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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2017 (08/06/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 127

127 NORMAS LEGALES Jueves 8 de junio de 2017 El Peruano / SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan al Banco Interamericano de Finanzas el cierre de agencias ubicadas en la Provincia Constitucional del Callao y el departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 2143-2017 Lima, 26 de mayo de 2017LA INTENDENTE GENERAL DE BANCAVISTA:La solicitud presentada por el Banco Interamericano de Finanzas para que se le autorice el cierre tres (03) Agencias, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO:Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “E”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de o fi cinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS N° 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Interamericano de Finanzas el cierre de tres (03) Agencias, según se indica: • Agencia Makro Callao, ubicada en la Av. Faucett 365- 375 esq, Calle Agua Santa, distrito del Callao, Provincia Constitucional del Callao.• Agencia Makro Santa Anita, ubicada en la Carretera Central Km 1, N° 349, distrito de Santa Anita, provincia y departamento de Lima. • Agencia Makro Surco, ubicada en la Av. Jorge Chávez Nº 1208-1290, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1529502-1 Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica S.A. la conversión a agencias de Oficinas Especiales ubicadas en los departamentos de Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Ica y Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 2167-2017 Lima, 29 de mayo del 2017 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Ica S.A. – CMAC Ica S.A., para que se le autorice la conversión a Agencia de seis (06) O fi cinas Especiales ubicadas en las siguientes direcciones: (i) Centro Poblado Uripa, Mz. T2, Lte. 20, Centro Poblado Sector Cercado, en el distrito de Anco-Huallo, provincia de Chincheros, departamento de Apurímac; (ii) Asentamiento Humano Manuel Prado, Mz. 32, Lte. 13, en el distrito de Chala, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa; (iii) Centro Poblado Ayna San Francisco, Mz. H, Lote 10, Sector Barrio Comercio Industrial, en el distrito de Ayna, provincia de La Mar, departamento de Ayacucho; (iv) Centro Poblado de Santiago, Mz. G, Lte. 15, en el distrito de Santiago, provincia de Ica, departamento de Ica; (v) Centro Poblado de Chilca, Mz. 80, Lote 23, en el distrito de Chilca, provincia de Cañete, departamento de Lima; (vi) Calle Libertad N° 234, Centro Poblado Guadalupe, Mz. M, Lte. 11, en el distrito de Salas, provincia de Ica, departamento de Ica; y,ANEXO DE LA RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000165 -2017-JN/ONPE MONTO DEL FINANCIAMIENTO PÚBLICO DIRECTO DEL AÑO 2017 A OTORGARSE MENSUALMENTE A LAS ORGANIZACIONES POLÍTICAS BENEFICIARIAS N°ORGANIZACIONES POLÍTICAS BENEFICIARIAS DEL FINANCIAMIENTO PÚBLICO DIRECTOMONTO DEL FINANCIAMIENTO PÚBLICO DIRECTO AÑO 2017 (SOLES) MONTOS MENSUALES (SOLES S/) ENERO- JUNIOJULIO AGOSTO SEPTIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE 1 FUERZA POPULAR 4 517 854,04 2 258 927,02 376 487,84 376 487,84 376 487,84 376 487,84 376 487,84 376 487,84 2 PERUANOS POR EL KAMBIO 2 587 131,07 1 293 565,54 215 594,26 215 594,26 215 594,26 215 594,26 215 594,26 215 594,26 3 EL FRENTE AMPLIO POR JUSTICIA, VIDA Y LIBERTAD 2 342 016,58 1 171 008,29 195 168,05 195 168,05 195 168,05 195 168,05 195 168,05 195 168,05 4 ALIANZA PARA EL PROGRESO (*) 942 204,86 471 102,43 78 517,07 78 517,07 78 517,07 78 517,07 78 517,07 78 517,07 5 PARTIDO DEMOCRÁTICO SOMOS PERÚ (*) 471 102,43 235 551,22 39 258,54 39 258,54 39 258,54 39 258,54 39 258,54 39 258,54 6 RESTAURACIÓN NACIONAL (*) 471 102,43 235 551,22 39 258,54 39 258,54 39 258,54 39 258,54 39 258,54 39 258,54 7 ALIANZA POPULAR PARTIDO APRISTA PERUANO 1 795 220,32 897 610,16 149 601,69 149 601,69 149 601,69 149 601,69 149 601,69 149 601,69 8 PARTIDO POPULAR CRISTIANO-PPC 9 PARTIDO POLÍTICO VAMOS PERÚ 10 ACCIÓN POPULAR 1 686 866,84 843 433,42 140 572,24 140 572,24 140 572,24 140 572,24 140 572,24 140 572,24 (*) Los partidos políticos Alianza para el Progreso, Partido Democrático Somos Perú y Restauración Nacional integrantes de la “ Alianza del Progreso del Perú” con inscripción cancelada, acordaron el porcentaje de distribución del fi nanciamiento público ascendente a S/ 1 884 409.72 de la siguiente manera: Alianza para el Progreso del Perú: 50% Partido Democrático Somos Perú: 25% Restauración Nacional: 25% 1530368-1