Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2017 (08/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 134

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NORMAS LEGALES

Jueves 8 de junio de 2017 /

El Peruano

de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 3.6.1. del artículo 79° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que, constituye función específica exclusiva de las municipalidades distritales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo; normar, regular y otorgar autorizaciones, y realizar la fiscalización de Habilitaciones Urbanas; Que, el numeral 40.1 del artículo 40° del Reglamento de la Ley 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2013-VIVIENDA, establece que la Declaración de Habilitación Urbana de Oficio es un procedimiento administrativo mediante el cual las municipalidades declaran habilitado de oficio un predio ubicado en zonas urbanas consolidadas que cuente con edificaciones destinadas a vivienda y demás complementarias a dicho uso, con servicios públicos domiciliarios de agua potable, desagüe o alcantarillado, energía eléctrica y alumbrado público e inscrito registralmente como predio rústico; asimismo, el numeral 40.3 del artículo 40° del citado Reglamento indica que los predios objetos de este procedimiento no se encuentran sujetos a los aportes de Habilitación Urbana, a cobros por derecho de tramitación, ni al silencio administrativo positivo; Que, el artículo 40-B del citado Reglamento señala que los predios materia de identificación para ser declarados habilitados de oficio deben cumplir lo establecido en el artículo 40-D del presente Reglamento; asimismo, indica que se priorizará la declaración de habilitación urbana de oficio de predios destinados a Vivienda, Equipamiento urbano y Uso público; y de acuerdo con los recursos y la capacidad operativa de cada municipalidad se atenderán los procedimientos correspondientes a otros tipos de habilitación; Que, mediante Oficio N° 1298-2016-MINEDU/VMGIDIGEIE de fecha 26 de mayo de 2016, la Dirección General de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación solicita la Habilitación Urbana de Oficio del predio ocupado por la Institución Educativa Melitón Carvajal, destinado a educación, ubicado en Av. Paseo de la Republica, Ca. Las Amapolas, Jr. Bernardo Alcedo y Av. Iquitos; Que, mediante Informe N° 135-2016-MDL-GDU/ SIU de fecha 16 de agosto del 2016, la Subgerencia de Infraestructura Urbana recomienda, en marco a lo establecido Capitulo VII, Art. 40° del Reglamento de la Ley 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2013-VIVIENDA, iniciar el proceso de Habilitación Urbana de Oficio del predio materia de la solicitud, al ser un predio rústico ubicado dentro de un Zona Urbana consolidada, solicitando se remita los actuados a la Subgerencia de Fiscalización Tributaria y Catastro a fin que realice las verificaciones y levantamiento catastral del predio matriz tal como lo establece el inciso d) del Articulo 40-F del Reglamento de la Ley 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones; Que, mediante Informe 121-2016-MDL-GSAT/ SFTC de fecha 28 de agosto de 2016, la Subgerencia de Fiscalización Tributaria y Catastro informa que lo consignado en los planos remitidos si corresponderían a la realidad consolidada existente en el predio materia de consulta, toda vez, que las secciones viales y distancias verificadas por parte del personal de dicha subgerencia coinciden con las consignadas en los planos adjuntados por el Ministerio de Educación; Que, mediante Oficio N° 166-2017-MINEDU/VMGIDIGEIE de fecha 20 de enero de 2017, la Dirección General de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación hace suyo el Informe de Gestión N° 046-2017-MINEDU/ VMGI-DIGEIE-DISAFIL-SQS de fecha 16 de enero de 2017, a través del cual se levanta las observaciones indicadas por la Subgerencia de Infraestructura Urbana, adjuntando: 1. Carta N° 1338-2016/EOMR-S emitida por SEDAPAL informando sobre la existencia y suficiencia del funcionamiento de las conexiones domiciliarias del predio donde funciona la Institución Educativa Melitón Carvajal, 2. Carta N° DPBT 1554617 emitida por LUZ

