Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2017 (25/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 106

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NORMAS LEGALES
CÓDIGO

Domingo 25 de junio de 2017 /

El Peruano
Medida Provisional / complementaria

Seguridad Ciudadana y la Comisión Técnica Mixta velarán por el cumplimiento de la presente Ordenanza. Novena.-Suspéndase definitivamente el otorgamiento de Permiso de Operación para las nuevas personas jurídicas o transportadores y se ratifica la flota vehicular autorizada en 350 unidades. Décima.- Corresponde a la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana las acciones de fiscalización y control de vehículos menores así como la nomenclatura de los códigos de infracción que recaerá en las personas jurídicas y/o conductores no autorizados. Los códigos de infracción correspondientes a personas jurídicas y/o conductores no autorizados, cuya medida complementaria implique internamiento, independientemente de la fecha en la que el infractor responsable haya pagado la sanción pecuniaria, deberá atenerse al cumplimiento del plazo de internamiento que como medida complementaria fue sancionado, significando que el vehículo será liberado después de los treinta (30) días de haber dispuesto su internamiento en el depósito municipal. Undécima.- Deróguese la Ordenanza Nº 183-MDMM, sus modificatorias y toda disposición o norma distrital que se oponga a la presente. Duodécima.-La presente ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. CUADROS DE INFRACCIONES Y SANCIONES
Medida Provisional / % UIT complementaria

INFRACCION Por permitir que sus vehículos no exhiban el Nº de placa, la razón social del Transportista Autorizado, Nc Certificado de Operación, Sticker y demás disposiciones Por no conservar adecuadamente los paraderos autorizados y lugares aledaños (Arrojar desperdicios o ensuciar la vía pública como resultado de satisfacer necesidades fisiológicas, lavado y mantenimiento del vehículo) y otros actos que alteren el servicio, orden público y las buenas costumbres, según las disposiciones de la Municipalidad Por no controlar la presentación, el mantenimiento y seguridad de sus vehículos menores autorizados Por permitir la prestación de servicios en su paradero a vehículos NO autorizados (de ser el caso solicitara apoyo de la Municipalidad y/o PNP) Por admitir y/o permitir la prestación del servicio especial con vehículos(s) robado(s) y/o modificado(s) no habiendo comunicado por escrito las modificaciones técnicas efectuadas en el vehículo para su revisión Por no presentar oportunamente al Departamento de Obras Públicas y Transporte la documentación o información que permita mantener actualizado el registro de personas jurídicas autorizadas para prestar el servicio público de Transporte Especial de Pasajeros en Vehículos Menores (vehículos, conductores, propietarios, personería jurídica, etc) Por tomar posesión de Paraderos no autorizadas y/o que corresponden a otra persona jurídica. Por no contar el vehículo con los elementos básicos de seguridad: botiquín de primeros auxilios, uno o más soportes metálicos para asirse los pasajeros, extintor. Por prestar el servicio con vehículos que no cuenten con el color característico dispuesto para las unidades que prestan el servicio en el distrito, el número de placa de rodaje, razón social de la persona jurídica según lo normado en la presente ordenanza. Por permitir que los conductores autorizados de la Persona Jurídica, no usen de manera correcta el uniforme, o éste se encuentre sucio. Por permitir que vehículos autorizados de la Persona Jurídica, presten el servicio sin parabrisas o ventanas plástico transparente (mica) o vidrio transparente no astillable Por no comunicar inmediatamente a las autoridades competentes sobre el accidente de tránsito producido. Por permitir la prestación del servido con pintas, portando sticker y/o calcomanías no autorizadas Por no controlar la utilización correcta de la autorización para el servicio respecto al orden y al número de vehículos autorizados en el Paradero.

% UIT

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CÓDIGO

INFRACCION

DE LA PERSONA JURIDICA AUTORIZADA 1900 Por prestar el servicio especial con el Permiso de Operación vencido Por permitir brindar el servicio con vehículos o conductores no autorizados a la Persona Jurídica y/o presten el servido sin certificados de Operación y/o credencial de conductor autorizado Por permitir brindar el servicio con Certificado de Operación y Credencial del adulterados o falsos Por transferir, vender o ceder el Permiso de Operación otorgado por la Municipalidad Por sustituir vehículos menores sin contar con la Autorización Municipal o incorporar vehículos estando o no en tramite la baja del vehículo a sustituir. Por no brindar el servido en los paraderos autorizados por más de cinco (5) días seguidos o alternados durante un año, sin haber comunicado expresamente a la Autoridad Municipal Por no permitir la ejecución de las acciones de control y/o no acatar las disposiciones legales correspondientes Por prestar servicio con conductores que no hubieren participado, asistido y aprobado el curso anual de Educación y Seguridad Vial que programe la Municipalidad Por no cumplir con presentarse y/o aprobar la constatación o Verificación Técnica Anual de Funcionamiento y presentación del vehículo del 80% de la flota autorizada Por brindar el servido con flota menor al 80% del total autorizado Por permitir que las unidades de su flota presten servicios fuera de la zona de trabajo autorizado por la Municipalidad 5 4 5 5 1916

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5 Cancelación del Permiso de Operación

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Cancelación del Permiso de Operación

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3

1907

4

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4

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Cancelación del Permiso de Operación Cancelación del Permiso de Operación

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