Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2017 (08/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 135

El Peruano / Jueves 8 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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Artículo Segundo.- APROBAR, los planos U-012017-MDL-GDU-SIU y TL-01-2017-MDL-GDU-SIU y Memoria Descriptiva que forman parte de la presente Resolución; con el siguiente cuadro de áreas: DESCRIPCION ÁREA BRUTA TOTAL ÁREA ÚTIL TOTAL ÁREA DESTINADA A VÍAS ÁREA TOTAL 44,593.95 M2 44,593.95 M2 0.00 M2

Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente: ORDENANZA QUE SANCIONA LAS COMPETENCIAS DE VELOCIDAD Y MANIOBRAS TEMERARIAS EN EL DISTRITO Artículo Primero.- AGRÉGUESE al cuadro de infracciones el siguiente código de infracción: Código Descripción % Base Medidas Complementarias y/o Provisionales Internamiento en depósito municipal no menor a dos días y denuncia penal.

Artículo Tercero.- NOTIFICAR, al Director General de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación la presente Resolución, a efectos de que proceda a tramitar su inscripción en el Registro de Predios de Lima, el cambio de uso rústico a urbano del inmueble de 44,593.95 m2, ubicado en el Distrito de Lince, que se encuentra inscrito en la Partida Electrónica N° 46670787 del Registros de Predios de Lima. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Subgerencia de Infraestructura Urbana y Subgerencia de Fiscalización Tributaria y Catastro, el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Secretaría General la notificación de la presente Resolución a las unidades orgánicas que correspondan y a la Subgerencia de Desarrollo Corporativo y Tecnología, su publicación en el Portal Institucional (www.munilince.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase; MARTIN PRINCIPE LAINES Alcalde 1529334-1

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Por realizar 50 maniobras temerarias y/o participar en competencias de velocidad.

UIT

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Informática y Estadística la Publicación de la presente Ordenanza en la página web de la Municipalidad: www. munimagdalena.gob.pe y en el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 1529859-1

MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR
Ordenanza que sanciona las competencias de velocidad y maniobras temerarias en el distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 024-2017-MDMM Magdalena, 19 de mayo de 2017 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 11 de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la constitución Política del Estado en sus artículos 194º y 195º y la Ley de Reforma Constitucional Nº 30305, establece que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, asimismo el Título Preliminar de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades en su Artículo IV establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, visto los Informes Nº 159-2017-SGFS-GCSCMDMM y Nº 178-2017-SGFS-GCSC-MDMM de la Sub Gerencia de Fiscalización y Sanciones, así como el Informe Nº 281-2017-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; Estando al uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972- Ley

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Autorizan viaje de Alcalde a México, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 035-2017/MM Miraflores, 5 de junio de 2017 EL ALCALDE DE MIRAFLORES POR CUANTO; El Concejo Distrital de Miraflores en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, mediante documento de fecha 09 de mayo de 2017, la Directora del Departamento para la Gestión Pública Efectiva de la Organización de los Estados Americanos (OEA) ha invitado al Alcalde de Miraflores, Jorge Vicente Martín Muñoz Wells, a participar en la ceremonia de premiación de la "III y IV Edición del Premio Interamericano a la Innovación para la Gestión Pública Efectiva ­Ediciones 2015 y 2016", en el marco de la XLVII Asamblea General de la OEA, que tendrá lugar en Cancún, México, del 19 al 21 de junio del año en curso; Que, al respecto, es oportuno mencionar que la Municipalidad de Miraflores presentó dos experiencias innovadoras que resultaron ganadoras de la IV Edición del Premio Interamericano a la Innovación para la Gestión Pública Efectiva ­ 2016, con el programa "Basura que no es basura" en la categoría "Innovación en la Calidad de Políticas Públicas", y el de "Huaca Pucllana ­ Modelo de Cooperación para la Recuperación del Patrimonio" en la categoría "Innovación en la Coordinación Interinstitucional"; Que, atendiendo a los fines expresados, se considera oportuna la participación del titular de la entidad, a efectos de recibir los premios otorgados a la Municipalidad de Miraflores, lo cual evidencia las buenas prácticas

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