, niñas, adolescentes, mujeres y adultos mayores. Depende jerárquicamente de la Gerencia Municipal." Artículo 2.- Modificase el artículo 108 del Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial del Callao, referido a las funciones de la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales, siendo su texto el siguiente: "ARTÍCULO 108. Son funciones de la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales: a. Normar, promover, coordinar, dirigir y evaluar las acciones recreativas, culturales, deportivas y turísticas, otorgando autorizaciones, estímulos y desarrollando acciones. b. Programar, administrar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar el cumplimiento de las actividades concernientes a los registros civiles. c. Otorgar autorizaciones para espectáculos educativos, culturales, deportivos, no deportivos y recreativos en coordinación con las entidades públicas competentes. d. Aplicar estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades y habilidades para superar la pobreza. e. Emitir copias certificadas de los documentos que produzca. f. Diseñar, formular, ejecutar y evaluar las políticas, planes, programas y proyectos en relación a la temática de las personas adultas mayores, de los niños, niñas, mujeres y adolescentes.

g. Dirigir, supervisar, controlar y evaluar las actividades correspondientes a los programas y servicios de protección social y lucha contra la desnutrición infantil. h. Proponer y supervisar la aplicación de políticas de educación, cultura y turismo en el ámbito de la jurisdicción de la Municipalidad Provincial del Callao. i. Controlar, supervisar y evaluar el funcionamiento y gestión de la Sociedad de Beneficencia Pública del Callao. j. Establecer canales de concertación entre las instituciones que trabajan en defensa de derechos de la persona adulta mayor, así como de los derechos humanos en general, con equidad de género. k. Regular las acciones del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) adecuando las normas nacionales a la realidad local. l. Organizar la protección y participación de las Personas Adultas Mayores, de acuerdo a las posibilidades económicas de la Municipalidad. m. Organizar, administrar y ejecutar los programas locales de lucha contra la pobreza y de desarrollo social del Estado, propio y transferido, asegurando la calidad y focalización de los servicios, la igualdad de oportunidades y el fortalecimiento de la economía regional y local en favor de la población adulta mayor. n. Difundir y promover los derechos del adulto/a mayor, propiciando espacios para su participación en la Municipalidad. o. Promover, organizar y sostener, de acuerdo a sus posibilidades, establecimientos de protección en especial a la población adulta mayor en situación de riesgo y vulnerabilidad, así como casas de refugio. p. Efectuar otras funciones afines que le asigne la Gerencia Municipal en materia de su competencia." DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Encárgase a la Gerencia Municipal, Gerencia General de Planeamiento Presupuesto y Racionalización y Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales el cumplimiento de la presente Ordenanza. Segunda.- Dispóngase la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y encárguese a la Gerencia de Informática, publicarla en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial del Callao www.municallao.gob.pe, y en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob.pe Tercera.- Facúltase al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, apruebe el Reglamento del Centro Integral de Atención del Adulto Mayor ­ CIAM, así como las acciones necesarias para su implementación efectiva, en beneficio de la población adulta mayor de la comunidad. Cuarta.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 1529130-1

MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO IRRIGACIÓN SANTA ROSA
Aprueban la Sección Vial Local del sector Santa Constanza tramo correspondiente desde el Asentamiento Humano Santa Constanza hasta el sector Aguirre
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004-2017-MCPISR C. P. Irrigación Santa Rosa, 2 de marzo del 2017

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