Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2017 (23/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano / Jueves 23 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES

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"4.6 Los vehículos no destinados al Sistema Nacional de Transporte Terrestre y que por tanto no requieren de inscripción en los Registros Públicos, declararán según la categoría del vehículo la siguiente información mínima en el ejemplar B de la DAM en sus respectivas casillas: nombre comercial, marca, modelo, versión, año de fabricación, número de VIN, número de chasis, número de motor y tipo de carrocería." "4.7 (...) Asimismo, las Tablas VG "Tipo de encendido" y V9 "Tipo de moto" a que se refiere la presente Circular, se encuentran publicadas en el Portal de la SUNAT." La Tabla Nº V8 "Accesorios", por la respectiva Tabla Nº V8 que figura en el Anexo 1 de la presente Resolución y que se encuentra publicada en el Portal de la SUNAT en la siguiente ruta: www.sunat.gob.pe/ legislación/ legislación aduanera/Procedimientos de despacho/otros/ circulares por años. Artículo 2. Derogación de algunas disposiciones de la Circular Nº 01-2004/SUNAT/A Derógase los siguientes campos de la casilla 5.20 "Observaciones" del numeral 4.1 del rubro 4 de la Circular Nº 01-2004/SUNAT/A: a) De la segunda línea: "Nombre del fabricante del vehículo". b) De la tercera línea: "Número de REVISA 1", "Valor FOB en país de exportación en dólares" y "Gastos por reparaciones o reacondicionamiento". Artículo 3. Modificación de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 081-2006/SUNAT/A Modifícase la casilla 5.11 del rubro 3; el primer párrafo del rubro 4; el último párrafo del numeral 2 de la casilla 5.19 del rubro 4; los numerales 5, 6, 7, 8, 10 y 11 de la casilla 5.19 del rubro 4 de la sección VI; el numeral 12 del Anexo 03 "Terminología Textil" de la Sección VII; e incorpórase un último párrafo del numeral 4 de la casilla 5.19 del rubro 4 de la sección VI de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 081-2006/SUNAT/A conforme a los textos siguientes: "5.11 Unidad Comercial: Se indica la unidad comercial de la tela únicamente en metros (m) o metros cuadrados (m2)." "4. PRENDAS DE VESTIR Y OTRAS CONFECCIONES (...) Las descripciones mínimas de las prendas de vestir y confecciones son de aplicación obligatoria para las siguientes partidas del sistema armonizado: 61.01, 61.02, 61.03, 61.04, 61.05, 61.06, 61.07, 61.08, 61.09, 61.10, 61.11, 61.12, 61.13, 61.14, 61.15, 61.16, 61.17, 62.01, 62.02, 62.03, 62.04, 62.05, 62.06, 62.07, 62.08, 62.09, 62.10, 62.11, 62.12, 62.13, 62.14, 62.15, 62.16, 62.17, 63.01, 63.02, 63.03, 63.04, 63.05, 63.06, 63.07, 63.08, y en la subpartida nacional 9404.90.00.00 solo si se ha declarado como nombre comercial según la Tabla Nº 12 el código EDR (edredón)." "2. Grado de elaboración, acabados y gramaje de la confección (...) · Con respecto al gramaje o peso en gramos por metro cuadrado (g/m2), se considera solamente para las mantas, ropa de cama, mesa, tocador o cocina con partidas del Sistema armonizado 6301 y 6302 (a excepción de las subpartidas nacionales 6302401000, 6302409000, 6302510000, 6302530000, 6302591000 y 6302599000), así como para las subpartidas nacionales 6203421010 y 6203421020, en cuyo caso se declarará las onzas de la prenda con un número entero de hasta 4 dígitos y con el postfijo OZ."

"5. Construcción de las prendas de vestir - Parte superior Cuando se trate de alguna de las subpartidas indicadas en la Tabla Nº 34 se indica el código de la construcción según las Tablas Nº 13 hasta la 17, para prendas de vestir parte superior y las demás confecciones que cubran todo el cuerpo. Si se trata de "otros", se declara su descripción." "6. Construcción de las prendas de vestir - Parte inferior Cuando se trate de alguna de las subpartidas indicadas en la Tabla Nº 35 se indica el código de la construcción según la Tabla Nº 22, para prendas de vestir parte inferior. Si se trata de "otros", se declara su descripción." "7. Construcción de otras confecciones Aplicable a las mercancías comprendidas en las partidas 6301, 6302, 6303, 6304, 6305, 6306 y SNP 9404.90.00.00. Se indica el código de la construcción según las Tablas Nº 26 o 29, para otras confecciones. Si se trata de "otros" se declara su descripción." "8. Aplicaciones de las prendas de vestir y demás confecciones Se indica el código de las aplicaciones según la Tabla Nº 30. Se permite la declaración de hasta 3 códigos de aplicaciones. Si se trata de "otros" se declara su descripción." "10. Presentaciones de ropa de cama Aplicable a las mercancías comprendidas en las subpartidas asociadas a la 6302.10 hasta 6302.39, se indica el código de las presentaciones de ropa de cama según la Tabla Nº 32. Cuando se trata de "otros" se declara su descripción." "11. Número de piezas de prendas de vestir Si ha declarado en la casilla "nombre comercial" el código CJN (conjunto) de la Tabla Nº 12, se indica en este campo el número de piezas del conjunto así como el número de piezas de la parte superior. Se declara el código correspondiente de los catálogos de la Tabla Nº 12 para las partes superior e inferior hasta un máximo de seis prendas de la parte superior y seis de la parte inferior. Se declara las características para la primera prenda superior (según las Tablas Nº 13 a la 17) e inferior (según la tabla Nº 22). Si se trata de "otros" se declara su descripción." "VII. ANEXOS (...) ANEXO 03 (...) 12. Colcha: Cobertor o cubrecama sin relleno. Generalmente elaboradas con telas planas: estampados, a crochet, brocados, jacquard, telar etc." "5.19 Características (...) 4. Medidas, presentaciones y uso de la confección. (...) · Con respecto al uso de la confección se considerará si se trata de caballeros, damas, niños, niñas, bebes, etc." Artículo 4. Modificación de tablas del Instructivo de Trabajo "Descripciones Mínimas de Materiales Textiles y sus Manufacturas, INTA-IT.01.11, (versión 1) aprobado por la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 081-2006/SUNAT/A Modifícase las Tablas Nº 3 "Composición de la materia textil", Nº 4 "Grado de preparación de la fibra", Nº 6 "Tipo de hilado", Nº 7 "Grado de elaboración", Nº 8 "Acabados", Nº 9 "Tipo de tela", Nº 10 "Construcción de la tela", Nº 11 "Composición de la materia plástica", Nº 12 "Nombre comercial de las prendas de vestir y otras confecciones", Nº 14 "Construcción de prendas de vestir: tipo de cuello", Nº 16 "Construcción de prendas de vestir: parte interna", Nº 17 "Construcción de prendas de vestir: largo de la prenda", Nº 22 "Construcción de prendas de vestir: largo de la prenda", Nº 29 "Construcción otras confecciones:

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