Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2017 (23/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano / Jueves 23 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES

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Artículo 26. Modifica disposición en el Instructivo de Trabajo "Descripciones Mínimas de Vajilla y Demás Artículos para Uso Doméstico y Artículos para Higiene o Tocador de Plástico, INTA-IT.01.13, aprobado por la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 465-2010/SUNAT/A. Modificase el primer guión de la cuarta fila "Peso" de la casilla 5.19 "Características" de la sección V del Instructivo de Trabajo "Descripciones Mínimas de Vajilla y Demás Artículos para Uso Doméstico y Artículos para Higiene o Tocador de Plástico, INTA-IT.01.13, aprobado por la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 465-2010/SUNAT/A. por el siguiente texto: 5.19 Características: Se indican en las cuatro filas que contiene esta casilla los siguientes datos: (...) "Cuarta fila - Dimensión o capacidad: Se indica las dimensiones expresadas en centímetros, (largo, ancho, altura) o volumen expresados en centímetros cúbicos." Artículo 27. Declaración de descripciones El importador debe consignar en la declaración aduanera de mercancías las siguientes descripciones en la casilla 5.19 "Características, Tipo, Clase, Variedad, Uso ó Aplicación, Presentación, Material o Composición %" del Formato B de la declaración aduanera de mercancías, respecto de las mercancías clasificadas en las partidas y subpartidas nacionales que se indican a continuación: Subpartida nacional 3926.90.90.90 Mercancía: "Protector de celular" Material: Ejemplo: Plástico, silicona, etc. Uso: Ejemplo: Para Samsung S7 edge, Para Iphone 5S, etc. Tipo: Ejemplo: Con tapa tipo agenda, sin tapa, etc. Diseño: Ejemplo: Con diseño o sin diseño. Subpartida nacional 3926.90.90.90 Mercancía: "Láminas protectoras de pantalla" Espesor (mm): Ejemplo: 2.5 mm Uso: Ejemplo: Para Ipad modelo 9.7" Presentación: Ejemplo: Empaque de plástico, cartón, madera, etc. Subpartida nacional 7020.00.90.00 Mercancía: "Láminas protectoras de pantalla" Espesor (mm): Ejemplo: 2.5 mm Curvatura: Ejemplo: 2.5 D (plana) o 3 D (curva). Uso: Ejemplo: Para Ipad modelo 7.9" Presentación: Ejemplo: Empaque de plástico, cartón, madera, etc. Partida 71020 Mercancía: "Diamantes" Tipo de diamante: Ejemplo: Diamante sin clasificar, Diamante industrial, Diamante para la joyería. Forma: Ejemplo: Brillante o redondo, Corazón, Princesa, Pera, Marquesa, Radiante, Ovalada, Cojin, Esmeralda, Asscher, etc. Calidad del Corte: Ejemplo: Excelente, Muy buena, Buena, Regular, Pobre o mala Color: Ejemplo: D (perfectamente incoloro), E y F (incoloro), G y H (casi incoloro), I y J (blanco difuminado), K y L (ligero color) o M a Z (coloreado). Claridad: Ejemplo: FL (sin inclusiones internas ni externas), IF (sin inclusiones internas pero con minúsculas irregularidades externas en el acabado), VVS1 (una inclusión muy pequeña apenas visible), etc. Peso (en quilates): Ejemplo: 0.18 quilates, 0.5 quilates, etc.

Artículo 28. Vigencia La presente Resolución entrará en vigencia el 25.4.2017 únicamente para las declaraciones aduaneras de mercancías que se tramita ante las intendencias de aduana y respecto de los regímenes aduaneros que se señalan a continuación:
Intendencias de Aduana Marítima del Callao Paita Salaverry Chimbote Pisco Mollendo Ilo - Importación para el consumo. - Admisión temporal para reexportación en el mismo estado. - Admisión temporal para perfeccionamiento activo. Regímenes Aduaneros Importación para el consumo.

Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA YSABEL FRASSINETTI YBARGÜEN Intendente Nacional Intendencia Nacional de Desarrollo Estratégico Aduanero 1499852-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA
FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 008-2017-SUNEDU/CD Mediante Oficio Nº 0197-2017-SUNEDU/02, la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Consejo Directivo Nº 008-2017-SUNEDU/ CD, publicada en la edición del 14 de marzo de 2017. - En la página 26: DICE: "Artículo 5.- Déjense sin efecto, a partir de la entrada en vigencia de la resolución directoral correspondiente, el Formato de solicitud de licenciamiento institucional (Anexo Nº 1); la Declaración jurada de veracidad de la información presentada (Anexo Nº 2); los Formatos de Licenciamiento A (Anexo Nº 3); los Formatos de Licenciamiento B (Anexo Nº 4); los Formatos de Licenciamiento C (Anexo Nº 5); la Declaración jurada de creación de programas de estudios posteriores a la Ley Nº 30220, Ley Universitaria (Anexo Nº 6); la Declaración jurada sobre la calificación de sus docentes en cumplimiento de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria (Anexo Nº 7); y el Formato de solicitud de modificación de licencia de funcionamiento institucional (Anexo N° 8), aprobados por la Resolución del Consejo Directivo N° 007-2015-SUNEDU/ CD". DEBE DECIR: "Artículo 5.- Déjense sin efecto, a partir de la entrada en vigencia de la resolución directoral correspondiente, el Formato de solicitud de licenciamiento institucional (Anexo Nº 1); la Declaración jurada de veracidad de la información presentada (Anexo Nº 2); los Formatos de Licenciamiento A (Anexo Nº 3); los Formatos de Licenciamiento B (Anexo Nº 4); los Formatos de Licenciamiento C (Anexo Nº 5); la Declaración jurada de creación de programas de estudios

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