Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2017 (25/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

El Peruano / Domingo 25 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, así como a la Subgerencia de Participación Vecinal y Programas Alimentarios, en coordinación con las áreas respectivas, promover la difusión y cumplimiento del presente decreto. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de esta norma municipal en el diario oficial El Peruano; y a la Subgerencia de estadística e Informática su publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Breña (www.munibrena.gob. pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ANGEL A. WU HUAPAYA Alcalde 1536723-1

La Victoria, lo cual redundará además en el mejoramiento del ornato local; Que, mediante Informe Nº 043-2016-SGII/MLV de 16 de junio de 2017 la Subgerencia de Imagen Institucional solicita a Secretaría General se emita un Decreto de Alcaldía que disponga el embanderamiento general del distrito y el embellecimiento de los predios a partir del 1 hasta el 31 de julio del presente año; Que, mediante Informe Nº 478-2017-GAJ-MDLV de 20 de junio de 2017 la Gerente de Asesoría Jurídica opina por la procedencia de disponer el embanderamiento general del Distrito de La Victoria, tanto en viviendas, locales comerciales e instituciones públicas y privadas a partir del 1 al 31 de julio del presente año, como acto cívico al conmemorarse el 196 Aniversario de la Independencia del Perú; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20 y artículo 42 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Artículo Primero.DISPONER EL EMBANDERAMIENTO GENERAL DEL DISTRITO DE LA VICTORIA; tanto en viviendas, locales comerciales e instituciones públicas y privadas a partir del 1 al 31 de julio del año en curso, como acto cívico al conmemorarse el 196 Aniversario de la Independencia del Perú; en mérito a las consideraciones antes expuestas. Artículo Segundo.- ESTABLECER que todos los predios del Distrito, estén debidamente presentados, recomendándose para este efecto el pintado de sus respectivas fachadas. El incumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, dará lugar a las sanciones correspondientes. Artículo Tercero.- ENCARGARa Secretaría Generalla publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y a Subgerencia de Tecnología de la Información en el Portal Web Institucional. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a Subgerencia de Imagen Institucional, su efectiva difusión y a Gerencia de Fiscalización y Control y demás áreas pertinentes su cumplimiento. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ELIAS CUBA BAUTISTA Alcalde 1536775-1

MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA
Disponen el embanderamiento general del Distrito
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2017-A/MLV La Victoria, 20 de junio de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA VICTORIA VISTO: El Informe Nº 043-2016-SGII/MLV de 16 de junio de 2017 de la Subgerencia de Imagen institucional solicitando se disponga el embanderamiento general del distrito y el embellecimiento de los predios; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 42 de la Ley antes glosada, señala quelos decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, en el siguiente mes de julio se conmemora el Centésimo Nonagésimo Sexto (196) Aniversario de la Independencia del Perú, proclamada en acto público y solemne en la Plaza Mayor de la ciudad de Lima, el 28 de julio de 1821, por el Generalísimo José de San Martin y Matorras; Que, siendo estas fechas de trascendencia nacional y local respectivamente, constituye una oportunidad inmejorable para reafirmar y fomentar entre los vecinos del Distrito de La Victoria los sentimientos de identidad nacional y revaloración de principios como el civismo, respeto y amor a la Patria, como medios para lograr su unión y prosperidad; Que, es deber del Gobierno Local en vista de la celebración de estos magnos acontecimientos, incentivar la participación cívica del vecindario, resaltando los valores nacionales, el respeto y veneración a los símbolos de la Patria; Que, es política de la actual Administración Municipal resaltar los hechos históricos con el propósito de remarcar nuestra identidad, así como nuestra conciencia cívica a través de la celebración de actividades y festividades, siendo uno de estos el embanderamiento, limpieza y pintado de fachadas en todos los inmuebles del Distrito de

MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR
Regulan el Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en vehículos menores en el distrito
ORDENANZA Nº 026-2017-MDMM Magdalena del Mar, 12 de junio de 2017 EL ALCALDE DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 13 de la fecha 12 de junio de 2017 y; VISTOS: El Informe Nº 235-2017-SGOPT-GDUO-MDMM de la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte, Informe Nº 335-2017-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Memorándum Nº 386-2017-GM-MDMM de la Gerencia Municipal y;

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