DEL SUR S.A. donde indica que actualmente existen redes eléctricas en la zona a través de las cuales se atiende los requerimientos de energía eléctrica según evaluaciones técnicas al predio ubicado en Av. Paseo de la República N° 2020, 3. Memoria Descriptiva, Plano de Ubicación y Perimétrico de la rectificación de medidas perimétricas, linderos y áreas del inmueble propiedad del Ministerio de Educación destinado al funcionamiento del I.E. Melitón Carbajal, visados por la Subgerencia de Catastro y Planificación Urbana de la Municipalidad Distrital de Lince y 4. Memoria Descriptiva y Plano de Ubicación y Perimétrico de la rectificación de medidas perimétricas, linderos y áreas del inmueble de propiedad de la Asociación Mutualista Magisterial colindante al predio destinado al funcionamiento de la I.E. I.E. Melitón Carbajal visados por la Subgerencia de Catastro y Planificación Urbana de la Municipalidad Distrital de Lince, validando el plano del levantamiento topográfico del mismo; Que, mediante Informe N° 072-2017-MDL-GDU/SIU de fecha 27 de marzo de 2017, la Subgerencia de Infraestructura Urbana señala que el predio materia de la Habilitación Urbana de Oficio se encuentra calificado como terreno rústico encontrándose dentro de la jurisdicción de Lince con zonificación Educación Básica (E1), conforme lo establecido en el Plano de Zonificación del Distrito de Lince, aprobado con Ordenanza N° 1017-MML de fecha 16 de mayo de 2017; asimismo, indica que el terreno cuenta con un área de 44,593.95 m2, el cual forma parte del Fundo Limatambo Norte Chico ubicado con frente a la Avenida Paseo de la Republica, Distrito de Lince, inscrito en la Partida N° 46670787 del Registro de Predios de Lima, encontrándose acondicionado para el desarrollo de educación contando con obras básicas ejecutadas como agua potable, desagüe y energía eléctrica. En cuanto a su entorno urbano del terreno este se encuentra rodeado de edificaciones, servicios públicos y urbanizaciones definidas y consolidadas; Que, en ese sentido, la citada Subgerencia recomienda en marco a lo establecido Capitulo VII, Art. 40° del Decreto Supremo N° 008-2013-VIVIENDA la procedencia de Habilitación Urbana de Oficio al ser un predio rustico ubicado dentro de un Zona Urbana consolidada, en consecuencia, solicita se remita los actuados a la Gerencia de Asesoría Jurídica para que emita el Informe Legal sustentatorio, de acuerdo a lo establecido en el inciso d) del Art. 40-E Reglamento de la Ley 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2013-VIVIENDA DS 008-2013-VIVIENDA;. Que, mediante Informe N° 201-2017-MDLGAJ de fecha 11 de mayo de 2017, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que, habiéndose cumplido con las disposiciones normativas de la materia, opina favorablemente por que se declare la Habilitación de Oficio del predio ubicado en Paseo de la Republica, Calle Las Lilas, Jr. Bernardo Alcedo y Av. Iquitos, propiedad del Ministerio de Educación, inscrito en Partida Electrónica N° 46670787 del Registro de Predios de Lima y registrado en la Base Catastral de esta corporación con la dirección av. Paseo de la República N° 2020; Estando a lo expuesto en la parte considerativa y de conformidad con las facultades conferidas por la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, a lo establecido en el artículo 40° del Decreto Supremo N° 008-2013-VIVIENDA que Aprueba el Reglamente de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación de la Ley N° 29090; que establece el procedimiento de Habilitación Urbana de Oficio; RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR HABILITADO DE OFICIO el terreno de 44,593.95 m2, conformado por el Fundo Limatambo Norte Chico del distrito de Lince, ubicado con frente a la Av. Paseo de la República del distrito de Lince, Provincia y Departamento de Lima, inscrita en la Partida Electrónica N° 46670787 del Registros de Predios de Lima, de propiedad del Estado Peruano ­ Ministerio de Educación, asignado al funcionamiento de la Institución Educativa "Melitón Carvajal"; calificado para Educación Básica ­ "E-1", de conformidad con la Ordenanza N° 1017-MML.

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