Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2017 (25/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 114

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NORMAS LEGALES

Domingo 25 de junio de 2017 /

El Peruano

se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 009-2017/MDMSP, se aprueba el Texto único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones-ROF, de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, señalándose en el artículo 145 las funciones de la Subgerencia de Servicios Sociales, encargada de atender al Adulto Mayor, tan y conforme aparecen en la referida ordenanza; Que, mediante Memorándum Nº 172-2017-GDH/ MDSMP la Gerencia de Desarrollo Humano señala que con la finalidad de cumplir con la actividad Nº 2 de la guía para el cumplimiento de la META 02 del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2017, establecida por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y en cumplimiento de la Ley Nº 30490, Ley de las Personas Adultas Mayores, se hace necesario efectuar las modificaciones pertinentes en el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres; Que, mediante Informe Nº 791-2017-GAJ/MDMSP, la Gerencia de Asesoría Jurídica en su conclusión señala que resulta procedente atender la propuesta de modificación del ROF y que debe elevarse al pleno del concejo para su evaluación y posterior aprobación; Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 8) del artículo 9º y el artículo 39 y 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal y la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES Artículo Primero.- APROBAR la modificación del artículo 145º, del Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 009-2017/MDSMP de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres,del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor del Distrito de San Martín de Porres, con las siguientes funciones: "Artículo 145º.- Son funciones de la Sub Gerencia de Servicios Sociales: (...) CENTRO INTEGRAL DE ATENCION AL ADULTO MAYOR DEL DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES 1. Diseñar, formular y ejecutar las políticas, planes, programas y proyectos de en relación a la temática de las personas adultas mayores. 2. Establecer canales de concertación entre las instituciones que trabajan en defensa de derechos de la persona adulta mayor, así como de los derechos humanos en general, con equidad de género. 3. Regular las acciones del CIAM adecuando las normas nacionales a la realidad local. 4. Organizar la protección y participación de las Personas Adultas Mayores, de acuerdo a las posibilidades económicas de la Municipalidad. 5. Aplicar estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades y habilidades para superar la pobreza. 6. Organizar, administrar y ejecutar los programas locales de lucha contra la pobreza y de desarrollo social del Estado, propio y transferido, asegurando la calidad y focalización de los servicios, la igualdad de oportunidades y el fortalecimiento de la economía regional y local en favor de la población adulta mayor. 7. Difundir y promover los derechos del adulto/a mayor, propiciando espacios para su participación en la Municipalidad.

8. Promover, organizar y sostener, de acuerdo a sus posibilidades, establecimientos de protección en especial a la población adulta mayor en situación de riesgo y vulnerabilidad, así como casas de refugio. 9. Promover estilos de vida saludables y práctica del autocuidado. 10. Coordinar actividades de prevención de enfermedades con las instancias pertinentes. 11. Coordinar el desarrollo de actividades educacionales con las instancias pertinentes, con especial énfasis en la labor de alfabetización. 12. Prestar servicios de orientación socio legal para personas adultas mayores. 13. Promover y desarrollar actividades de generación de ingresos y emprendimientos. 14. Desarrollar actividades de carácter recreativo, cultural, deportivo, intergeneracional y de cualquier otra índole. 15. Promover la asociatividad de las personas adultas mayores y la participación ciudadana informada. 16 Promover la participación de las personas adultas mayores en los espacios de toma de decisión. 17. Promover los saberes y conocimientos de las personas adultas mayores. 18. Otros que se asigne de acuerdo a su competencia. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Secretario General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Desarrollo de Tecnologías de la Información, la publicaciónen el Portal de Estado Peruano (www.peru. gob.pe), y en el portal institucional (www.mdsmp.gob. pe). Artículo Tercero.- FACÚLTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía apruebe el Reglamento del Centro Integral de Atención del Adulto MayorCIAM SMP, así como las acciones necesarias para su implementación efectiva, en beneficio de la población adulta mayor del Distrito. Regístrese, publíquese, y cúmplase. ADOLFO ISRAEL MATTOS PIAGGIO Alcalde 1536652-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA
Aprueban el Reglamento para el otorgamiento de Beneficios no Tributarios, para el pago de deudas por infracciones al tránsito y transporte a la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 011-2017-AL/CPB EL ALCALDE DEL HONORABLE CONCEJO PROVINCIAL DE BARRANCA POR CUANTO: VISTOS: En Sesión extraordinaria de Concejo, de fecha 14 de Junio del 2017, sobre el proyecto de la Ordenanza Municipal que aprueba el "REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BENEFICIOS NO TRIBUTARIOS, PARA EL PAGO DE DEUDAS POR INFRACCIONES AL TRÁNSITO Y TRANSPORTE A LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA"; y;

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