Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2017 (08/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 143

El Peruano / Jueves 8 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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en el Diario Oficial; a la Sub Gerencia de Relaciones Públicas e Imagen Institucional su debida difusión y a la Sub Gerencia de Tecnologías, Sistemas de Información y Estadística, la publicación íntegra de la misma en el portal de la entidad www.munihuacho.gob.pe y en el portal web del Estado www.peru.gob.pe POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. JORGE HUMBERTO BARBA MITRANI Alcalde Provincial 1530146-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAYAN
Designan Ejecutor y Auxiliar Coactivo de la Gerencia de Fiscalización y Control
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 122-2017-MDS/A Sayán, 31 de mayo del 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAYÁN Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificada por Ley Nº 27680, en concordancia con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, consagra que las Municipalidades son Órganos de Gobiernos promotores del Desarrollo Local, con personería de Derecho Público con plena capacidad para el cumplimiento de sus fines; gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en concordancia con la autonomía política y administrativa que gozan las Municipalidades consagrada en el precepto constitucional, ésta radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, el Artículo 7º numeral 7.1 del TUO de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, señala que: "La designación del Ejecutor Coactivo como la del Auxiliar se efectuará mediante concurso público de méritos"; Que, el Artículo 1º de la Ley precisa que el cargo de ejecutor coactivo no es cargo de confianza Ley Nº 27204, cuyo texto señala: "Precísese que el Ejecutor y el Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan, y su designación, en los términos señalados en el artículo 7º de la Ley 27679 Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva, no implica que dichos cargos sean de confianza; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 014-2017-MDSCM, de fecha 17 de marzo de 2017, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9º numeral 8) y artículo 41º, de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, se acordó APROBAR las Bases del Concurso Público de Méritos para seleccionar Un (01) Ejecutor Coactivo y Un (01) Auxiliar Coactivo para la Municipalidad Distrital de Sayán, correspondiente al Concurso Público de Méritos Nº 0022017/MDS, las mismas que forman parte del presente Acuerdo de Concejo en Anexo adjunto; asimismo el Ejecutor Coactivo y Auxiliar Coactivo serán funcionarios contratados en concordancia al Artículo 1º de la Ley Nº 27204. Que, según se expresa en el Informe Nº 0278-2017SGRH/MDS, de fecha 31 de mayo de 2017 remitido por la Sub Gerencia de Recursos Humanos, el día 31

de mayo de 2016, la Municipalidad Distrital de Sayán, representada por el Ing. René Oriol Henostroza Lázaro ­ Gerente Municipal, celebra contrato con el señor Elard Alejandro TEJADA GALAGARZA, para que se desempeñe como Ejecutor Coactivo de la Gerencia de Fiscalización y Control a partir del día 01 de junio del año en curso hasta el día 31 de diciembre de 2017, cumpliendo las funciones detalladas en la Convocatoria y Bases para la contratación, resultando la duración del referido contrato por el período de siete meses, el cual podrá ser renovado y/o prorrogado, según decisión de la Entidad y del Trabajador, no pudiendo exceder en ningún caso el año fiscal. Asimismo, en el citado Informe Nº 0278-2017-SGRH/ MDS, remitido por la Sub Gerencia de Recursos Humanos, se señala que el día 31 de mayo del presente año, la Municipalidad Distrital de Sayán, representada por el Mag. Ing. René Oriol Henostroza Lázaro ­ Gerente Municipal, celebra contrato con el señor Mario PEREZ ELESPURU, para que se desempeñe como Auxiliar Coactivo de la Gerencia de Fiscalización y Control a partir del día 01 de junio del año en curso hasta el día 31 de diciembre de 2017, cumpliendo las funciones detalladas en la Convocatoria y Bases para la contratación, resultando la duración del referido contrato por el período de siete meses, el cual podrá ser renovado y/o prorrogado, según decisión de la Entidad y del Trabajador, no pudiendo exceder en ningún caso el año fiscal. Que, mediante Informe Nº 048-2017-MDS/OGA, de fecha 31 de mayo de 2017, el Jefe de la Oficina General de Administración remite los documentos de la referencia con la finalidad de que mediante Acto Resolutivo de acuerdo al Contrato del Ejecutor Coactivo ­ Sr. Elard Alejandro Tejada Galagarza y Auxiliar Coactivo ­ Sr. Mario Pérez Elespuru del Concurso Público de Méritos, conforme lo manifestado por el Sub Gerente de Recursos Humanos mediante Informe Nº 0278-2017-SGRH/MDS. Que, es facultad del Señor Alcalde designar y dar por concluida la designación de los Funcionarios, conforme al ordenamiento legal vigente; en este contexto, es pertinente adoptar las medidas respectivas a efecto de continuar con las actividades inherentes a la Gestión. ESTANDO A LO EXPUESTO Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS EN LOS INCISOS 6) Y 17) DEL ARTÍCULO 20º DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES - LEY Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DESIGNAR a partir del 01 de junio de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2017 al señor Elard Alejandro TEJADA GALAGARZA, como Ejecutor Coactivo de la Gerencia de Fiscalización y Control, cumpliendo las funciones detalladas en la Convocatoria y Bases para la contratación, resultando la duración del referido contrato por el período de siete meses, el cual podrá ser renovado y/o prorrogado, según decisión de la Entidad y del Trabajador. Artículo 2º.- DESIGNAR a partir del 01 de junio de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2017 al señor Mario PEREZ ELESPURU, como Auxiliar Coactivo de la Gerencia de Fiscalización y Control, cumpliendo las funciones detalladas en la Convocatoria y Bases para la contratación, resultando la duración del referido contrato por el período de siete meses, el cual podrá ser renovado y/o prorrogado, según decisión de la Entidad y del Trabajador. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Oficina General de Administración, y la Gerencia de Fiscalización y Control la adopción de las acciones conducentes al cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FÉLIX VÍCTOR ESTEBAN AQUINO Alcalde 1529416-1

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