Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2017 (23/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

Jueves 23 de marzo de 2017 /

El Peruano

Artículo 2º.- Establecer la delimitación de la zona de amortiguamiento que se encuentra definida en la memoria descriptiva y en el mapa base, que consta en el Anexo 2, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. La versión oficial digital de los límites se encuentra en el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP y constituye en lo sucesivo el documento oficial al que deberá recurrirse en materia de ordenamiento territorial. Artículo 3º.- Encargar a la Jefatura del Santuario Nacional "Los Manglares de Tumbes", velar por la implementación del referido Plan Maestro. Artículo 4º.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional del SERNANP: www.sernanp.gob.pe, en el que además deberá publicarse el texto del Plan Maestro. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO GAMBOA MOQUILLAZA Jefe 1499604-1

Aprueban actualización del Plan Maestro del Parque Nacional Huascarán, periodo 2017 - 2021
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 64-2017-SERNANP Lima, 28 de febrero de 2017 VISTO: El Informe Nº 164-2017-SERNANP-DDE, de fecha 28 de febrero del 2017, de la Dirección de Desarrollo Estratégico y el Informe Nº 76-2017-SERNANP-DGANP, de fecha 28 de febrero del 2017, de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas de la Dirección de Desarrollo Estratégico del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, a través del cual emite su conformidad a la propuesta de aprobación de la actualización del Plan Maestro del Parque Nacional Huascarán, periodo 2017-2021. CONSIDERANDO: Que, el artículo 68º de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas naturales Protegidas; Que, a través del numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Ambiente, se crea el Servicio de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, el mismo que se constituye en el ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por El Estado - SINANPE, y en su autoridad técnico-normativa; Que, mediante Decreto Supremo Nº 0622-75-AG, del 1 de julio de 1975, se establece el Parque Nacional Huascarán, sobre una superficie de trescientos cuarenta mil (340 000.00), ubicado en las provincias de Recuay, Huaraz, Carhuaz, Yungay, Huaylas, Pomabamba, Mariscal Luzuriaga, Huari, Corongo, Sihuas y Bolognesi, en el departamento de Ancash, el mismo que posteriormente, es reconocido por la Organización de las Naciones Unidas, la Ciencia y la Cultura ­ UNESCO, como Reserva de Biósfera y como Patrimonio Natural de la Humanidad; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 241-2010-SERNANP, de fecha 30 de diciembre de 2010, se aprobó la actualización al Plan Maestro del Parque Nacional Huascarán, periodo 2010-2015; Que, de conformidad con el literal g) del artículo 8º de la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, es función del SERNANP, aprobar los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas; Que, el artículo 18º de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, establece que las Áreas Naturales Protegidas

contarán con documentos de planificación de carácter general y específico, por tipo de recurso y actividad, aprobados por el SERNANP con la participación de los sectores competentes correspondientes, los mismos que una vez aprobados constituyen normas de observancia obligatoria para cualquier actividad que se desarrolle dentro del Área; Que, el artículo 20º de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, establece que la Autoridad Nacional aprobará un Plan Maestro por cada Área Natural Protegida, el mismo que constituye el documento de planificación de más alto nivel con el que cuenta cada Área Natural Protegida, y que deberá ser elaborado bajo procesos participativos, y revisado cada cinco (5) años; Que, el numeral 5 del artículo 1º del Decreto Supremo Nº 008-2009-MINAM que estableció "Disposiciones para la elaboración de los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas" precisa que el proceso de elaboración de los Planes Maestros y en particular su zonificación, debe obligatoriamente considerar que el establecimiento de las Áreas Naturales Protegidas no tiene efectos retroactivos ni afecta los derechos adquiridos con anterioridad a la creación de las mismas; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 049-2014-SERNANP de fecha 19 de febrero del año 2014, se aprobaron las "Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, en materia de Planes Maestros de Áreas Naturales Protegidas de administración nacional"; Que, mediante Resolución Directoral Nº 06-2015-SERNANP-DDE de fecha 13 de marzo de 2015, modificada por Resolución Directoral Nº 60-2016-SERNANP-DDE, de fecha 14 de octubre de 2016, y Resolución Directoral Nº 04-2017-SERNANPDDE, de fecha 16 de enero de 2017, se aprueban los Términos de Referencia para el proceso de actualización del Plan Maestro del Parque Nacional Huascarán; Que, la propuesta de Plan Maestro del Parque Nacional Huascarán es el resultado de un amplio proceso participativo de las instituciones y organizaciones a través del Comité de Gestión, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 37.4 del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG; Que, el Informe Nº 164-2017-SERNANP-DDE concluye que la propuesta de Plan Maestro del Parque Nacional Huascarán, periodo 2017-2021, ha sido elaborada en cumplimiento de lo regulado en la Ley de Áreas Naturales Protegidas, su Reglamento, la primera disposición transitoria y final de las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, en materia de Planes Maestros de Áreas Naturales Protegidas de administración nacional aprobadas mediante Resolución Presidencial Nº 049-2014-SERNANP; Que, asimismo del referido informe se advierte que la propuesta de Plan Maestro no presenta observaciones, ha sido validada por la Comisión Ejecutiva del Comité de Gestión y cuenta con la conformidad de la Alta Dirección del SERNANP; Con las visaciones de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, de la Dirección de Desarrollo Estratégico, y de la Secretaría General, y; De conformidad con las atribuciones conferidas en el literal m) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la actualización del Plan Maestro del Parque Nacional Huascarán, período 2017-2021, como documento de planificación de más alto nivel de la referida Área Natural Protegida, cuyo texto consta en el Anexo 1, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Ratificar la delimitación de la zona de amortiguamiento aprobada mediante Resolución Presidencial Nº 241-2010-SERNANP, publicada el 7 de enero del 2011.

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