Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2017 (25/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 102

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NORMAS LEGALES

Domingo 25 de junio de 2017 /

El Peruano

Artículo 9º.- El Permiso de Operación es otorgado a las personas jurídicas en la única zona de trabajo y en Paraderos Autorizados respectivamente a cada persona Jurídica. Para este propósito, la Municipalidad tendrá en cuenta la prioridad en el tiempo y la prioridad en el derecho. Cuando existan varios postores interesados en un mismo paradero, la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte para otorgar su autorización tendrá en cuenta los siguientes aspectos: a) Antigüedad debidamente acreditada en la prestación del servicio especial. b) Mejor Cumplimiento y optimización de los requisitos y condiciones señaladas en la presente ordenanza. c) Mejores condiciones y características de los vehículos menores. d) Prioridad a los que únicamente prestan el servicio especial en Magdalena del Mar y que su sede institucional se encuentre dentro del distrito. e) Que la mayoría de sus conductores y propietarios sean residentes del distrito. Artículo 10º.- La Personas Jurídica que solicite Permiso de Operación deberá presentar una solicitud bajo la forma de Declaración Jurada, indicando la razón social, Registro Único de Contribuyente (RUC), domicilio, nombre y firma del Representante legal; debiendo adjuntar: a) Copia simple del Testimonio o Escritura Pública de la Persona Jurídica inscrita en la SUNARP. b) Indicar el número de la partida electrónica, en la cual la persona jurídica está inscrita en la SUNARP. c) Indicar el número de la partida electrónica, en la cual está inscrito en la SUNARP el representante Legal de la persona jurídica. d) Copias simples del SOAT o CAT de los vehículos ofertados. e) Copias simples de las Licencias de Conducir de los Conductores propuestos f) Copia simple del CITV cuando corresponda. g) Relación nominal de los vehículos menores indicando la placa de rodaje de cada uno de ellos. h) Relación nominal de los propietarios y/o conductores indicando los nombres y apellidos, el número de DNI y sus direcciones domiciliarias. i) Dos fotografías tamaño carnet a color de cada conductor. j) Croquis de ubicación y localización de paraderos propuestos. k) Indicar el número de recibo o de boleta por los derechos de pagos de: 1.- Permiso de Operación o Renovación. (3.87% UIT) 2.- Certificado de Operación. (0.65% UIT) 3.- Credencial del Conductor. (0.65% UIT) 4.- Sticker (0.15% UIT) 5.- Inspección Técnica por Paradero (0.5% UIT) 6.- En el caso que dos o más Personas Jurídicas pretendan prestar servicio en un mismo paradero, deberán presentar un convenio de mutuo acuerdo en el cual se comprometan a preservar el orden y el ornato Público. 7.- Los derechos de pagos por Permiso de Operación (siempre y cuando procedan), Renovación del Permiso de Operación, duplicados y otros serán: 7.1. Permiso de Operación. (3.87% UIT) 7.2. Certificado de Operación (0.65% UIT) 7.3. Inspección técnica por Paradero (No es aplicable para la renovación del Permiso de Operación) 7.4. Constatación o Verificación Técnica vehicular de funcionamiento (0.33% UIT) 7.5. STICKER (0.15% UIT) 7.6. Duplicado del Certificado de Operación (0.65% UIT) 7.7. Duplicado del Credencial de conductor (0.65% UIT) 7.8. Duplicado del Sticker (0.15% UIT) 7.9. Renovación del Permiso de Operación _(3.87% UIT)

7.10. Record de infracciones del Registro MUNICIPAL. (0.15% UIT) Artículo 11º.- La solicitud con los requisitos señalados en el artículo precedente será presentada ante el departamento de tramite documentario y archivo central de la municipalidad, el cual aperturará un expediente que lo remitirá a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras, solo en el caso que proceda la solicitud del permiso de operación la municipalidad hará todos los procedimientos y actos que culminen con la resolución respectiva. Artículo 12º.- Una vez cumplidos y presentados los requisitos exigidos en el Art. 10º, la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras en el plazo máximo de 30 días hábiles, previo informe, emitirá la Resolución correspondiente. De existir observaciones deberá comunicar a la Persona Jurídica para que en un plazo máximo de 10 días hábiles, contabilizados a partir del día siguiente de la fecha de notificación, subsane dichas observaciones. La solicitud del Permiso de Operación se encuentra sujeta a silencio administrativo negativo. Artículo 13º.- El Permiso de Operación otorgado es de carácter institucional e intransferible, su vigencia es de 6 años renovable por periodos iguales. Artículo 14º.- La sola presentación de la solicitud para el permiso de operación NO AUTORIZA a prestar el servicio especial. Artículo 15º.- La renovación del Permiso de Operación es automática, dicha solicitud deberá ser presentada dentro de los 60 días anteriores al vencimiento del Permiso de Operación de manera que exista continuidad entre el vencimiento y la renovación, siempre y cuando como mínimo el 80 por ciento de la flota cuente con el certificado de operación y haya hecho efectivo los pagos por constatación o verificación técnica de funcionamiento vehicular, STICKER, Renovación del Permiso de Operación, Certificado de Operación y Credencial de conductor. Considérese que para la aprobación de las características técnicas vehiculares orientadas a la obtención del Certificado de Operación, se les otorgará hasta dos oportunidades. Artículo 16º.- La vigencia del Certificado de Operación, de la Credencial del Conductor y del STICKER es de 6 años, caducan conjuntamente con el Permiso de Operación. Artículo 17º.- E l Permiso de Operación y su renovación es otorgado mediante una Resolución de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras de la Municipalidad. Artículo 18º.- El Permiso de Operación contendrá: a) La ubicación de los paraderos autorizados. b) Razón Social de la Persona Jurídica. c) Numero de la Resolución Gerencial d) Cantidad de la Flota Vehicular e) La zona de Trabajo f) Fecha de Emisión g) Fecha de caducidad h) La firma del Gerente de Desarrollo Urbano y Obras i) Domicilio legal y/o teléfono de las Personas Jurídicas Artículo 19º.- El Certificado de Operación contendrá: a) Nombre de la Persona Jurídica Autorizada y del propietario del vehículo. b) Numero del Permiso de Operación c) Dirección y/o teléfono de la Persona Jurídica d) Número del certificado de Operación e) Fecha de caducidad del Certificado de Operación f) Número de placa de rodaje del vehículo menor g) Datos de la Tarjeta de Propiedad h) Número de identificación del vehículo asignado por la persona Jurídica Autorizada i) Numero del documento Nacional de identidad del propietario del vehículo. j) Firma del Gerente de Desarrollo Urbano y Obras. Artículo 20º.- La Credencial del Conductor contendrá: a) Nombre de la Persona Jurídica

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