Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2017 (14/06/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 78

78

NORMAS LEGALES

Miércoles 14 de junio de 2017 /

El Peruano

existen Órganos del Sistema de programación Multianual y Gestión de inversiones, que tienen injerencia directa en el ciclo de Proyectos, como son la Oficina de Programación Multianual de Inversiones y las Unidades Formuladoras. Que, mediante Informe Nº 184-2017-MPH-BCA/ GPPYM, la Gerencia de Planeamiento Presupuesto y Modernización, hace llegar el informe técnico que sustenta la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc, en cumplimiento del Decreto Supremo Nº 027-2017-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252. Que, en consecuencia visto dicho Reglamento, se establece que las Oficinas de Programación y Seguimiento de la Inversión (OPI), quedan sin efecto, y se crean la Oficinas de Programación Multianual (OPMI), por lo que resulta necesario hacer la modificación en la estructura Orgánica de la Entidad, suprimiendo la Unidad Orgánica denominada: Sub Gerencia de Programación y Seguimiento de la Inversión que pertenece a la Gerencia de Planeamiento Presupuesto y Modernización, establece que la encargada de la Programación Multianual será la Oficina de Programación Multianual de Inversión (OPMI). Así mismo en el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, se establecen claramente las funciones que les corresponde a las Unidades Formuladoras de las diferentes Entidades Públicas, y considerando que en el

Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc, no se encuentra definido como Unidad Orgánica la Unidad Formuladora y por ende no se encuentran establecidas sus funciones, resulta indispensable la Creación de la Sub Gerencia de Formulación y Gestión de Proyectos de Inversión, la cual dependerá de la Gerencia de Desarrollo Urbano ­ Rural, siendo necesario suprimir algunas de las funciones establecidas para la Sub Gerencia de Estudios de Proyectos de Infraestructura, toda vez que con la creación de la Sub Gerencia de Formulación y Gestión de Proyectos, dichas funciones serán responsabilidad de ésta última. En cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones, se requiere aprobación del ROF cuando, por modificación del marco legal sustantivo conlleva a una afectación de la estructura orgánica o modifique total o parcial las funciones previstas para la entidad, así como para optimizar o simplificar los procesos de la entidad con la finalidad de cumplir con mayor eficiencia su misión y funciones. Que, en tal sentido mediante Informe Legal Nº 3382017-GAJ/MPH-BCA, se opina que es procedente la modificación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc; por lo

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen gráficos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 10 páginas, el contenido del cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com. pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.